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Pág. 221625 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 nicipalidad Provincial de Talara y la Empresa FASTER SER- VICE S.R.L. representado por el Sr. Johnny Sertzen Belli- do teniendo en cuenta que dicho contrato se adecue a las normas establecidas en la Ley de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado y su Reglamento; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, señala en su Artículo 19º que están exonerados de los pro- cesos de Licitación Pública o Concurso Público o Adjudi- cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones o con- trataciones que se realicen: h) para servicios personalísi- mos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado señala que se encuen- tran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes particulares o especiales o por su determinada ca- lidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Art. 20º del mismo cuerpo legal señala que las adquisiciones y contrataciones antes referi- das, se realizarán mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señala en su Art. 105º que de producirse los supuestos señalados en el Art. 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado que determinara la necesidad de efectuar procesos de adjudicación de Menor Cuantía, la Municipalidad hará las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación in- cluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotiza- ción que cumpla con los requisitos establecidos en las ba- ses, con autorización expresa del Titular del Pliego, de- biendo indicarse en la Resolución exoneratoria el órgano encargado de realizar el proceso de contratación; Que, la Dirección de Asesoría Legal mediante informe de vistos, opina que los servicios legales de recuperación de dinero que requiere la Municipalidad ante la acreencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas tiene un ca- rácter personalísimo y que la Empresa Faster Service S.R.L. por su trayectoria y experiencia que se encuentran acreditadas con la documentación sustentatoria que ad- junta, reúne los requisitos necesarios para encargarle la referida cobranza, debiendo establecerse el monto referen- cial de la contratación por el órgano encargado de realizar el proceso de selección, montos que serán cancelados según contrato. Por lo que recomienda lo siguiente: 1. APROBAR, la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de los servicios de la Empresa FASTER SERVICE S.R.L. para la recuperación y acreencia que mantiene la Superintendencia Nacional de Aduanas. 2. AUTORIZAR a la Dirección de Administración y Fi- nanzas para efectuar la contratación, a que se refiere el Artículo Primero, mediante el proceso de Selección de Ad- judicación Directa de menor cuantía, debiendo establecer el valor referencial de los servicios a contratar. 3. DISPONER que Secretaría General remita copia del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, den- tro de los diez días calendario siguientes a su aprobación, así como la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Que, visto y analizado el tema en Sesión Ordinaria de Concejo se acordó por mayoría Aprobar las recomen- daciones planteadas por la Dirección de Asesoría Legal mediante Informe Nº 108-02-2002-DAL-MPT; y, Estando a los considerandos antes anotados, al acuer- do tomado por mayoría en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de abril del 2002, siendo de 9 votos a favor y 2 en contra, y en uso de las atribuciones que me confiere el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se expide el siguiente: ACUERDO 1. APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de los servicios de laEmpresa FASTER SERVICE S.R.L. para la recuperación y acreencia que mantiene la Superintendencia Nacional de Aduanas. 2. AUTORIZAR a la Dirección de Administración Finan- ciera para efectuar la contratación, a que se refiere el Artí- culo Primero, mediante el proceso de Selección de Adjudi- cación Directa de menor cuantía, debiendo establecer el valor referencial de los servicios a contratar. 3. DISPONER que Secretaría General remita copia del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, den- tro de los diez días calendario (10) siguientes a su aproba- ción. 4. La Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales queda encargada de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y su difusión a la Oficina de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y dése cuenta. LUIS A. ROMERO AGURTO Alcalde Provincial 7069 ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-04-2002-MPT Talara, 4 de abril del 2002 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo el Informe Nº 022-04-2002-DAG-DAL-MPT de la Dirección General de Administración Municipal y Dirección de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-03-2002- MPT de fecha 26/3/2002, se acuerda DERIVAR el asunto de la Exoneración del Proceso de Selección para la Con- tratación de los Servicios Personalísimos de la Empresa GEOPESA CONTRATISTAS GENERALES a la Dirección General de Administración Municipal y Dirección de Ase- soría Legal para que amplíen sus informes y emitan nue- vos dictámenes a fin de ser vistos en próxima sesión de concejo; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, señala en su Artículo 19º que están exonerados de los pro- cesos de Licitación Pública o Concurso Público o Adjudi- cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones o con- trataciones que se realicen: h) para servicios personalísi- mos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado señala que se encuen- tran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes particulares o especiales o por su determinada ca- lidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Art. 20º del mismo cuerpo legal señala que las adquisiciones y contrataciones antes referi- das, se realizarán mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señala en su Art. 105º que de produ- cirse los supuestos señalados en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determi- nara la necesidad de efectuar procesos de adjudicación de Menor Cuantía, la Municipalidad hará las adquisicio- nes o contrataciones mediante acciones inmediatas so- bre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correo electró- nico, de una cotización que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorización expresa del Titular del Pliego, debiendo indicarse en la Resolución exoneratoria el órgano encargado de realizar el proceso de contratación; Que, la Dirección General de Administración Municipal y Dirección de Asesoría Legal mediante informe de vistos, opi-