Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2001 (29/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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do y satisfacer la necesidad sobrevenida, a traves de adjudicaciones de menor cuantia; despues de lo cual se debera convocar a los procesos de seleccion correspondientes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, se declaro en estado de emergencia los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Tacna, asi como las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de Ayacucho; Que, por Decreto Supremo Nº 090-2001-PCM, se incluyo al Seguro Social de Salud - ESSALUD, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 100-2001-PCM, prorrogaron por el termino de treinta (30) dias, a partir del 25 de agosto del 2001, el estado de emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM; Que, por consiguiente, al MORDAZA del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, corresponde exonerar del MORDAZA ordinario de seleccion, por situacion de emergencia, la ejecucion de obras necesarias para reparar los danos producidos en el Hospital II Ilo; consecuentemente, autorizar que esta se realice a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 20º de la misma norma; Que, segun lo senalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, mediante Oficio Nº 268-2000(GAE-MON), en las resoluciones que aprueban exoneraciones, se debe incluir el valor referencial de la correspondiente adquisicion o contratacion; Que, segun el Articulo 20º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, la exoneracion de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, debe ser aprobada, en el caso de ESSALUD, por resolucion del Titular del Pliego; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27056, establece que el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva del ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. EXONERAR de la tramitacion del expediente administrativo, por situacion de emergencia, la ejecucion de obras necesarias para reparar los danos producidos en el Hospital II Ilo; y, en consecuencia, autorizar a la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura realice una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de S/. 134,112.79 (ciento treinta y cuatro mil ciento doce y 79/100 nuevos soles), debiendo dar cuenta a la Gerencia General, bajo responsabilidad. 2. Disponer que la Secretaria General informe de la presente Resolucion al Consejo Directivo de ESSALUD y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la Ley. 3. Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo 31762

Que, el inciso MORDAZA y decimo MORDAZA del Articulo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "Codigo de Ejecucion Penal", faculta al Instituto Nacional Penitenciario a celebrar convenios con entidades publicas y privadas; Que, la Disposicion Final Unica del Reglamento del CEREC, aprobado por el Decreto Supremo Nº 024-2001JUS, faculta al Instituto Nacional Penitenciario a suscribir convenios interinstitucionales relacionados con la administracion del CEREC, regulacion del regimen de MORDAZA y tratamiento de los internos recluidos en el Centro de Reclusion de MORDAZA Seguridad de la Base MORDAZA del Callao; Que, en el Centro de Reclusion de MORDAZA Seguridad de la Base MORDAZA del Callao, por razones de seguridad nacional se encuentran internos civiles de alta peligrosidad procesados y sentenciados por delitos de terrorismo, traicion a la patria, contra la administracion publica, trafico ilicitos de drogas o delitos contra la humanidad; Que, se hace necesario la suscripcion de un Convenio para crear un MORDAZA de cooperacion entre el INPE y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, asi como para asegurar una efectiva y eficiente administracion del CEREC; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 024-2001-JUS, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 364-2001JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Instituto Nacional Penitenciario y la MORDAZA de MORDAZA del Peru", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion y que tiene por objeto crear un MORDAZA de cooperacion entre MORDAZA instituciones para asegurar una efectiva y eficiente administracion del Centro de Reclusion de MORDAZA Seguridad de la Base MORDAZA del Callao - CEREC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 31760

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1452-2001-ORLC/JE MORDAZA, 26 de setiembre de 2001 Visto el expediente organizado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALMENDARIZ, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 018-2001-ORLC/JE-R.MART. del 24 de setiembre del 2001; emitido por el Registro de Martilleros Publicos; CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional,

INPE
Aprueban Convenio de cooperacion con la MORDAZA de MORDAZA del Peru referido a la administracion del Centro de Reclusion de MORDAZA Seguridad de la Base MORDAZA del Callao
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1056-2001-INPE-P MORDAZA, 27 de septiembre de 2001

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