NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/09/2001)
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Pág. 210329 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de setiembre de 2001 año, contado a partir de la fecha de expiración de la designación; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del vigente Reglamento de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, señala que los Consultores en Turismo designados a mérito de lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 041-95- ITINCI/DM, a partir de la expedición de la Resolu- ción Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/DM, pasarán a ser considerados automáticamente Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, debiendo al venci- miento de su designación, cumplir con los requisitos previstos en el mismo para efecto de solicitar la renovación de su designación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 004- 98-MITINCI/VMT del 30 de julio de 1998, se designó a la señora ANA MARÍA BRITTO MENDIOLA DE OLGUÍN como Consultora en Turismo por un período de tres (3) años, con facultades para emitir Informes Técnicos so- bre establecimientos de hospedaje a nivel nacional, de categoría hasta Cinco (5) Estrellas; Que, con fecha 10 de julio de 2001, la señora ANA MARÍA BRITTO MENDIOLA DE OLGUÍN solicita la renovación del plazo por el cual fue designada como CONSULTORA EN TURISMO, designación que a par- tir de la fecha debe entenderse como CALIFICADOR DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE, atendiendo a lo señalado en la Resolución Ministerial Nº 151-2001- ITINCI/DM; Que, se ha evaluado la solicitud presentada, conside- rando conveniente otorgar la renovación solicitada; De conformidad con el Informe Nº 014-2001-MITIN- CI/VMT/DNT/DDFT y los Artículos 7º y 8º de la Resolu- ción Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar por tres (3) años, el plazo por el cual fue designada como CALIFICADORA DE ESTA- BLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE, la señora ANA MARÍA BRITTO MENDIOLA DE OLGUÍN, para emitir Informes Técnicos sobre establecimientos de hospedaje a nivel nacional de hasta CINCO (5) ESTRELLAS de categoría. El referido plazo regirá a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, y vencerá el 21 de agosto del año 2004. Artículo 2º.- Déjese constancia en el Registro de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RIOS BURGA Director Nacional de Turismo 31433 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 921-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 31 de agosto del 2001 Vista, la solicitud presentada por el señor CARLOS MIGUEL MILLA VIDAL, sobre Renovación del plazo por el que fue designado como Consultor en Turismo y el Informe Nº 015-2001-MITINCI/VMT/DNT/DDFT; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/ DM del 30 de julio de 2001, dispone las funciones y procedimientos de calificación de las personas naturales o jurídicas interesadas en ser designadas como Califica- dores de Establecimientos de Hospedaje por la Dirección Nacional de Turismo, a efectos de cumplir con lo estable- cido en el Decreto Supremo Nº 023-2001-ITINCI, Regla- mento de Establecimientos de Hospedaje; Que, el Artículo 7º de dicha Resolución Ministerial establece que el plazo máximo por el cual puede ser designado un Calificador de Establecimientos de Hospe- daje, es de tres (3) años, renovables; Que, igualmente, el Artículo 7º aludido, señala que el plazo máximo para solicitar la renovación como Califica- dor de Establecimientos de Hospedaje será de hasta un año, contado a partir de la fecha de expiración de la designación;Que, la Segunda Disposición Complementaria y Tran- sitoria del vigente Reglamento de Calificadores de Esta- blecimientos de Hospedaje, señala que los Consultores en Turismo designados a mérito de lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM, a partir de la expedición de la Resolución Ministerial Nº 151- 2001-ITINCI/DM, pasarán a ser considerados automáti- camente Calificadores de Establecimientos de Hospeda- je, debiendo al vencimiento de su designación, cumplir con los requisitos previstos en el mismo para efecto de solicitar la renovación de su designación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 012- 98-MITINCI/VMT del 13 de febrero de 1998, se designó al señor CARLOS MIGUEL MILLA VIDAL como Con- sultor en Turismo por un período de tres (3) años, con facultades para emitir Informes Técnicos sobre estable- cimientos de hospedaje a nivel nacional, de categoría hasta Tres (3) Estrellas; Que, con fecha 5 de julio de 2001, el señor CARLOS MIGUEL MILLA VIDAL solicita la renovación del plazo por el cual fue designado como CONSULTOR EN TU- RISMO, designación que a partir de la fecha debe enten- derse como CALIFICADOR DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE, atendiendo a lo señalado en la Reso- lución Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/DM; Que, se ha evaluado la solicitud presentada, conside- rando conveniente otorgar la renovación solicitada; De conformidad con el Informe Nº 015-2001-MITIN- CI/VMT/DNT/DDFT y los Artículos 7º y 8º de la Resolu- ción Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar por tres (3) años, el plazo por el cual fue designado como CALIFICADOR DE ESTA- BLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE, al señor CARLOS MIGUEL MILLA VIDAL, para emitir Informes Técnicos sobre establecimientos de hospedaje a nivel nacional de hasta TRES (3) ESTRELLAS de categoría. El referido plazo regirá a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- Déjese constancia en el Registro de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RIOS BURGA Director Nacional de Turismo 31434 JUSTICIA Conceden extradición de procesado por tráfico ilícito de estupefacientes solicitada por la República Federal de Alemania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 408-2001-JUS Lima, 21 de setiembre de 2001 Visto el Oficio Nº 2771-2001-SG-PJ de fecha 23 de agosto de 2001, de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre el pedido de extradición del ciudadano italiano GIOVANNI MESSINA O GIO- VANNI MICHELE MESSINA, requerido por las autori- dades judiciales de la República Federal de Alemania; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 10 de agosto de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente el pedido de extradi- ción pasiva, del ciudadano italiano GIOVANNI MESSI- NA O GIOVANNI MICHELE MESSINA, formulada por las autoridades judiciales de la República Federal de Alemania, a consecuencia del proceso que se le sigue ante el Juzgado de Primera Instancia e Investigación de Leverkusen; así como el aplazamiento de la entrega al encontrarse procesado en la Instrucción Nº 307-2001 en