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Pág. 228612 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de agosto de 2002 D-1520 con el Río Taymi", que corresponde al componente "Construcción "Obras de Cruce por el Río Taymi Antiguo" (Si- fones), por el valor referencial de S/. 750 000,00 (Setecientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), provenientes del Conve- nio CTR Nº 023-2001-EF/UEPL480, debiendo ejecutarse el componente "Obras de Arte y Conexión del Sistema de Dre- naje D-1000, D-1400, D-1700 y D-1520 con el Río Taymi" por el proceso de selección respectivo. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección Ejecutiva del Pro- yecto Especial OLMOS TINAJONES, a fin de que proceda a celebrar el contrato de ejecución de la obra, mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Artículo 4º.- Poner la presente Resolución Jefatural en conocimiento de la Contraloría General de la República, conjuntamente con los Informes Técnicos y Legales susten- tatorios, disponiéndose su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a su emisión y notificándose al Proyecto Especial OL- MOS TINAJONES, así como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO VARGAS CENTENO Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 14855 INDECOPI Declaran en situación de urgencia la contratación del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 099-2002-INDECOPI/DIR Lima, 14 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido por el inciso c) del artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas del proce- so de selección respectivo las adquisiciones y contratacio- nes que se realicen en situación de urgencia, así declara- da conforme a dicha Ley; Que el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección respectivo; Que con el propósito de contar con servicios de limpie- za y mantenimiento de las instalaciones del INDECOPI, se efectuó el Concurso Público 001-2002-INDECOPI, segun- da convocatoria, en el cual se ha presentado un recurso de apelación al otorgamiento de la buena pro; Que el contrato bajo el cual el INDECOPI recibe actual- mente los servicios de limpieza y mantenimiento tiene vi- gencia hasta el 15 de agosto próximo y debido a la impug- nación planteada en el Concurso convocado para la con- tratación de dichos servicios para el período 2002-2003, además de las impugnaciones que podrían plantearse al otorgamiento de la buena pro, hacen previsible que dichos servicios no podrán ser cubiertos en la fecha de culmina- ción del contrato vigente, por lo que se hace necesario ase- gurar la continuidad del servicio, adoptando las acciones urgentes que garanticen su adecuada y oportuna presta- ción, en tanto se resuelva la impugnación presentada; Que las circunstancias expuestas configuran la deno- minada situación de urgencia a que alude el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM;Estando a la opinión expresada por la Gerencia Legal de la institución contenida en el Informe Nº 030-2002/GEL; y, De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del INDECOPI, autorizándose la contratación temporal de dichos servicios conforme a lo establecido en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, en tanto se resuelva el recurso impugnativo y quede consentido el otorgamiento de la buena pro correspondiente a la contratación definitiva de dicho servicio para el ejercicio 2002. Artículo 2º.- Precisar que la contratación de servicios se- ñalados en el artículo anterior, es por un período de 60 días calendario y por un valor referencial de Treinticinco mil treinti- trés con 00/100 nuevos soles (S/. 35 033,00), con cargo a los recursos ordinarios, contratación que está a cargo de la Jefatu- ra de Logística y Control Patrimonial del INDECOPI. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución y del Informe Legal sustentatorio a la Contraloría General de la República, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 14820 INFES Aceptan renuncias de Asesora Legal y de Gerente General del INFES RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2002-INFES-VIVIENDA Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud Lima, 20 de agosto del 2002 Vista la renuncia formulada por la Dra. Rosa Gálvez Rojas al cargo de Asesora Legal de la Oficina de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Direc- tivo Nº 071-2002-PRES-INFES, de fecha 2 de mayo del 2002 y publicada el 6 de mayo del 2002, se le designó en el car- go de confianza de Asesora Legal de la Oficina de Aseso- ría Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educati- va y de Salud - INFES. Que, la citada funcionaria mediante carta del 16 agosto del 2002, ha formulado renuncia al cargo que venía des- empeñando. Que, el cargo de confianza de Asesor Legal del Institu- to Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN- FES, se encuentra vacante por renuncia de su Titular. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y los artículos 18º y 19º inciso b del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-PRES. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, la renuncia formulada por la Dra. Rosa Gálvez Rojas al cargo de confianza de Asesora Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ÁVALOS SORIA Presidente del Consejo Directivo del INFES 14883