Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2002 (07/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de agosto de 2002

En general, el tratamiento tributario aplicable a los intereses y demas ganancias provenientes de los BONOS SOBERANOS se regira por las normas legales vigentes. Se recomienda que cada tenedor de los BONOS SOBERANOS consulte con su propio asesor tributario respecto de las consecuencias tributarias con relacion a la emision de los referidos Bonos. p. Opcion de Rescate No existira opcion de Rescate. q. Anuncio de Oferta El Anuncio de Oferta se realizara mediante el anuncio de la subasta en el Diario Oficial El Peruano y otros medios disponibles que se estimen necesarios. El anuncio incluira el monto de los BONOS SOBERANOS a subastar, el plazo, la modalidad de la subasta, la fecha de la emision y de vencimiento, la hora limite para la recepcion de las ofertas y otros que determine la Unidad Responsable. Asimismo, el anuncio incluira el mecanismo de subasta a ser utilizado, la misma que podra ser a traves de la BVL u otro mecanismo definido por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Cualquier informacion adicional relativa a la subasta, puede ser obtenida en la Direccion General de Credito Publico al Fax Nº 426-8500 o a los telefonos Nºs. 4278583, 427-1248 y 427-4391. 3. COLOCACION POR SUBASTA PUBLICA

c. Asignacion de comitentes La asignacion de comitentes se realizara en el dia T de acuerdo a los procedimientos y plazos utilizados para la asignacion de operaciones realizadas en MORDAZA de Bolsa. d. Liquidacion La liquidacion debera efectuarse directamente entre las partes intervinientes. La entrega de los fondos por parte del intermediario comprador debera realizarse MORDAZA de las 13.00 horas del dia T+1. Con relacion a la entrega de valores, esta debera realizarse en el mismo plazo y sera mediante el abono correspondiente para valores representados por anotacion en cuenta. - El pago se efectuara en la cuenta del Tesoro Publico en el Banco de la Nacion en forma directa. - La denominacion de la cuenta del Tesoro Publico sera notificada a los Inversionistas en el Aviso de Oferta. - El pago se realizara mediante transferencias enviadas a traves del Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR) del Banco Central de Reserva del Peru, a la cuenta del Banco de la Nacion hasta las 13:00 horas, informando de ello, mediante facsimil, a la Gerencia de Operaciones Locales del Banco de la Nacion. - Los BONOS SOBERANOS no cancelados se sujetaran a lo que senala el siguiente literal (e) y el numeral 4 de este Reglamento. e. Incumplimiento en la liquidacion de operaciones

3.1. Procedimiento de adjudicacion a traves de la BVL La subasta de los BONOS SOBERANOS se efectuara utilizando el Sistema ELEX de la BVL. a. Procedimiento · Horario El horario estara compuesto de dos fases: Ingreso de propuestas desde las 11.00 hasta las 13.00 horas Permitira a los diferentes participantes ingresar sus propuestas de compra. Adjudicacion desde las 13.00 hasta las 15.00 horas Periodo en el cual el Emisor ingresara la tasa de adjudicacion. *(este periodo podra ser MORDAZA por el Administrador del Sistema). · Ingreso de propuestas en ELEX Durante el horario establecido, los intermediarios bursatiles podran ingresar sus propuestas a traves del modulo de Colocacion Primaria del Sistema Electronico de Negociacion - ELEX. Estas propuestas no seran publicas y podran ser retiradas o modificadas durante dicho horario. Las propuestas de compra mayores a S/. 250 000,00 deberan contener un solo comitente y seran ingresadas al sistema, indicando en la referencia el nombre del comitente comprador, hecho que sera puesto en conocimiento del Emisor y a los efectos de la adjudicacion. Las propuestas mayores a S/. 250 000,00 que no cumplan con lo establecido no tendran validez y seran eliminadas del sistema. · Resultados Los resultados de la subasta estaran a disposicion del MORDAZA a traves del Sistema ELEX. Asimismo, seran publicados en los diferentes medios de difusion de la BVL y en la Pagina Web de la BVL (Internet). b. Suspension y desercion de la subasta La subasta podra ser suspendida hasta MORDAZA del inicio de la fase de adjudicacion. Asimismo, si la tasa (o precio) corte ingresada por el Emisor no genera ninguna operacion, la subasta sera declarada desierta.

Las operaciones no liquidadas dentro del plazo establecido, seran declaradas en abandono, quedando las Sociedades Agentes de Bolsa y los adquirentes directos inhabilitados para operar de acuerdo al Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa. 3.2. Registro de los BONOS SOBERANOS Los BONOS SOBERANOS adjudicados seran registrados por CAVALI, para cuyo fin, la DGCP comunicara a CAVALI la relacion de los adquirentes, el mismo dia del pago de los BONOS SOBERANOS, una vez comprobado este. 4. INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LOS BONOS SOBERANOS La entidad participante o adquirente que incurra en incumplimiento de pago, parcial o total, quedara impedida de intervenir en los tres (3) posteriores procesos de colocacion de BONOS SOBERANOS, sin perjuicio de aplicacion de las normas correspondientes. El MEF informara en cada subasta sobre la relacion de aquellos impedidos de participar. En los casos de que existan BONOS SOBERANOS adjudicados y no pagados, el Emisor podra: a) Dar por concluida la correspondiente colocacion y registrar solo los BONOS SOBERANOS debidamente pagados; o, b) Recolocar estos BONOS SOBERANOS no pagados mediante un mecanismo de subasta autorizado. 5. DISPOSICIONES FINALES a) Las discrepancias que pudieran surgir entre las entidades participantes y los terceros por cuenta de quienes estas efectuen transacciones con BONOS SOBERANOS, seran resueltas sin generar obligacion o responsabilidad para el MEF. b) La participacion en las subastas o la adquisicion de BONOS SOBERANOS por cuenta propia o de terceros, presupone que tanto las entidades participantes cuanto los terceros tienen pleno conocimiento del presente Reglamento y se someten a el sin reserva alguna. c) El MEF se reserva el derecho de suspender o declarar desierta la subasta, sin expresion de causa. d) Los BONOS SOBERANOS se sujetan a las Leyes y Tribunales de la Republica del Peru. e) La emision de los BONOS SOBERANOS tiene sustento legal en los siguientes dispositivos y sus normas modificatorias:

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