Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 221625

nicipalidad Provincial de Talara y la Empresa FASTER SERVICE S.R.L. representado por el Sr. MORDAZA Sertzen MORDAZA teniendo en cuenta que dicho contrato se adecue a las normas establecidas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, senala en su Articulo 19º que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica o Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen: h) para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Art. 20º del mismo cuerpo legal senala que las adquisiciones y contrataciones MORDAZA referidas, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala en su Art. 105º que de producirse los supuestos senalados en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determinara la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego, debiendo indicarse en la Resolucion exoneratoria el organo encargado de realizar el MORDAZA de contratacion; Que, la Direccion de Asesoria Legal mediante informe de vistos, opina que los servicios legales de recuperacion de dinero que requiere la Municipalidad ante la acreencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas tiene un caracter personalisimo y que la Empresa Faster Service S.R.L. por su trayectoria y experiencia que se encuentran acreditadas con la documentacion sustentatoria que adjunta, reune los requisitos necesarios para encargarle la referida cobranza, debiendo establecerse el monto referencial de la contratacion por el organo encargado de realizar el MORDAZA de seleccion, montos que seran cancelados segun contrato. Por lo que recomienda lo siguiente: 1. APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la Empresa FASTER SERVICE S.R.L. para la recuperacion y acreencia que mantiene la Superintendencia Nacional de Aduanas. 2. AUTORIZAR a la Direccion de Administracion y Finanzas para efectuar la contratacion, a que se refiere el Articulo Primero, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de menor cuantia, debiendo establecer el valor referencial de los servicios a contratar. 3. DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, visto y analizado el tema en Sesion Ordinaria de Concejo se acordo por mayoria Aprobar las recomendaciones planteadas por la Direccion de Asesoria Legal mediante Informe Nº 108-02-2002-DAL-MPT; y, Estando a los considerandos MORDAZA anotados, al acuerdo tomado por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 4 de MORDAZA del 2002, siendo de 9 votos a favor y 2 en contra, y en uso de las atribuciones que me confiere el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se expide el siguiente: ACUERDO 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la

Empresa FASTER SERVICE S.R.L. para la recuperacion y acreencia que mantiene la Superintendencia Nacional de Aduanas. 2. AUTORIZAR a la Direccion de Administracion Financiera para efectuar la contratacion, a que se refiere el Articulo Primero, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de menor cuantia, debiendo establecer el valor referencial de los servicios a contratar. 3. DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario (10) siguientes a su aprobacion. 4. La Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales queda encargada de la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y su difusion a la Oficina de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 7069 ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-04-2002-MPT Talara, 4 de MORDAZA del 2002 VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo el Informe Nº 022-04-2002-DAG-DAL-MPT de la Direccion General de Administracion Municipal y Direccion de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-03-2002MPT de fecha 26/3/2002, se acuerda DERIVAR el MORDAZA de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de los Servicios Personalisimos de la Empresa GEOPESA CONTRATISTAS GENERALES a la Direccion General de Administracion Municipal y Direccion de Asesoria Legal para que amplien sus informes y emitan nuevos dictamenes a fin de ser vistos en proxima sesion de concejo; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, senala en su Articulo 19º que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica o Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen: h) para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Art. 20º del mismo cuerpo legal senala que las adquisiciones y contrataciones MORDAZA referidas, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala en su Art. 105º que de producirse los supuestos senalados en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determinara la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego, debiendo indicarse en la Resolucion exoneratoria el organo encargado de realizar el MORDAZA de contratacion; Que, la Direccion General de Administracion Municipal y Direccion de Asesoria Legal mediante informe de vistos, opi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.