Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2002 (07/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de agosto de 2002

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo del Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa otorgada mediante la Ordenanza Nº 137-MDSL
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0004-MDSL San MORDAZA, 5 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0137-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de MORDAZA del 2002, se otorgo el Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA para que regularicen sus obligaciones pendientes de pago; Que, la Ordenanza Nº 137-MDSL en su Articulo noveno establece otorgar facultades al senor MORDAZA para que mediante Decreto amplie el plazo establecido para el referido beneficio; Que, estando por vencerse el plazo del beneficio mencionado, se hace necesario ampliarlo, toda vez que existe gran numero de contribuyentes deudores que no se han acogido al mismo, y que expresan su voluntad de hacerlo; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de agosto del ano en curso, el vencimiento del Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa, otorgado mediante Ordenanza Nº 137-MDSL. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14007

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan contratacion mediante adjudicacion directa de menor cuantia de servicio para la ejecucion de obra en la avenida La MORDAZA e instalacion de agua y desague en calles del distrito
ACUERDO Nº 12-2002/MDSM San MORDAZA, 2 de agosto de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MIGUEL; Vista la propuesta tecnico-economica alcanzada por el Batallon de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Region del Ejercito Peruano, para la ejecucion de la Obra: "Veredas y Estacionamiento Cdra. 29 - Av. La MORDAZA e Instalacion de Agua y Desague, calles Los Gladiolos, Los Colonos y Los Pioneros"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 23853) en su Articulo 3º establece que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos loca-

les, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion y segun el Articulo 62º de dicha Ley, corresponde a las Municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, transportes y comunicaciones; Que, entre las funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva senaladas en el Articulo 65º de la Ley Nº 23853, se mencionan en el inciso 5) de dicho articulo el mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA y rural (vias vecinales, servicios de agua, desague, luz, pavimentos, puentes, monumentos, parques, etc.) indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario; Que, la Junta Directiva de la Asociacion MORDAZA Central "La Marina" y la Empresa Torreblanca & Freundt Ingenieros S.R.L. presentan a la Municipalidad de San MORDAZA, el Expediente Tecnico para ejecutarse por un monto de S/ . 138,125.64 para Construccion de Veredas, y S/. 89,890.98 para la obra: Redes y Conexiones Domiciliarias Complementarias respectivamente; Que, con Oficios Nº 066 y Nº 067-2002-DIDU/MDSM de la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA se invita al Batallon de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Region del Ejercito Peruano para que haga llegar su propuesta tecnico - economica para la ejecucion de la obra: Veredas y Estacionamiento en la cuadra 29 de avenida La MORDAZA e Instalacion de Agua y Desague de las calles los Gladiolos, Los Colonos y Los Pioneros, la que es alcanzada con Oficio Nº 006/OT/BAC-112/SRM (8/7/2002) por un monto total de obra equivalente a S/. 153,180.22. De la evaluacion de esta MORDAZA, se concluye que la propuesta alcanzada por el Batallon de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Region del Ejercito Peruano es la mas favorable y ventajosa que la ejecutada por contrata y por empresas civiles, ya que en el monto de su propuesta economica no considera el % de utilidades y el IGV, ademas que sus gastos indirectos de 10.66% son menores. Asimismo, sus costos unitarios en las partidas de ejecucion de la obra son menores que los de contrata, pues la tarifa del alquiler de equipo mecanico aplicada es la del MTC y de MORDAZA solo consideran el costo de operacion de la maquinaria; Que, en cuanto a infraestructura, se indica que el Batallon Nº 112-EP cuenta con la infraestructura necesaria para ejecutar la obra, ya que cuenta con el equipo mecanico completo y operativo, planta de asfalto propia y mano de obra calificada en estos trabajos de construccion; ademas, en el expediente tecnico alcanzado se aprecia que el Batallon Nº 112-EP puede ejecutar la obra con calidad comprobada y eficiencia, pues efectuara las pruebas de ensayo de laboratorio de suelos y materiales a emplearse en la diferentes partidas de construccion; alcanzandose tambien el cronograma de obra para una ejecucion en 25 dias, cronograma de desembolsos por quincena, cantidades de horas hombre, materiales y equipo mecanico a emplearse en la obra, conjuntamente con las especificaciones tecnicas y planos correspondientes; Que, siendo el Batallon de Asuntos Civiles Nº 1122da. Region del Ejercito Peruano un ente del sector publico integrante del Gobierno Central, con el cual se contratara para la ejecucion de la obra: Veredas y Estacionamiento en la cuadra 29 de avenida La MORDAZA e Instalacion de Agua y Desague de las calles los Gladiolos, Los Colonos y Los Pioneros, estando dentro de los alcances del inciso a) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto de la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico, y Adjudicacion Directa; Que, en cumplimiento al Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Acuerdo a adoptarse respecto de la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para el caso requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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