Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2001 (23/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de setiembre de 2001

dumping en las importaciones de perfiles, barras y tubos de aluminio aleado y sin alear con acabado natural, anodizado mate y anodizado color originarias y/o procedentes de la Republica de MORDAZA, producidos y/o exportados por Indalum S.A. que ingresan bajo las subpartidas 7604.10.10.00, 7604.10.20.00, 7604.21.00.00, 7604.29.10.00 7604.29.20.00, 7608.10.00.00 y 7608.20.00.00. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al gobierno de la Republica de MORDAZA, a Vidrieria 28 de MORDAZA S.A.C. con nombre comercial Corporacion Furukawa, asi como a las partes interesadas citadas en la solicitud de inicio de investigacion, e invitar a apersonarse al procedimiento a todos aquellos que tengan legitimo interes en la investigacion. Toda comunicacion formulada por las partes interesadas debera dirigirse a la siguiente direccion: Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios - Indecopi MORDAZA De La Prosa 138, San MORDAZA MORDAZA 41, Peru Correo Electronico: cgarciagodos@indecopi.gob.pe Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo dispuesto en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia desde su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual se computara el inicio del procedimiento de investigacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZERGA Presidente

Que, teniendo a la vista los actuados administrativos y habiendose cumplido con la MORDAZA de la documentacion exigida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, se considera procedente el otorgar el MORDAZA plazo solicitado; Estando al Informe Nº 128-2001-MML-DMDU-DHUDCO de fecha 21 de MORDAZA del 2001, de la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitaciones Urbanas; Con el visto de la Division de Control de Obras y con lo recomendado por la Direccion de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, Ordenanza Nº 273 del 18 de MORDAZA del 2000, Decreto de Alcaldia Nº 055 del 11 de MORDAZA del 2000, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, a la Asociacion de Vivienda Vina MORDAZA, un MORDAZA Plazo de Ejecucion de Obras de dieciocho (18) meses, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, Obras que seran ejecutadas de conformidad con la Autorizacion conferida por Resolucion Nº 095-98-MML-DMDUDGO, de fecha 5 de octubre de 1998 y su Plano signado con el Nº 131-98-MML-DGO-DHU, correspondientes al terreno de 23,752.40 m2, denominado Sublote "A", ubicado en la esquina de la Av. MORDAZA Real y Av. Las Palmas, distrito de MORDAZA de Surco. Articulo Segundo.- DISPONER, que el incumplimiento de ejecucion de Obras que se autoriza en el plazo senalado en la presente Resolucion, obligara al interesado a solicitar un "Nuevo Plazo de Ejecucion de Obras" y asumir los gastos administrativos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente y las Liquidaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA para su conocimiento y fines. Registrese, notifiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CONSTANTINI Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 31449

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan MORDAZA plazo de ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 403-2001-MML-DMDU MORDAZA, 27 de agosto de 2001 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO MORDAZA Visto, el Expediente Nº 5122-98, Nº 16953-2001 y acumulados, seguido por la Asociacion de Vivienda Vina MORDAZA, por el que solicita MORDAZA Plazo de Ejecucion de Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 23,752.40 m2, denominado Sublote "A", ubicado en la esquina de la Av. MORDAZA Real y Av. Las Palmas, distrito de MORDAZA de MORDAZA, cuyos Proyectos Definitivos de Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion fuera aprobado por Resolucion Nº 095-98MML-DMDU-DGO, de fecha 5 de octubre de 1998; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 095-98-MML-DMDU-DGO, de fecha 5 de octubre de 1998, se aprueba de conformidad con el Plano signado con el Nº 131-98-MML-DGO-DHU, los Proyectos de Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion y se ha Autorizado la ejecucion de las Obras, del terreno denominado Sublote "A", con un area de 23,752.40 m2, ubicado entre la esquina de la Av. MORDAZA Real y Av. Las Palmas, distrito de MORDAZA de Surco; Que, por Resolucion Nº 114-MML-DMDU de fecha 22 de octubre de 1999, se Resuelve Declarar Infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la Organizacion de Pobladores del AA.HH. "Vina Dorada" contra la Resolucion Nº 095-98-MML-DMDU-DGO, de fecha 5 de octubre de 1998, teniendo por agotada la Via Administrativa;

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Beneficio extraordinario de regularizacion tributaria y administrativa por aniversario del distrito
ORDENANZA Nº 068-MDB Barranco, 18 de septiembre del 2001 EL CONCEJO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, y el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, la Municipalidad de Barranco, como organo de gobierno local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 41º del Codigo Tributario, cuyo Texto Unico aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administra;

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