Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2001 (29/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa AGRO RADIO S.R.L., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 31739

Que, el Oficio Nº 0260-2001-GG/PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que la creacion de Juzgados de Paz No Letrados en el distrito de Pariahuanca, provincia de Huancayo y en el distrito de Comas, provincia de MORDAZA, asi como el Traslado y Conversion de los Juzgados de Paz Letrados de dichos distritos como Juzgados de Paz Letrados de Huancayo y El Tambo, es factible, ya que su implementacion y funcionamiento, no demandaran mayores gastos; Que, de conformidad con el texto modificado del Articulo 82º inciso 24) de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, convertir y suprimir Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero doctor MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, en uso de sus atribuciones y en sesion extraordinaria de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear 1 Juzgado de Paz No Letrado en los distritos de: - Pariahuanca, provincia de Huancayo, - Comas, provincia de Concepcion. Articulo Segundo.- Trasladar los Juzgados de Paz Letrados de los distritos de: - Pariahuanca, provincia de Huancayo, al distrito de Huancayo. - Comas, provincia de MORDAZA, al distrito de El Tambo. Articulo Tercero.- Convertir los Juzgados de Paz Letrados a que se refiere el Articulo MORDAZA, en: - Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo. - Tercer Juzgado de Paz Letrado de El Tambo. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a dictar las medidas jurisdiccionales y administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Quinto.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara mayores gastos en remuneraciones ni contratacion de personal; cualquier requerimiento de bienes y servicios se atenderan por la Gerencia General del Poder Judicial de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Articulo Sexto.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente resolucion. Articulo Septimo.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Octavo.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Fiscal de la Nacion, Ministerio de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 31822

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz No Letrados en los distritos de Pariahuanca y Comas
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 115-2001-CE-PJ MORDAZA, 19 de setiembre del 2001 VISTOS: Los Oficios Nº 1116-2001-P-CSJJU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Nº 018-2001CE-PJ/JCC, del senor Consejero doctor MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, y el Informe Nº 030-2001-SPR-GDI-GG de la Supervision de Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, reformula su pedido relacionado al Traslado y Conversion de los Juzgados de Paz Letrados de los distritos de Pariahuanca y Comas, como Juzgados de Paz Letrados de Huancayo y El Tambo, asi como, la creacion de los Juzgados de Paz No Letrados en los distritos de Pariahuanca y Comas, adjuntando nuevos elementos de juicio que sustentan su solicitud; Que, de la informacion estadistica respecto de la carga procesal de los 2 Juzgados de Paz Letrados de Huancayo y El Tambo, respectivamente, remitida a este Organo de Gobierno, aparece la existencia de una considerable carga procesal que supera los 1300 expedientes, quedando un pasivo por resolver de mas de 1000 expedientes en cada uno de dichos Juzgados, sobrepasando los limites establecidos; Que, la carga procesal de los Juzgados de Paz Letrados de Pariahuanca y Comas, no justifica su funcionamiento debido a la baja densidad poblacional de dichos distritos; por lo que la creacion de Juzgados de Paz No Letrados, en lugar de los Juzgados de Paz Letrados existentes resultaria mas conveniente, para la atencion de los problemas que afrontan los pobladores en esas localidades;

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