Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2001 (08/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2001

de 2001, respectivamente mediante el cual solicita la expedicion del acto administrativo que apruebe la donacion que efectua CARE Internacional de Estados Unidos de MORDAZA a favor de CARE Peru; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Donacion de 26 de junio de 2001, se comunica la donacion que efectua CARE Internacional de Estados Unidos de MORDAZA de un (1) Camion Toyota DYNA 400, Diesel, Pickup, Modelo BU212L-TKMRX3, ano 2001, Chasis Nº JTFAH107X 01500037, Motor Nº 15B 1672967, color MORDAZA, por un valor FOB de US$ 21,153.00 (Veintiun Mil Ciento cincuenta y tres y 00/100 Dolares Americanos) a favor de CARE Peru; Que, en el MORDAZA del Convenio de Apoyo Interinstitucional, entre la Direccion Regional Agraria MORDAZA y CARE MORDAZA, para promover el incremento de la produccion y productividad tendientes al desarrollo sostenido del Sector Agrario, se llevan a cabo acciones conjuntas cuya base legal es el Convenio Basico de Cooperacion suscrito entre el Gobierno de la Republica Peruana y la Cooperative For American Relief Everywhere CARE Peru; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 809 y 821, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 099-96EF y normas modificatorias y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donacion que efectua CARE Internacional de Estados Unidos de MORDAZA, a favor de CARE Peru, consistente en un (1) Camion Toyota, DYNA 400, Diesel, Pickup, Modelo BU212L-TKMRX3, ano 2001, Chasis Nº JTFAH107X 01500037, Motor Nº 15B 1672967, color MORDAZA, por un valor FOB de US$ 21,153.00 (Veintiun Mil Ciento cincuenta y tres y 00/ 100 Dolares Americanos), que se describe en la Carta de Donacion de 26 de junio de 2001, Conocimiento de Embarque Nº V2A190393 de 30 de MORDAZA de 2001, proveniente del puerto de embarque Nagoya, Japon, puerto de desembarque, Callao, Peru, que sera destinado a promover el incremento de la produccion y productividad del Sector Agrario, en apoyo al Proyecto MOSNA que se ejecuta en forma conjunta con la Direccion Regional Agraria Ancash. Articulo 2º.- Comprendase a la precitada donacion en los alcances del numeral 3 del inciso e) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96EF y normas modificatorias. Articulo 3º.- CARE Peru, presentara al Ministerio de Agricultura, MORDAZA del Acta de Entrega-Recepcion de la donacion recibida, asi como de la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion de la presente Resolucion, dentro del plazo de quince (15) dias de recepcionada, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo 4º.- Se dispone hacer de conocimiento a CARE Peru, que de conformidad con lo establecido por la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, no podra cambiar de uso y/o destino los bienes cuya donacion se aprueba por la presente Resolucion, quedando terminantemente prohibida su venta o el recibir dinero a cambio de los bienes por concepto alguno, por parte de la entidad receptora o a traves de la institucion beneficiaria escogida por la primera para canalizar la donacion, bajo sancion de reembolsar al Estado los impuestos, gastos de aduana y otros exonerados por el internamiento de los mismos; sin perjuicio de las que se deriven de las acciones administrativas y judiciales correspondientes. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a CARE Peru, a la Contraloria General de la Republica, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con lo establecido en la legislacion vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 30497

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan miembros representantes del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco de la Nacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 423-2001-EF MORDAZA, 7 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 191-2001-EF, el Banco de la Nacion es gobernado por un Directorio que esta integrado por el Viceministro de Hacienda, quien ejercera la Presidencia del Directorio, el Director General de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y tres representantes del Poder Ejecutivo designados mediante Resolucion Suprema; Que, por Resolucion Suprema Nº 327-2000-EF se designo a los senores MORDAZA Duany MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros representantes del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco de la Nacion; Que, los mencionados representantes han formulado renuncia a los cargos que venian ejerciendo; Que, es necesario aceptar dichas renuncias y designar a los miembros representantes del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco de la Nacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo Nº 191-2001EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por los senores MORDAZA Duany MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros representantes del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco de la Nacion, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados durante el desempeno de dicha funcion. Articulo 2º.- Designar a las siguientes personas, como miembros representantes del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco de la Nacion: - MORDAZA Dancourt MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 30650

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importaciones efectuadas por diversas universidades
RESOLUCION SUPREMA Nº 424-2001-EF MORDAZA, 7 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 000992-2000, presentado por la Universidad Nacional de MORDAZA, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF.

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