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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (20/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 211489 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de octubre de 2001 es pertinente modificar la Resolución Suprema Nº 540- 2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo Unico de la Resolución Suprema Nº 540-2001-PCM, el cual quedará redactado como sigue: "Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presi- dencia del Consejo de Ministros al doctor LUIS SOLARI DE LA FUENTE, Ministro de Salud, del 20 al 23 de octubre de 2001 y al doctor DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE, Ministro de Relaciones Exteriores, a partir del 24 de octubre de 2001, en tanto dure la ausencia del Titular". Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 33081 Aprueban viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSINERG para participar en evento convocado por OLADE que se realizará en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 544-2001-PCM Lima, 19 de octubre de 2001 Visto, el Oficio Nº 162-2001-OSINERG/SECD del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervi- sor de la Inversión en Energía - OSINERG; CONSIDERANDO: Que, con motivo de realizarse entre el 21 al 25 de octubre del 2001, en la ciudad de Buenos Aires de la República Argentina el 18 th. World Energy Congress, la Organización Latinoamericana de Energía - OLADE ha convocado a la primera reunión del "FORO DE ENTIDA- DES FISCALIZADORAS Y ORGANISMOS REGULA- DORES DE LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS"; Que, el objetivo de este evento es optimizar la presen- cia de reguladores de energía de todo el mundo, un espacio en el cual es preciso analizar, discutir y perfeccionar las regulaciones existentes en los subsectores de hidrocarbu- ros y electricidad, propiciando el intercambio de expe- riencias para optimizar el trabajo de las instituciones y en él participarán entidades fiscalizadoras y organismos reguladores de los correspondientes sectores de la región; Que, teniendo en consideración la importancia de los eventos es necesaria la presencia del Presidente del Conse- jo Directivo, representante del Perú en el "FORO DE ENTIDADES FISCALIZADORAS Y ORGANISMOS REGULADORES DE LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS", pues su participación en el mencionado Foro permitirá aprender de las experiencias de organismos similares, así como establecer canales de comunicación con otros organis- mos fiscalizadores y reguladores de la región, que será de ayuda para obtener información orientada a optimizar los logros de la institución en beneficio de la comunidad; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el viaje del Ing. Amadeo Prado Benítez, Presidente del Consejo Directivo del Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 20 al 26 de octubre del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación del indicado funcionario en el evento antes mencionado, serán a cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, cuyo detalle es el siguiente: - Pasajes :US$ 542.52 - Viáticos :US$ 1,400.00 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- El representante de OSINERG, antes mencionado, en el término de quince (15) días calenda- rio, contados a partir de su retorno al país deberá elabo- rar un informe al Consejo Directivo de OSINERG, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el men- cionado viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorgará derecho a exoneración de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 33082 AGRICULTURA Lista de Productos Farmacéuticos y Biológicos de uso veterinario registra- dos en el mes de setiembre de 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 053-2001-AG-SENASA-DGSA Lima, 15 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 047-2001-AG y Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripción y comerciali- zación de productos de uso veterinario, los mismos que estarán sujetos únicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones legales, disponiéndose la publicación pe- riódica de los productos registrados; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Dirección General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la de estable- cer mecanismos de control, registro y fiscalización respec- to de insumos de uso animal, así como biológicos y fárma- cos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorándum Nº 072-2001-AG-SENASA- DGSA-DIP, de fecha 11 de octubre del 2001, la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sani- dad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterina- rios registrados durante el mes setiembre del 2001, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Animal, mediante Resolución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98- AG, y el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación de la Directora General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farma- céuticos y Biológicos de uso Veterinario, registrados en el mes de setiembre del 2001, en la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente: