Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001

Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por PESQUERA MORDAZA S.R.L., para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA de 150 m3 de volumen de bodega insulada con empleo del sistema de preservacion CSW y uso de hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con palangre o espinel superficial y de media agua, para dedicarla a la extraccion de los recursos atun y especies afines con destino al consumo humano directo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a la Direccion Regional de Pesqueria de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 32501

declarar la nulidad del MORDAZA de Seleccion, hasta MORDAZA de la celebracion del Contrato, cuando los actos administrativos hayan sido dictados por Organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la Normatividad aplicable; en consecuencia, resulta necesario declarar la nulidad de oficio del citado MORDAZA de Seleccion, retrotrayendolo al momento anterior a la aprobacion de las Bases; Con las visaciones de la Oficina Juridica, Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Operaciones y de la Direccion Ejecutiva; Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, senaladas en el inciso j) del Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad del MORDAZA de Concurso Publico Nº 003-2001-PRONAA "Contratacion de Polizas de Seguros Personales y Patrimoniales", retrotrayendolo al momento anterior a la aprobacion de las Bases. Articulo Segundo.- El Comite Especial Permanente debera elaborar nuevamente las Bases del MORDAZA de Seleccion mencionado en el articulo precedente de esta Resolucion. Articulo Tercero.- La Oficina de Administracion publicara la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO BEGGIATO Jefe Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 32572

PROMUDEH
Declaran nulidad de MORDAZA de concurso publico convocado para la contratacion de polizas de seguros personales y patrimoniales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 218-2001-PRONAA/J MORDAZA, 3 de octubre de 2001 VISTO: El Informe Nº 001-2001-CECP-PRONAA de fecha 28 de setiembre de 2001, emitido por el Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de Polizas de Seguros Personales y Patrimoniales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 130-2001PRONAA/J de fecha 27 de agosto de 2001, se designo el Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de Concurso Publico para la Contratacion de Polizas de Seguros Personales y Patrimoniales; Que, por Resolucion Jefatural Nº 177-2001-PRONAA/J de fecha 7 de setiembre de 2001, se aprobaron las Bases Administrativas del Concurso Publico Nº 0032001-PRONAA "Contratacion de Polizas de Seguros Personales y Patrimoniales" del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; Que, a traves del Informe Nº 001-2001-CECP-PRONAA, el Comite Especial hace de conocimiento a la Jefatura del PRONAA, entre otros, que dentro de su conformacion no se cuenta con un especialista en Seguros, por lo que recomiendan a la Jefatura del PRONAA declarar la nulidad de oficio del Concurso Publico para la Contratacion de Polizas de Seguros Personales y Patrimoniales, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, acorde a lo establecido por el Articulo 35º del citado Reglamento, cualquiera sea el numero de integrantes del Comite Especial, como minimo uno debera pertenecer a la Administracion de la Entidad y uno debera ser especialista, de la misma Entidad o experto independiente, en el objeto de la convocatoria; Que, en concordancia con lo establecido por el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 26º de su Reglamento, el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra

RELACIONES EXTERIORES
Modifican articulo de decreto supremo que crea la Comision Multisectorial encargada de coordinar la participacion del Peru en la implementacion del IIRSA
DECRETO SUPREMO Nº 080-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2001-RE, se creo una Comision Multisectorial encargada de coordinar, promover y orientar adecuadamente la participacion del Peru en la implementacion del "Plan de Accion para la integracion de la infraestructura regional de MORDAZA del Sur" - IIRSA; Que, se ha considerado conveniente que la referida Comision este presidida por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, por lo que es necesario modificar el Articulo 2º del referido Decreto Supremo; De conformidad con el inciso 9) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 066-2001-RE, el mismo que quedara redactado en los siguientes terminos:

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