Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2001 (11/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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SUNAT
Autorizan contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los productos Informix y adquisicion de licencias de la misma MORDAZA mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 120-2001/SUNAT MORDAZA, 10 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios que no admitan sustitutos; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicho texto; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento del citado Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales adquisiciones y contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y, adicionalmente, que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases que para tal efecto se elaboren; Que con Informe Tecnico Nº 003-2001-TF0000 la Oficina de Tecnologia e Ingenieria de Software de la Intendencia Nacional de Informatica ha solicitado la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los productos Informix y la adquisicion de licencias de la misma MORDAZA, a la empresa IBM del Peru S.A.C., representante exclusivo en el Peru de tales productos Informix; Que el Informe Legal Nº 013-2001-SUNAT indica que de acuerdo a lo que senala el citado Informe Tecnico, tanto el servicio de mantenimiento de los productos Informix como la adquisicion de las licencias de esa MORDAZA, se encuentran comprendidas en el supuesto a que se refiere el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, referido a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para contratar o adquirir bienes y servicios que no admiten sustitutos, y que corresponderia, de conformidad con lo indicado en el Articulo 20º de la misma MORDAZA, autorizar la exoneracion correspondiente; Que lo expuesto en los citados Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion de los procesos de seleccion MORDAZA senalados para la contratacion de los servicios de mantenimiento y la adquisicion de las licencias especializados, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento del mencionado Texto Unico; De conformidad con lo establecido en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT,

aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 04198/SUNAT y modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los productos Informix y de la adquisicion de licencias de esa MORDAZA, referidos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Intendencia Nacional de Administracion a contratar, de conformidad con lo establecido en el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, el servicio de mantenimiento y la adquisicion de licencias referidos en el articulo anterior, con la empresa IBM del Peru S.A.C., por un monto referencial de US$ 649,000.00, incluido IGV. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 32488

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Afectan en uso diversos inmuebles a favor de las Municipalidades de La MORDAZA y Pueblo Libre, CTAR MORDAZA de MORDAZA, PRONAA y el Ministerio de Educacion
RESOLUCION Nº 247-2001/SBN La MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2001 Visto el Expediente Nº 700786, por el cual se sustenta la afectacion en uso a favor de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, del terreno de 233,76 m², ubicado con frente a la avenida Alameda del Corregidor en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 233,76 m², ubicado con frente a la avenida Alameda del Corregidor, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que forma parte de area mayor, debidamente inscrita a Fojas 356 del Tomo 257 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrada en el Asiento Nº 305 del Margesi Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 103/2000-MDLN-AL, de fecha 11 de noviembre del 2000, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, solicita la donacion de un terreno de 451,18 m² para la ejecucion de las obras de ensanche, remodelacion e implementacion vial del encuentro de la avenida Alameda del Corregidor con la avenida La MORDAZA (antes, La Universidad);

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