Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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MTC
Aprueban donacion de equipos de radiodifusion efectuada a favor de asociacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 463-2001-MTC/15.09 MORDAZA, 9 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que el Procurador de la Asociacion Promotora San MORDAZA MORDAZA con sede en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, mediante Carta PROCURA: 2001/A161b, Expediente Nº 2001-008163 solicita a este Ministerio la expedicion del acto administrativo que apruebe la donacion que efectua el Ministro Provincial de la provincia de Nuestra Senora de MORDAZA, con sede en Albuquerque - MORDAZA Mexico (USA), a favor de dicha entidad; Que la Asociacion Promotora San MORDAZA MORDAZA, es una Institucion inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro, Receptora de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior, segun MORDAZA de Inscripcion Nº 071-2000/ PCM-SECTI expedida por la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que con Carta de Donacion del 22 de febrero del 2001, legalizada ante el Consulado General de Peru en MORDAZA (USA), asi como por la Direccion de Asuntos Consulares, Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, se acredita la donacion realizada por el Ministro Provincial de la provincia de Nuestra Senora de MORDAZA, con sede en Albuquerque - MORDAZA Mexico (USA), de Equipos de Radiodifusion por un valor FOB de US$ 21,010.00 dolares americanos, a favor de la Asociacion Promotora San MORDAZA MORDAZA con sede en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que la citada donacion cuenta con la opinion favorable de la Direccion General de Telecomunicaciones y de la Oficina General de Presupuesto y Planificacion de este Ministerio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Decreto Supremo Nº 127-91PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM y Resolucion de Contraloria Nº 122-98-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, la donacion efectuada por el Ministro Provincial de la provincia de Nuestra Senora de MORDAZA, con sede en Albuquerque - MORDAZA Mexico (USA), a favor de la Asociacion Promotora San MORDAZA MORDAZA con sede en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, consistente en los equipos de Radiodifusion siguientes: un (1) Transmisor de Onda Corta de 1000 Watios, Modelo OMNI-1000-SW, de 38" de largo, 32" de ancho y 52" de alto, con Manual Tecnico y un juego de repuestos Standard Onda Corta. Articulo Segundo.- Los equipos a que se refiere el articulo precedente, por un valor FOB de US$ 21,010.00 dolares americanos, llegados al Peru por el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, segun Guia Aerea de UPS/ Chalenge Air Cargo, Nº 406-40638592, con un peso total de 193 Kg., seran despachados por la Aduana Aerea del Callao. Articulo Tercero.- La Entidad beneficiaria Asociacion Promotora San MORDAZA MORDAZA con sede en MORDAZA, presentara a este Ministerio, MORDAZA del Acta de Recepcion de la donacion recibida, debiendo la Oficina General de Presupuesto y Planificacion en coordinacion con

la Direccion General de Telecomunicaciones efectuar Inspecciones Tecnicas de verificacion del uso adecuado de la misma; conforme lo establece la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloria General de la Republica, dentro del termino de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 32462

Autorizan a Radio Panamericana S.A. la operacion de estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 843-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 29 de setiembre de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre solicitud de inspeccion tecnica y autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chulucanas, provincia de Morropon, departamento de Piura; asi como que se le autorice el cambio de ubicacion y la disminucion de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 659-96-MTC/15.17, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de diciembre de 1996, se otorgo a la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. - RADIO PANAMERICANA, autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chulucanas, provincia de Morropon, departamento de Piura; Que, por Resolucion Ministerial Nº 687-96-MTC/ 15.17, de fecha 20 de diciembre de 1996, el Ministerio autoriza la transferencia de las licencias, permisos y autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion otorgadas a la entonces EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. - RADIO PANAMERICANA, a favor de RADIO PANAMERICANA S.A.; por lo que reconoce a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. como titular de tales autorizaciones, permisos y licencias otorgadas acotadas; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la

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