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Pág. 228428 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de agosto de 2002 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presen- te Resolución, en el cargo de Director de la Oficina de Logística del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección Subre- gional de Salud Lima Norte del Ministerio de Salud, Nivel F-3, al Ing. RICARDO JOSÉ JAVIER CABALLERO QUIROZ. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 14811 Designan Directores de las Oficinas Eje- cutivas de Administración y de Gestión Institucional del Hospital Nacional Caye- tano Heredia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1362-2002-SA/DM Lima, 16 de agosto del 2002 De conformidad con lo previsto en el artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 3º de la Ley Nº 27594. Con la opinión favorable del Viceministro de Salud. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presen- te Resolución, en el cargo de Director de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección Subregional de Salud Lima Norte del Ministerio de Salud, Nivel F-4, al Sr. CPC ISIDRO MANDARE ESPINOZA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 14809 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1363-2002-SA/DM Lima, 16 de agosto del 2002 De conformidad con lo previsto en el artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 3º de la Ley Nº 27594. Con la opinión favorable del Viceministro de Salud. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, en el cargo de Director de la Oficina Eje- cutiva de Gestión Institucional del Hospital Nacional Caye- tano Heredia de la Dirección Subregional de Salud Lima Norte del Ministerio de Salud, Nivel F-4, al Dr. LUIS FER- NANDO CHUNGA TICSE. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 14810 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización y permiso de insta- lación a personas jurídicas y natural para operar estaciones del servicio de radiodi- fusión sonora en el departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 550-2002-MTC/15.03 Lima, 6 de agosto de 2002VISTA, la solicitud formulada por la Empresa RADIO- DIFUSORA COLCA E.I.R.L., para que se le otorgue autori- zación para establecer una estación del servicio de radiodi- fusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otor- gados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otor- ga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06- 94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para pres- tar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solici- tud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 036-2002-MTC/15.19.03.2 y 055-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la Empresa RA- DIODIFUSORA COLCA E.I.R.L., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida Empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias y el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Empresa RADIODIFUSORA COLCA E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de insta- lación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, de acuer- do a las siguientes características técnicas: Estación :BC-OM Frecuencia :930 KHz Indicativo :OBU-7T Potencia :1 Kw. Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Calle Mariano Melgar Nº 1322, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Ubicación de la Planta :Jr. 20 de Enero Nº 128, Pueblo joven Taparachi, distrito de Juliaca, provin- cia de San Román, depar- tamento de Puno. Coordenadas: L.O. 70° 08' 35" L.S. 15° 29' 38"