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Pág. 211114 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 77-MSS de fecha 28.AGO.2001 se aprobó el beneficio de reprogramación de obligaciones tributarias a favor de todos aquellos vecinos que hayan obtenido la calidad de Vecino Surcano Preferente (VSP); Que, la reprogramación de pagos establecida en el Artículo Segundo de la mencionada ordenanza, condicio- na el acogimiento al beneficio al pago del primer trimes- tre del año 2001 hasta el 30.SET.2001, por lo que a fin de ampliar los alcances del beneficio a un mayor número de contribuyentes, se hace necesario modificar dicho plazo; Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad aprobó la siguien- te: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 77-MSS Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 77-MSS, el mismo que queda redac- tado de la siguiente manera: "Artículo Segundo.- CRONOGRAMA Reprogramar el calendario de pagos del Impuesto Predial y la Tasa de Arbitrios Municipales, correspon- dientes al ejercicio 2001 de la siguiente forma: REPROGRAMACIÓN DE PAGOS Trimestres Año 2001 FECHAS MÁXIMAS DE CANCELACIÓN adeudados al 1/9/2001 31/10/2001 31/10/2001 30/11/2001 31/12/2001 1ro. 1ro. 4to. 1ro. y 2do. 1ro. 2do. 4to. 1ro. 2do. y 3ro. 1ro. 2do. 3ro. 4to. 2do. 2do. 4to. 2do. y 3ro. 2do. 3ro. 4to. 3ro. 3ro. 4to. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publica- ción. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 32442 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican artículo de ordenanza que regula el transporte público de carga y pasajeros en vehículos menores ORDENANZA Nº 047 Villa María del Triunfo, 3 de octubre de 2001EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 3 de octubre de 2001, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores: Sra. Aurora Heredia Conde- marín, Sra. Ana Sinche Rosales, Srta. Raquel Barri- ga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernán- dez y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre modifica- ción de artículo de la Ordenanza Nº 017-2000/MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 017-2000/MVMT se Reglamenta el Transporte Público de Carga y Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de Villa María del Triunfo; Que, el Artículo Vigésimo Noveno de la menciona- da Ordenanza, establece que "La persona jurídica dedicada al servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores tendrá domicilio legal en la jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo, brindará servicio de transporte de vehículos menores, estando constituido sólo para este fin"; Que, de acuerdo a su actual redacción, dicho artículo constituye un impedimento para que las personas jurídicas dedicadas al transporte de carga y pasaje- ros en vehículos menores que operan en el distrito de Villa María del Triunfo, ingresen a la formalidad y a la vez puedan dedicarse a otras actividades económi- cas permitidas por la Ley, lo que atenta contra el espíritu de la propia Ordenanza y la intención del legislador, por lo que resulta conveniente su modifi- cación; Que, el Art. 36º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que constituye atribución del Concejo Municipal el dictar, modificar y derogar las Ordenanzas y Edictos municipales de su compe- tencia; De conformidad con los Arts. 36º Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Vigési- mo Noveno de la Ordenanza Nº 017-2000/MVMT, que- dando redactado, a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo, de la siguiente manera: "La persona jurídica que solicite Resolución de Circulación, Credenciales de Conductor y Certifica- dos de Operación, deberá tener domicilio legal en la jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo, y estar constituida para brindar el Servicio de Trans- porte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores" Artículo Segundo.- Los Expedientes sujetos a la Ordenanza Nº 017-2000/MVMT y que se encuentran en trámite a la fecha de publicación de la presente Disposi- ción, se adecuarán a lo establecido en el artículo ante- rior. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 32505