NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (10/09/2001)
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Pág. 209785 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de setiembre de 2001 mientos asignados a la persona natural o jurídica en su Acta de Verificación. E. La entrega de los lotes o unidades de los insumos y/o productos químicos comercializados, se entregarán en un plazo máximo de ocho (8) días al comprador con la documentación de acuerdo a ley. F. La entrega de los Lotes o Unidades de los insu- mos y/o productos químicos la efectuará la OFECOD en el respectivo Depósito Oficial y previa suscripción de un Acta de Entrega–Recepción, entre el represen- tante de la OFECOD y el adjudicatario. Acta que constituirá el documento probatorio de la propiedad de los productos e insumos químicos, las que ingresa- rán a los inventarios y registros del comprador para los fines previstos en el literal C de las Disposiciones Complementarias. G. El sobre que no contenga la información detallada en el formulario del literal F de las Disposiciones Espe- cificas será desestimado.VI. DISPOSICIONES FINALES A. La Comisión es responsable del procedimiento de organización, ejecución y control de la comercialización que efectúe, así como de la formulación de los documen- tos para tal efecto. B. Concluida la comercialización, la Comisión proce- derá a formular el Informe adjuntando la documenta- ción sustentatoria, que será presentado al Director Ge- neral de la OFECOD, para su revisión y posterior eleva- ción al señor Ministro del Interior. C. Los ingresos obtenidos por la comercialización de insumos y productos químicos, serán distribuidos de acuerdo a lo establecido en el Artículo 48 º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI. Lima, 6 de setiembre del 2001. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior