Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2001 (11/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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"M", Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en asiento 1 fojas 325 tomo 951 continuando en la partida electronica Nº 46648102 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, para el funcionamiento del Centro Educativo Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con un area de 3 353,80 m² y para la Direccion de Educacion de MORDAZA con un area de 1 686,40 m²". Articulo 2º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Articulos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira la modificacion de la afectacion en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 32096 RESOLUCION Nº 288-2001/SBN La MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2001 Visto el Expediente Nº 000145-94, por el cual el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES solicitan la afectacion en uso, en via de regularizacion, del terreno de 9 260,00 m², ubicado al nor oeste de la MORDAZA de Ica, sobre la prolongacion de la avenida MORDAZA, en la provincia y departamento de Ica, a fin de que sea destinado a la sede institucional y para el funcionamiento del Centro Educativo Nº 22733; CONSIDERANDO: Que, el predio de 9 260,00 m², ubicado al nor oeste de la MORDAZA de Ica, sobre la prolongacion de la avenida MORDAZA, en la provincia y departamento de Ica, se encuentra inscrito a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales en la Ficha Nº 6013 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica y registrado en el Asiento Predial Nº 83 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Ica; Que, mediante Oficio Nº 415-94-PRONAA/P, de fecha 13 de setiembre de 1994, reiterado con Oficio Nº 034-98GGA/PRONAA, de fecha 25 de setiembre de 1998, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA solicita la afectacion en uso del area de 5 861,60 m² del predio MORDAZA descrito, para destinarlo a su sede institucional en la MORDAZA de Ica; Que, mediante Oficio Nº 318-95-CD-PRES-INFES, de fecha 23 de marzo de 1995, reiterado con Oficio Nº 565-1999-CD-PRES-INFES, de fecha 17 de junio de 1999, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES solicita se regularice a favor del Ministerio de Educacion la afectacion en uso del terreno de 3 398,40 m² sobre el que se ha construido el Centro Educativo Nº 22733; Que, mediante Informe Nº 222-95-SBN-DAT, de fecha 7 de agosto de 1995, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspeccion ocular realizada al terreno de 3 398,40 m², manifestando que dicho terreno se encuentra desocupado y libre de edificacion; asimismo, se indica que el terreno sub materia forma parte del area mayor de 9 260,00 m², cuyo remanente se encuentra en posesion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA; Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA es un organismo publico descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del

Desarrollo Humano, conforme se indica en el Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que, asimismo, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, es una persona juridica de derecho publico interno que forma parte del Sector Publico Nacional como Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de la Presidencia, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 003-97-PRES - Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica del INFES, entidad que ha tenido a cargo la construccion del Centro Educativo Nº 22733, pero cuya administracion corresponde al Ministerio de Educacion, a cuyo favor se solicita la afectacion en uso; Que, la afectacion en uso se otorga exclusivamente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado ponerle termino si deja de ser aplicado al fin para el que se otorgo, asi como si transcurridos dos anos desde la fecha de la afectacion no se hubiere destinado al fin correspondiente; sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnizacion alguna por las obras ejecutadas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria del Estado se aprueban mediante Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales a favor de las Reparticiones del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC - Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal, concordado con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; razon por la cual son atendibles las solicitudes del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Afectar en uso, en via de regularizacion, a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y del Ministerio de Educacion, el terreno de 9 260,00 m², ubicado al nor oeste de la MORDAZA de Ica, sobre la Prolongacion de la Avenida MORDAZA, en el distrito, provincia y departamento de Ica, debidamente inscrito en la Ficha Nº 6013 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica, el mismo que esta siendo destinado al funcionamiento de la sede institucional y del Centro Educativo Nº 22733, respectivamente, conforme a la distribucion senalada en el plano y memoria descriptiva que forman parte integrante de la presente Resolucion, segun el siguiente detalle: - Area de 5 861,60 m² a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA. - Area de 3 398,40 m² a favor del Ministerio de Educacion. Articulo 2º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Articulos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Articulo 3º.- La Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira las afectaciones en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 32098

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