Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 210358 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de setiembre de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurín, en Sesión Ordinaria del miércoles 22 de agosto del 2001, mediante Acuerdo Nº 085-2001-ML, dispuso la Condonación del interés moratorio, multas tributarias resultantes de la aplica- ción de Impuestos y Arbitrios Municipales y la aplicación del beneficio de fraccionamiento a doce (12) y cinco (5) cuotas, y demás contenidas en la referida norma muni- cipal; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal ha aprobado la condona- ción de intereses y multas resultantes de los Impuestos y Arbitrios Municipales, disposición municipal que reco- ge las peticiones formuladas por los vecinos y contribuyen- tes del distrito; Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, la facultad tributaria en materia de la pre- sente Ordenanza, se encuentra sustentada en el Art. 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, autori- zando excepcionalmente a los Gobiernos Locales para condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que adminis- tren; De conformidad con lo establecido por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó: ORDENANZA SOBRE APROBACION DEL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA - CONDONACION Artículo Primero.- APROBAR el Beneficio de Regularización Tributaria BERT - Condonación de los intereses moratorios y multas tributarias, para los contribuyentes que adeuden los Impuestos y Ar- bitrios Municipales, cualquiera sea el estado de co- branza. Artículo Segundo.- DETERMINAR, que la condona- ción de los intereses moratorios y multas tributarias dispuesta en el artículo precedente, beneficiará a todos aquellos contribuyentes que cancelen su deuda tributa- ria en forma parcial o total, o para aquellos que se acojan al Beneficio de Fraccionamiento Tributario. Artículo Tercero.- DETERMINAR que el presen- te Beneficio de Regularización Tributaria - Condona- ción, en vía de regularización, tiene vigencia perento- ria e improrrogable hasta el 31 de agosto del presente año. Artículo Cuarto.- FIJAR en doce (12) cuotas el Beneficio de Fraccionamiento Tributario al cual podrá acogerse el contribuyente, tratándose de cobranza ordi- naria, pues para el caso de deudas que se encuentren en proceso de Fiscalización o Cobranza Coactiva el número de cuotas máximo será de cinco (5). Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde a que ejecute las acciones administrativas que el caso requiera a fin de lograr la correcta aplicación de la presente Ordenanza, con cargo a dar cuenta al Conce- jo. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Administración de las Agencias y a la Ofi- cina de Rentas la difusión y ejecución de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- DEROGAR las Disposiciones Municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 31451Declaran en situación de urgencia los servicios de limpieza pública, parques y jardines, seguridad ciudadana y de personal administrativo ACUERDO DE CONCEJO Nº 083-2001/ML Lurín, 8 de agosto del 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN POR TANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal cele- brada en la fecha en el local de Biblioteca Municipal - Zona "B", el Informe Nº 055-2001-DM/ML del Director Municipal referente a Declarar en Urgencia los Servi- cios Públicos Municipales y del Personal Administrati- vo. CONSIDERANDO: Que, el Informe de vistos precisa los fundamentos de la existencia de una diferencia sustantiva entre lo presu- puestario y ejecutado al primer semestre del año 2001, debido a la exigua recaudación, consecuentemente ca- rencia de disponibilidad financiera, que no alcanza a cubrir nuestras obligaciones básicas como son: planilla de sueldos y salarios, servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Servicios de Personal Administrati- vo entre otros, haciendo imposible llevar a cabo procesos de selección por la modalidad de licitaciones, concursos y/o adjudicaciones selectivas y públicas; Que, igualmente señala que de continuar así, el problema se acrecentaría aún más, la que generaría severos desequilibrios económicos y administrativos, por lo que se hace necesario declarar en Situación de Urgencia todos los Servicios Públicos y de Personal Administrativo y determinar políticas de compras men- suales, bimensuales y/o trimestrales de acuerdo a la existencia de liquidez financiera, en armonía con el Artículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM "Texto Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado"; Que, conforme a lo previsto en la Ley Nº 27427 de Racionalidad y Límites en el gasto público para el año 2001, de ser estos servicios mencionados necesarios, indispensables y congruentes con los objetivos y metas establecidas en el programa Presupuestario de la Muni- cipalidad, la Oficina de Secretaría Técnica en coordina- ción con la Oficina de Administración General formulará Directivas que regulen los procedimientos necesarios para la racionalización y reducción en el gasto público de la Municipalidad; Que, el Concejo Municipal con las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipali- dades y contando con el voto mayoritario de cinco seño- res regidores el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de aprobación de actas se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA los Servicios de Limpieza Pública, Par- ques, Jardines y Seguridad Ciudadana y de Personal Administrativo, de la Municipalidad hasta el 31 de di- ciembre del 2001, por los motivos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde Oswaldo Weberhofer Vildoso adoptar las acciones perti- nentes y disponer para que la Unidad de Abastecimiento y Margesí de Bienes de la Oficina de Administración General y las Administraciones de las cinco (5) Agencias Municipa- les establezcan políticas de Contrataciones y Adquisicio- nes de Bienes y Servicios, acorde con la existencia de disponibilidad financiera y emitir los dispositivos munici- pales para el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 29945