NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/09/2001)
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Pág. 210339 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de setiembre de 2001 A.1) DE LA PREPARACION DEL REMATE 1. DE LA LOTIZACION a. Las áreas de Almacén o la unidad orgánica respon- sable en las Intendencias de Aduana, preparan los lotes de mercancías destinadas para remate teniendo en con- sideración mercancías afines o similares para su comer- cialización, así como la modalidad de remate. b. A fin de conformar los lotes de remate, el especia- lista en aduanas asistido de ser el caso, por el personal técnico, apertura los bultos que contienen las mercan- cías y procede a contar, pesar, rotular, numerar, reem- bolsar, cambiar de embalajes si es el caso, y etiquetar; así como precisa su correcta descripción comercial, marca, modelo, serie, cantidad, unidad de medida, peso, tasa- ción, la categoría de lotes en remate a que corresponde, información que debe registrarse en la Hoja de Trabajo (Anexo 2) . c. Para la conformación de los lotes se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones generales: - Un lote puede incluir a la totalidad de las mercan- cías contenidas en un conocimiento de embarque o guía aérea o puede ser dividido y así conformar lotes indivi- duales, este último, para el remate por Internet. En el remate a sobre cerrado se puede incluir mer- cancías de diferentes actas de recepción. - La totalidad de las mercancías contenidas en un conocimiento de embarque o guía aérea debe ser lotizada en un solo momento (conformación de uno o más lotes), acción que será validada por el Módulo. - Considerando las medidas de seguridad y el espacio disponible en el ALMACEN ADUANERO o ALMACEN, la totalidad de las mercancías lotizadas o las muestras de las mismas son trasladadas a las zonas de exhibición de remate con participación del especialista en aduanas. 2. DE LA TASACIÓN a. El valor de tasación de las mercancías se realiza en Dólares Americanos, en función al estado, clase, condi- ción, calidad, cantidad, uso y precio de mercado interno, conforme al procedimiento de Tasación que para tal fin apruebe la INAR. De no poder ser realizadas por la complejidad de las características de las mercancías, se puede recurrir a tasadores externos especializados en la materia, regis- trados en CONATA y Superintendencia de Banca y Seguros. Para el caso de provincias, debe contarse con tasado- res habilitados por los Colegios Profesionales o Poder Judicial. Las mercancías incautadas en aplicación de la Ley, están sujetas a una valuación conforme a lo previsto en el numeral 3 del rubro A.2) de la presente sección. b. A efecto de realizar el proceso de tasación así como identificarlas con el lote, se elabora la Hoja de Trabajo donde el especialista en aduanas consigna todas las características y datos del lote así como su valor de tasación. Este documento es suscrito y sella- do por el especialista en aduanas, adjuntando, para el caso de los Almacenes, copia o impresión de las actas de recepción que correspondan a todo el lote, cuyos datos sirven de sustento para el registro respectivo en el Módulo. c. El valor de tasación mínimo para conformar un lote es de US $ 50.00 Dólares Americanos para el caso de remates por Internet. Para sobre cerrado, el mínimo es de US $ 100.00 Dólares Americanos. d. Sólo para el caso de remate a sobre cerrado, el precio base de la segunda convocatoria, es reducido en un 20% del valor de tasación. Declarado desierto el segundo remate, se reduce en un 30% del valor de tasación; de no ser rematada la mercancía en tercera convocatoria, ingresa a una cuarta convocatoria con una reducción del 50% del valor de tasación. En casos excepcionales en el remate a sobre cerrado, el Presidente de la comisión, dispone la modificación del valor de tasación en segunda, tercera y cuarta convoca- toria, así como de la lotización, siempre que se encuentre debidamente sustentado. e. Para la modalidad de remate a sobre cerrado, el Jefe del Almacén elabora la “Lista de remates” sobre la base de la información consignada en las hojas de trabajo de lote.3. DE LA EXHIBICION DE LAS MERCANCIAS a. Las mercancías a rematarse son exhibidas de acuerdo con los horarios de atención y las medidas se seguridad implementadas por cada ALMACEN ADUA- NERO. En caso del remate a sobre cerrado las mercan- cías son exhibidas durante los (5) cinco días útiles si- guientes a la fecha de publicación de la convocatoria a remate. b. Las mercancías se colocan en un local apropiado que permita el acceso a los postores y en forma correla- tiva, debidamente identificados, para su fácil ubicación y adoptándose las medidas necesarias de seguridad. c. Las mercancías se rematan en el estado y condición en que se encuentren, correspondiéndole a los adjudica- tarios comprobar su estado y situación durante su exhi- bición, previo a la subasta. d. No se aceptan reclamos por estado, situación o condición de las mercancías exhibidas para remate, con posterioridad a su ejecución. e. Los interesados pueden pedir muestras de aquellos productos químicos, a granel u otros que no afecten la conformación del lote. Con antelación a la exhibición se facilitará la relación de los productos pasibles de mues- tra. f. Sólo se permite la salida de la muestra solicitada, con el “Formato de Muestra” debidamente autorizado por el jefe o encargado del almacén. A.2) DE LA EJECUCION DEL REMATE 1. REMATE VIA INTERNET a. Los Almacenes Aduaneros, para participar en esta modalidad de Remate, deben suscribir un Convenio con ADUANAS, en el que se establecen las respectivas atribuciones y responsabilidades por dicha participa- ción. La participación del público en general en el remate se sujeta al presente Procedimiento y a los términos y condiciones publicados en el Portal. b. Los Almacenes Aduaneros ponen a disposición de las Intendencias de Aduana, las mercancías en situación de abandono legal y comiso. Esta acción no implica la entrega física de las mercancías sino la movilización de las mismas a la zona de almacenaje temporal y a las zonas de exhibición de remates con la participación del especialista en aduanas o técnico designado, continuan- do la mercancía bajo la responsabilidad de dichos Alma- cenes Aduaneros hasta su entrega correspondiente a los beneficiarios o a la intendencia de aduana, según sea el caso. c. El especialista en aduanas ingresa al Módulo de Remates y Adjudicaciones la descripción, tasación e imagen digitalizada del lote en remate, asignándose automáticamente el número de lote procediendo luego al rotulado. En el caso de las Aduanas de provincia, dicha información es ingresada al Módulo. d. Conformados y rotulados los lotes de remate, el especialista en aduanas procede a la publicación de los mismos en el Portal a efecto que el público en general presente sus ofertas de compra, pudiendo incluirlas en las secciones “Aduanas recomienda” y “Los más solicitados”. e. Los interesados en participar en esta modali- dad de remate deben acce sar al Portal www.rematedeaduanas.com disponible en Internet, donde deben registrarse como Usuarios, ingresando con carácter de declaración jurada, el número de su docu- mento de identidad, datos personales y dirección elec- trónica; así como señalar su código de usuario y contra- seña que lo identifica en su participación en las ofertas de compra por los lotes en remate. También, pueden consignar el número de su cuenta de ahorro o cuenta corriente, a efecto de la transferencia del porcentaje de oferta depositado, en caso de no resul- tar ganador. Efectuado el registro correspondiente, el usuario recibirá un mensaje electrónico solicitando la confirma- ción de su inscripción. f. La información ingresada en el mencionado registro se considera válida para todos los efectos legales, por lo que toda comunicación, emisión de Facturas y/o Boletas de Venta, así como la comproba- ción de su identidad al momento de la entrega del lote obtenido en remate, se efectúa sobre la base de esta información.