Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2001 (30/09/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 30 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 210605

titular o cualquier persona. Especialmente constituyen actos de crueldad: a. No brindar los cuidados necesarios para la supervivencia de la mascota o curarlas en lugares visiblemente inadecuados. b. Mantener a la mascota en un habitat intolerable. c. Organizar o realizar peleas entre mascotas. d. Herir o quitarle la MORDAZA a las mascotas usando medios mecanicos, sustancias quimicas (toxicas o venenosas) o cualquier otro. e. Otros que se establezcan. Articulo 10º.- Aquel que incumpla cualquiera de las disposiciones de la presente Ordenanza y sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan sera sancionado con una multa administrativa por: - Incumplir con los deberes en su calidad de titular de una mascota 10% de la UIT - Efectuar actos de crueldad a las mascotas 10% de la UIT DISPOSICIONES FINALES Primera.- El que sacrifica una mascota bajo la titularidad de un MORDAZA o una persona de la tercera edad, queda obligado a restituirla en una especie similar a la que afecto. Segunda.- Incorporese al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado por la Ordenanza Nº 028-MDLV, las infracciones establecidas en el Articulo 10º de la presente norma. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 24796

Que, mediante la Ordenanza Nº 20-99, se prohibe el uso de telefonos celulares, radio transmisores-receptores o similares en establecimientos de venta al publico de combustibles; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 10-97 Articulo Primero.- Incluyase los Articulos MORDAZA, MORDAZA y Setimo, a la Ordenanza Nº 10-97 en los siguientes terminos: "Articulo Quinto.- Establezcase la obligacion de uso del cinturon de seguridad por parte del piloto y copiloto, en vehiculos automotores de transporte publico y privado, que circulen en el distrito de San MORDAZA, esta obligacion se hace extensiva a los ocupantes, menores de edad, que viajen en los asientos posteriores de los vehiculos automotores de transporte privado. Articulo Sexto.- Incorporese al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RAS) las siguientes infracciones: Codigo 224 225 Descripcion de la Infraccion - Por no usar cinturon de seguridad el piloto y el copiloto - Por que el (los) ocupante(e) del vehiculo, menor(es) de edad, no use(n) cinturon de seguridad Sancion % UIT 5% 5%

Articulo Setimo.- Facultese a la Alcaldia para reglamentar la presente Ordenanza via Decreto de Alcaldia." Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales y Direccion de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Resolucion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 31837

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

Modifican Ordenanza que reglamento el uso de telefonos celulares o radio- Modifican articulo de la Ordenanza casete portatil con audifonos por parte Nº 01-2001-MDSM de conductores de vehiculos y el RAS ORDENANZA Nº 20-2001 del distrito
San MORDAZA, 21 de setiembre de 2001 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA San MORDAZA, 21 de setiembre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA mediante Ordenanza Nº 10-97, Reglamenta el Uso de telefonos celulares o radio casete portatil con audifonos, por parte de conductores de vehiculos; CONSIDERANDO: Que, por la Ordenanza Nº 01-2001-MDSM publicada el 20 de enero del 2001 se establecio para los titulares de establecimientos que se dedican a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas, la obligacion de presentar a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA una MORDAZA de la Declaracion de Ingresos que debian cumplir ante Ministerio de Industria, TuPOR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; ORDENANZA Nº 019-2001-MDSM

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.