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Pág. 221780 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de abril de 2002 PODER EJECUTIVO P C M Crean el Consejo Nacional de la Compe- titividad DECRETO SUPREMO Nº 024-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 45º del Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los Ministerios pue- den contar con Comisiones, Juntas y otros órganos integra- dos por representantes de diversos sectores o instituciones encargados de asesorar, supervisar, orientar, coordinar, o en general, realizar las políticas o acciones correspondientes según el área del sector a que correspondan, quedando a cargo del Ministerio respectivo el apoyo técnico o administra- tivo que éstas requieran para el cumplimiento de sus fines; Que, la gestión para mejorar la competitividad del país requiere del trabajo conjunto y concertado de los sectores público y privado, razón por la cual el Gobierno como parte de su estrategia nacional de desarrollo viene realizando un esfuerzo concertado con el sector empresarial orientado a lograr el diseño e implementación de un "Plan Nacional de Competitividad", para fomentar el crecimiento económico con equidad social; Que, en la última Conferencia Anual de Ejecutivos rea- lizada por el Instituto Peruano de Administración de Em- presas - IPAE, el sector privado, por medio de IPAE, alcan- zó al Gobierno una propuesta para la realización conjunta de un Plan Nacional de Competitividad que involucre a los diferentes agentes clave del Estado y de la Sociedad Civil, iniciativa que concuerda plenamente con los esfuerzos que el Gobierno viene realizando en esta materia; Que, el Plan Nacional de Competitividad permitirá elevar la productividad de las empresas, generando mayor valor agregado en la producción, así como aumentar la calidad y variedad de productos; contribuirá también a facilitar la com- petitividad e incremento de las exportaciones, propiciando la ampliación de mercados; además de fomentar un clima favo- rable a la inversión y reducción de sobrecostos, todo esto dentro de una política que conduzca a la creación de em- pleos y mejora del nivel de capacitación de la fuerza laboral; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejo de Ministros, apro- bado por Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM, la Presiden- cia del Consejo de Ministros, en su condición de coordina- dora de la gestión del Poder Ejecutivo y portavoz del Poder Ejecutivo es la institución llamada a coordinar y dirigir el di- seño e implementación intersectorial de un Plan Nacional de Competitividad, el cual debe ser discutido, concertado y ejecutado conjuntamente con el sector privado; Que, la mejora de la competitividad del país, requiere una Administración Pública moderna, transparente y eficiente en el uso de sus recursos y en la prestación de sus servicios; siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;Que, el Gobierno viene liderando a través de la Presidencia del Consejo de Ministros el Diálogo para alcanzar un Acuerdo Nacional, dentro del cual los diferentes grupos políticos repre- sentativos y los miembros de los distintos sectores de la Socie- dad Civil han aprobado por unanimidad 27 Políticas de Estado, entre las que se encuentra inmerso el tema de la competitividad y el crecimiento económico con equidad social; Que, resulta necesario crear un Consejo Nacional de la Com- petitividad que desarrolle los objetivos, determine y organice un Plan Nacional de Competitividad y se encargue de liderar su ejecución, para cuyo efecto deberá tener en consideración los acuerdos y conclusiones del Foro de Competitividad instalado en el marco del Diálogo para lograr un Acuerdo Nacional; Que, el Consejo Nacional de la Competitividad estará adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros con el fin de aprovechar la capacidad profesional y técnica de sus recursos humanos, así como su infraestructura; y contará con un Consejo Directivo y una Secretaría Técnica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supre- mo Nº 006-2002-PCM, Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el voto aprobat orio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Créase el Consejo Nacional de la Compe- titividad como instancia encargada de desarrollar e imple- mentar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mer- cado internacional. Artículo 2º.- Son funciones generales del Consejo Na- cional de la Competitividad: 1. Desarrollar un Plan Nacional de Competitividad que incluya objetivos, políticas y medidas específicas, así como metas tentativas e indicadores de seguimiento que permi- tan medir avances en su cumplimiento; 2. Proponer al Poder Ejecutivo las medidas normativas ne- cesarias para alcanzar los objetivos, políticas y metas tentati- vas trazadas en el Plan Nacional de Competitividad; 3. Liderar la ejecución del Plan Nacional de Competi- tividad, en coordinación con las entidades e instituciones públicas y/o privadas encargadas de las distintas activi- dades incluidas en el mencionado Plan; y, 4. Ejecutar las actividades complementarias que fueran ne- cesarias para log rar los objetivos que le son encomendados. Artículo 3º.- El Consejo Nacional de la Competitividad estará conformado por: 1. El Consejo Directivo. 2. La Secretaría Técnica. El Consejo Directivo y la Secretaría Técnica del Con- sejo Nacional de la Competitividad estarán a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4º.- El Consejo Directivo es la máxima instan- cia deliberativa y resolutiva del Consejo Nacional de la Competitividad. Los miembros del Consejo Directivo son: 1. El Presidente del Consejo de Ministros, quien lo pre- sidirá; 2. El Ministro de Economía y Finanzas; 3. El Ministro de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales;MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Acuerdo Nº 017.- Autorizan proceso de adjudicación directa de menor cuantía para contratación del servicio de disposición final de residuos sólidos 221801 PROYECTO OSIPTEL Proyecto - Res. Nº 014-2002-CD/OSIPTEL.- Proyecto de mo- dificación del Art. 1º de la Resolución que estableció reglas tarifarias para comunicaciones entre usuarios de cualquier servicio de tele- comunicaciones y de servicios móviles por satélite 221801Res. Nº 040-2002/SUNAT.- Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Cajamarca 221800 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. Nº 018-2002.- Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio personalísimo de EMILIMA S.A. para la realización de subasta pública de terrenos 221800