NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (10/09/2001)
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Pág. 209798 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de setiembre de 2001 ARTICULO 2: CONSTITUCIÓN DEL FONDO DE CONTRAVALOR PERU FRANCIA 2.1.- El Fondo de Contravalor se genera a través de la venta de la ayuda alimentaria donada de conformidad a los procedimientos descritos en el Protocolo de Acuerdo, firmado entre la República Francesa y la República del Perú relativo al otorgamiento de ayuda alimentaria. 2.2. Los montos de la venta de la ayuda alimentaria menos los gastos de comercialización de dicha ayuda, serán abonados en una cuenta especial denominada "MONETIZACION DE LA AYUDA ALIMENTARIA FRANCESA" abierta en el banco comercial "Banco WIESE SUDAMERIS". 2.3.- Luego de la fase de monetización, estos montos son transferidos: - o en cuentas corrientes (en soles o en dólares americanos), en vista de la utilización inmediata de los fondos para proyectos de acuerdo a las prioridades determinadas en el artículo 3 del presente protocolo; - o en cuenta a plazos (en dólares) generadora de intereses financieros en espera de una programación efectiva de estos fondos; Toda transferencia a partir de estas cuentas está sistemáticamente supeditada al acuerdo de las autorida- des francesas y peruanas. Este acuerdo es dado median- te la emisión de una orden de pago firmada por las partes. ARTICULO 3: PRIORIDADES TEMÁTICAS DEL FONDO DE CONTRAVALOR PERU FRANCIA En el Perú, es unánimemente reconocido que las poblaciones más desfavorecidas se encuentran en las zonas rurales, principalmente en la sierra y en la selva. Esta pobreza, consecuencia de la extrema fragi- lidad de las actividades productivas, esencialmente agrícolas, conduce a una pauperización de las pobla- ciones rurales, fuente de una fuerte inseguridad ali- mentaria y motor de la concentración de las poblacio- nes en las grandes ciudades. En consecuencia, para contribuir a resolver las principales causas de la inse- guridad alimentaria, la República del Perú y la Repú- blica Francesa convienen en dirigir exclusivamente la utilización del Fondo de Contravalor Perú Francia hacia las prioridades temáticas desarrolladas a conti- nuación: 3.1.- Los fondos son programados en el marco de los procedimientos financieros vigentes en el Perú y se encuentran exclusivamente dedicados al mejoramiento de la seguridad alimentaria de las poblaciones, en con- formidad con las orientaciones de la convención interna- cional relativa a la ayuda alimentaria denominada "CON- VENCIÓN DE LONDRES", en el marco de las orienta- ciones de diversos instrumentos internacionales relati- vos a la ayuda alimentaria. 3.2.- Los temas prioritarios elegibles se aplican a la seguridad alimentaria "en su sentido más amplio" en diferentes escalas de tiempo, con un enfoque orientado: a) Por una parte a las causas fundamentales de la inseguridad alimentaria de las poblaciones rurales del Perú, especialmente en zonas rurales reconocidas como prioritarias por el Gobierno Peruano y/o en las regiones frecuentemente afectadas por catástrofes naturales (inundaciones y/o sequías a raíz del fenómeno del "Niño", terremotos, etc.); b) Por otra parte a las consecuencias de esta inseguri- dad alimentaria a través de acciones de carácter social de distribución directa de alimentos en el marco de los programas específicos dirigidos a grupos vulnerables1 (apoyo nutricional, comedores escolares, comedores de hospitales y/o orfelinatos...). Estas acciones que deberán estar limitadas como máximo a un 30% de los montos disponibles en el fondo se efectuarán tanto en zonas urbanas como en zonas rurales. Además del aspecto de distribución de alimen- tos, los proyectos aprobados deberán dedicarse a promo- ver actividades generadoras de ingresos con la finalidad de permitir progresivamente la autonomía financiera de los beneficiarios.3.3.- En consecuencia, la utilización del Fondo de Contravalor estará prioritariamente centrada en accio- nes a largo plazo de apoyo al sector agrícola con la finalidad de fortalecer las capacidades productivas de la agricultura peruana y de promover actividades genera- doras de ingresos en zonas rurales, principalmente de la sierra y selva. Estas acciones deberán buscar mejorar la competitivi- dad de la producción agrícola a través del aumento de la productividad (tierra, trabajo y capital). Los proyectos presentados deberán tener en consideración particularmente problemáticas transver- sales como: a) Participación activa de organizaciones profesiona- les en la definición, ejecución y evaluación final de los proyectos. b) Promoción de una gestión durable de los recursos naturales. c) Mejoramiento de la calidad de los productos y de la comercialización con la finalidad de aumentar el valor agregado de la producción correspondiente. d) Mejoramiento de los servicios básicos de salud y de agua potable en las zonas rurales menos favorecidas. e) Promoción de la formación profesional agrícola para que los jóvenes de las zonas rurales puedan acceder a un empleo. 3.4.- En el marco de estas prioridades, los siguientes temas de interés común ya identificados, serán objeto de una atención prioritaria por el Comité de Administra- ción del Fondo: - Apoyo a la crianza de bovino lechero principalmente en los aspectos del mejoramiento genético del ganado (Universidad Agraria de la Molina) y al desarrollo del cultivo de forraje en la zona andina, construcción de canales de captación y de reservorios que permitan el cultivo de forrajes en épocas de sequedad. - Apoyo a la diversificación de cultivos de legumino- sas y otras. - Apoyo a las actividades de pesquería artesanal y acuicultura en pequeña escala. - Apoyo a centros de reinserción de niños de la calle para asegurar la continuidad de los comedores de esos centros educativos y para estimular actividades genera- doras de ingresos y colaboración con el Instituto Nacio- nal de Salud (ISN) para la participación en programas de apoyo nutricional a favor de los niños de 6 meses a 3 años. - Apoyo al desarrollo de centros de salud rurales y de los puntos de acceso de agua potable. - Apoyo al desarrollo de los centros de formación rural. - Apoyo a la educación básica en materia de alimenta- ción. ARTICULO 4: MODALIDADES DE MOVILIZACIÓN DEL FONDO DE CONTRAVALOR 4.1.- El Comité de Administración supervisará la utilización de los recursos financieros del Fondo de Contravalor Perú Francia en el marco de las prioridades temáticas determinadas en el artículo 3. 4.2.- La gestión, la asignación, la evaluación y el control de los recursos deben de estar en conformidad con las normas, los procedimientos y/o las directivas establecidas por el Comité de Administración, en el marco de las reglas determinadas en el presente Protocolo de acuerdo con sus artículos 5, 6 y 7. 1 111 1 Grupos vulnerables: menores de 6 años, mujeres en gestación o en lactancia, niños de la calle. Para todos estos sectores, las posibilidades de coordinación (y/o cofinanciamiento) con proyectos financiados a través de otras cooperaciones que desarrollen programas de seguridad alimentaria similares: Progama de Apoyo a la Seguridad Alimentaria - PASA de la Comisión Europea, Fondo General de Contravalor Perú Canadá, Programa de las Naciones Unidas para el Control Internacional de las Drogas - PNUFID, etc., serán ampliamente analizadas.