Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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las solicitudes de Habilitaciones Urbanas en estricta observancia de los planes de desarrollo urbano; de producirse la aprobacion como lo es en el presente caso se elevara MORDAZA del expediente a la Municipalidad Provincial para su verificacion, de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 27135; Por lo expuesto, con las visaciones correspondientes y de conformidad con lo prescrito en el numeral Nº 131 y 134 de la Ordenanza Nº 027 que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta Municipalidad, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de junio del 2000, ratificado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 219 del 25 de junio de 1999 y en aplicacion del Decreto de Alcaldia Nº 011-2001, MORDAZA mediante la cual el senor MORDAZA delegada facultades para la atencion de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano Nº 034-2002-MDLM-DDU-DOPHU la regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, solicitada por la Congregacion de los Sagrados Corazones, para uso de equipamiento sectorial educativo (E1), del terreno de 82,115.25 m2, ubicado entre las avenidas Circunvalacion del Golf (ex avenida El Golf de los Incas), Los Frutales y la MORDAZA Las Frambuesas (ex avenida Las Morearas), distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA e inscritos en el Tomo 810, Fojas 123, Asiento 9 al 14 y la Partida Electronica Nº 07038315 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de Lima; autorizandoseles la independizacion, y la venta garantizada de los lotes, de acuerdo al siguiente detalle: Manzana Unica Lote 01 con Lote 02 con TOTAL: 75,615.25 m2 6,500.00 m2 82,115.25 m2

Articulo Segundo.- REMITASE las copias certificadas de las piezas pertinentes del expediente materia de la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su verificacion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ECHAZU MORDAZA Director Direccion de Desarrollo MORDAZA 14779

nos Locales, mediante Ordenanza estan facultados para crear, modificar y suprimir las contribuciones y tasas, o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41º del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pueden condonar con caracter general el factor de ajuste, intereses moratorios y las multas respecto a los tributos que administra; Que, dentro una politica de favorecer a la poblacion y especialmente a los sectores de escasos recursos que se encuentran en una extrema pobreza, ubicados mayormente en los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares, la actual administracion Municipal, otorga un beneficio tributario para que los senores contribuyentes puedan acogerce a regularizar sus deudas tributarias, asi como dar la oportunidad a los propietarios que son omisos a la declaracion jurada, o han efectuado aumento de valor de sus predios, puedan regularizar su inscripcion o regularizacion como contribuyentes en los registros de la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 22-02-OAT/MDLCH de fecha 19 de MORDAZA del 2002 de la Oficina de Administracion Tributaria ha remitido a Alcaldia y a la Direccion Municipal y a la Comision de Economia, el proyecto de Ordenanza "DEL BENEFICIO ESPECIAL EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS que contiene los alcances para la recuperacion de las cobranzas morosas de los diferentes tributos en mencion, desde la fecha de su exigibilidad hasta el 31 de diciembre del 2000; asi como dar la oportunidad de actualizar nuestra base de datos; Que, del resultado de la evaluacion efectuada a nuestra Cuenta Corriente sobre el comportamiento de pago con referencia a los tributos indicados de los anos anteriores al 2002, se tiene que existe un alto indice de morosidad, los cuales se incrementan por el factor de reajuste, intereses moratorios acumulados por los anos dejados de pagar, conforme lo establece las Normas Legales vigentes, por lo que se hace necesario establecer los mecanismos que MORDAZA viable el cumplimiento por los contribuyentes de sus obligaciones tributarias; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, el pleno del Concejo por mayoria del numero de sus miembros aprueba la siguiente:

ORDENANZA:

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Establecen beneficio especial extraordinario de regularizacion para facilitar el pago de deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA Nº 033/CDL-CH
Chosica 19 de MORDAZA del 2002 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA, en sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: En Sesion Ordinaria y con el dictamen de la comision de Economia con referencia, a la propuesta de la Oficina de Administracion Tributaria, respecto al beneficio especial para el pago de los tributos del Impuesto predial, Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos, que se otorga a los contribuyentes del distrito de Lurigancho-Chosica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y en concordancia con lo normado en los Articulos 74º y 192º Inc. 3) de la Constitucion Politica del Peru, senala que los Gobier-

TITULO PRELIMINAR
Establezcase en la Jurisdiccion del Distrito de Lurigancho-Chosica un Beneficio Especial Extraordinario de Regularizacion para facilitar el pago de las Deudas Tributarias y No Tributarias generadas hasta el 31 de diciembre del 2001, cualquiera fuera su estado en que se encuentren incluso con MORDAZA de Cobranza Coactiva y/o Reclamacion

CAPITULO I.ALCANCES DEL BENEFICIO
El Beneficio Especial Extraordinario de Regularizacion otorga la condonacion de los reajustes e intereses moratorios comprendiendo los siguiente conceptos: 1. Impuesto Predial: deudas anteriores al 31 de diciembre del ano 2001. 2. Arbitrios Municipales Limpieza Publica, Parques y Jardines: deudas anteriores al 31 de diciembre del ano 2001. 3. Tasa de Licencia de Funcionamiento: periodos anteriores al ano 2000. 4. Autorizacion de Anuncios y/o Publicidad exterior: anteriores al 31 de diciembre del 2001. 5. Deudas por el Pago del Derecho por Uso de La Via Publica con fines comerciales (SISA) anteriores al 31 de diciembre del ano 2001. 6. Deudas Pendientes de Pago por Consumo de Agua Potable: anteriores al 31 de diciembre del ano 2001 y conexiones clandestinas (Ordenanza Nº 022/CDL-01-062001). 7. Las Infracciones Tributarias y las No Tributarias (Multas Administrativas) anteriores al 31 de diciembre del ano 2001: seran Condonadas en un 70% sobre el monto de la cantidad en que se hizo exigible.

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