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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (20/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 211498 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de octubre de 2001 Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, así como las Direcciones Regiona- les de Pesquería del Ministerio de Pesquería quedan encargadas de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 32925 Dejan sin efecto resolución mediante la cual se otorgó a Moon Fish S.A. autorización para la instalación de establecimiento industrial pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 252-2001-PE/DNEPP Lima, 10 de octubre del 2001 Visto el escrito con Registro Nº CE-00094002 del 7 de abril del 2000 presentado por MOON FISH S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 051-99-PE/ DNPP del 6 de mayo de 1999, se otorgó a MOON FISH S.A. autorización para la instalación de un esta- blecimiento industrial pesquero para desarrollar las actividades de congelado y curado de productos hidrobio- lógicos, así como una planta de harina de pescado residual como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y espe- cies desechadas y/o descartadas provenientes de sus actividades principales, a ubicarse en la Mz. "B", lote 13, zona industrial II, El Tablazo, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con las capacidades proyectadas de 12.5 t/día, 120 t/mes y 2 t/h, respectiva- mente ; Que el Artículo 4º de la Resolución Directoral citada en el considerando anterior, establece como causal de caducidad de la autorización de instalación otorgada, la falta de instalación del establecimiento industrial pes- quero dentro del plazo de un año otorgado, para tal efecto en el Artículo 3º de la misma Resolución; Que mediante Escritura Pública del 31 de diciembre de 1998, MOON FISH S.A. adecua sus estatutos a la Ley General de Sociedades adoptando la denominación so- cial MOON FISH S.A.C.; Que de la inspección efectuada al establecimiento industrial pesquero de MOON FISH S.A.C. se ha deter- minado que la empresa en mención no ha concluido con la instalación de sus plantas de congelado y curado en el plazo autorizado, por lo que procede dejar sin efecto el derecho otorgado por Resolución Directoral Nº 051-99- PE/DNPP con respecto a dichas actividades extractivas; Que mediante el escrito del visto MOON FISH S.A.C. solicita licencia para la operación de su planta de harina de pescado residual, la que deviene improcedente al no tener la planta en mención carácter accesorio a actividad principal alguna dentro de su establecimiento industrial pesquero, de conformidad con lo establecido por la Reso- lución Ministerial Nº 039-98-PE y Resolución Ministe- rial Nº 218-2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 209-2001-PE/DNEPP-Dap, de fecha 14 de junio del 2001, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 52º, del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 051-99-PE/DNPP; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º numeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001- PE;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Direc- toral Nº 051-99-PE/DNPP de fecha 6 de mayo de 1999, con respecto a las actividades de congelado y curado de productos hidrobiológicos, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Declarar improcedente a solicitud de licencia de operación para una planta de harina de pescado residual presentado por MOON FISH S.A.C. por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 32926 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación de bandera nacional en la extracción del recurso merluza RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 262-2001-PE/DNEPP Lima, 10 de octubre del 2001 Visto los escritos de Registro Nº CE-00307002 de fechas 31 de julio y 29 de agosto del 2001, presentados por PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que por Resolución Ministerial Nº 463-97-PE de fecha 25 de setiembre de 1997, se otorgó permiso de pesca por un período de un (1) año calendario renova- ble, a los armadores GIACOMO VITTORIA PELLE- GRINO, TERESA CABALLERO IZQUIERDO y AN- TONIO VITTORIA PELLEGRINO, para operar, entre otras, la embarcación pesquera de bandera nacional "AUGUSTUS II", con matrícula Nº PT-3977-CM de 102,78 m3 de volumen, en la extracción del recurso hidrobiológico merluza con destino al consumo huma- no directo, en el ámbito del litoral peruano, utilizando hielo como sistema de preservación a bordo y redes de arrastre con longitud mínima de malla en el copo de 90 mm; Que mediante los escritos del visto PESQUERA HER- MANOS VITTORIA S.R.Ltda., solicita el cambio del titular del permiso de pesca citado en el considerando precedente, por haber adquirido su propiedad conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio que presenta; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recu- rrente ha cumplido con presentar los requisitos estable- cidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;