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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (11/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

Pág. 211113 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de octubre de 2001 pondientes han determinado el valor monetario de cada predio; Que, en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 1º y 4º del Decreto Ley Nº 18806 modificado por el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Poder Ejecu- tivo podrá aprobar a favor de las Empresas del Estado, las transferencias de bienes en propiedad necesarios para el desarrollo de sus actividades comerciales e in- dustriales, como aporte de capital, por su valor de tasa- ción, a través de una Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 685, Decreto Ley Nº 18806 modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395 y Decreto Supremo Nº 025-78-VC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de cinco pre- dios en calidad de aporte de capital del Estado a favor de la empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A., cuya ubicación y valor se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, realizará las acciones administrativas, societarias y re- gistrales correspondientes para el perfeccionamiento de lo dispuesto por la presente Resolución de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales. Dicha entidad transcri- birá la inscripción registral del aporte de capital a la Superintendencia de Bienes Nacionales, para el corres- pondiente registro en el Margesí Nacional de Bienes Inmuebles. Artículo 3º.- Las Oficinas Registrales Regionales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, según corresponda, por el mérito de la Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales procederán a inscribir en el Registro respectivo la transferencia de los cinco predios por aporte de capital a favor de la empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima -SER- POST S.A. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32097 Disponen desaportar terreno ubica- do en la provincia de Coronel Portillo del capital social de ENACE en liqui- dación RESOLUCIÓN Nº 282-2001/SBN La Molina, 18 de julio del 2001 Visto el expediente Nº 821148, por el cual la Em- presa Nacional de Edificaciones en Liquidación - ENACE en Liquidación, solicita a la Superintenden- cia de Bienes Nacionales, el desaporte de capital del terreno de 143 600,00 m², ubicado en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamen- to de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-90- VC-5600, de fecha 18 de mayo de 1990, se transfiere en calidad de aporte de capital a favor de la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, el terreno de 143 600,00 m², ubicado en el distrito de Callería, provin-cia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, para que lo destine a un programa de habilitación urbana; Que, por Acuerdo de Directorio Nº 53-97-20, de fecha 30 de diciembre de 1997, la Empresa Nacional de Edifica- ciones - ENACE, resuelve el desaporte de capital del terreno descrito en el considerando precedente, con el valor de libro ascendente a S/. 880,19; Que, el predio submateria se encuentra inscrito en el Asiento 5 de fojas 29, Tomo 63 del Registro de la Propie- dad Inmueble de Ucayali, a favor de la Empresa Nacio- nal de Edificaciones - ENACE; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que las Empresas Públicas podrán devolver al Estado los bienes que recibieron como aporte de capital, cuando dejen de serles necesarios para su actividad industrial o comercial; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y Ley Nº 27395; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desaportar, en vía de regularización, del capital social de la Empresa Nacional de Edificacio- nes en Liquidación - ENACE en Liquidación, el terreno de 143 600,00 m², ubicado en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, denominado "La Paloma", ubicado en el distrito de Calle- ría, provincia de Coronel Portillo, departamento de Uca- yali, debidamente inscrito en el Asiento 1 y siguientes, fojas 29 del Tomo 63 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de Ucayali. Artículo 2º.- La Empresa Nacional de Edificaciones en Liquidación - ENACE en Liquidación, gestionará ante el Fondo Nacional de Financiamiento de la Activi- dad Empresarial del Estado - FONAFE, la devolución de los títulos representativos del desaporte dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Ucayali de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá el desaporte de capital en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ucayali. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32094 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican artículo de Ordenanza que aprobó beneficio de reprogramación de obligaciones tributarias a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 82-MSS Santiago de Surco, 4 de octubre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión Ordinaria de la fecha; y,