Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2001 (29/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2001

de radiodifusion sonora, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendose el cambio de ubicacion de la estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 600-2001-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 169-98-MTC/15.03; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de caracteristica tecnica acotado; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la ASOCIACION RADIO MORDAZA, la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion : Frecuencia : Indicativo : Potencia : Emision : Horario : Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM 90.1 MHz OBT-5V 500 w. 256F8E H24 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 232, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Coordenadas: L.O. 76° 12' 32.5" L.S. 13° 42' 29" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 169-98-MTC/15.03, por tanto vencera el 16 de MORDAZA del ano 2008. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 31738

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 477-2001-MTC/15.19.03.2 y 623-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa AGRO RADIO S.R.L. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa AGRO RADIO S.R.L., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : : : : : : : BC-OM 1590 KHz OBU-2C 1 Kw. 10A3E H24 Av. Peru Nº 608, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad.

Otorgan a empresa autorizacion y permiso de instalacion para operar estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 787-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 17 de setiembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa AGRO RADIO S.R.L., para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad;

Ubicacion de la Planta Transmisora

: Urb. Semirrustica El Bosque, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 01' 12" L.S. 08° 08' 42"

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