Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

D-1520 con el Rio Taymi", que corresponde al componente "Construccion "Obras de Cruce por el Rio Taymi Antiguo" (Sifones), por el valor referencial de S/. 750 000,00 (Setecientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), provenientes del Convenio CTR Nº 023-2001-EF/UEPL480, debiendo ejecutarse el componente "Obras de Arte y Conexion del Sistema de Drenaje D-1000, D-1400, D-1700 y D-1520 con el Rio Taymi" por el MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial OLMOS TINAJONES, a fin de que proceda a celebrar el contrato de ejecucion de la obra, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los Informes Tecnicos y Legales sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su emision y notificandose al Proyecto Especial OLMOS TINAJONES, asi como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 14855

Estando a la opinion expresada por la Gerencia Legal de la institucion contenida en el Informe Nº 030-2002/GEL; y, De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del INDECOPI, autorizandose la contratacion temporal de dichos servicios conforme a lo establecido en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en tanto se resuelva el recurso impugnativo y quede consentido el otorgamiento de la buena pro correspondiente a la contratacion definitiva de dicho servicio para el ejercicio 2002. Articulo 2º.- Precisar que la contratacion de servicios senalados en el articulo anterior, es por un periodo de 60 dias calendario y por un valor referencial de Treinticinco mil treintitres con 00/100 nuevos soles (S/. 35 033,00), con cargo a los recursos ordinarios, contratacion que esta a cargo de la Jefatura de Logistica y Control Patrimonial del INDECOPI. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Legal sustentatorio a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TASAYCO Presidente del Directorio 14820

INDECOPI
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 099-2002-INDECOPI/DIR
MORDAZA, 14 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas del MORDAZA de seleccion respectivo las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, asi declarada conforme a dicha Ley; Que el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion respectivo; Que con el proposito de contar con servicios de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del INDECOPI, se efectuo el Concurso Publico 001-2002-INDECOPI, MORDAZA convocatoria, en el cual se ha presentado un recurso de apelacion al otorgamiento de la buena pro; Que el contrato bajo el cual el INDECOPI recibe actualmente los servicios de limpieza y mantenimiento tiene vigencia hasta el 15 de agosto proximo y debido a la impugnacion planteada en el Concurso convocado para la contratacion de dichos servicios para el periodo 2002-2003, ademas de las impugnaciones que podrian plantearse al otorgamiento de la buena pro, hacen previsible que dichos servicios no podran ser cubiertos en la fecha de culminacion del contrato vigente, por lo que se hace necesario asegurar la continuidad del servicio, adoptando las acciones urgentes que garanticen su adecuada y oportuna prestacion, en tanto se resuelva la impugnacion presentada; Que las circunstancias expuestas configuran la denominada situacion de urgencia a que alude el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;

INFES
Aceptan renuncias de Asesora Legal y de Gerente General del INFES
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2002-INFES-VIVIENDA Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud MORDAZA, 20 de agosto del 2002 Vista la renuncia formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Asesora Legal de la Oficina de Asesoria Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 071-2002-PRES-INFES, de fecha 2 de MORDAZA del 2002 y publicada el 6 de MORDAZA del 2002, se le designo en el cargo de confianza de Asesora Legal de la Oficina de Asesoria Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Que, la citada funcionaria mediante carta del 16 agosto del 2002, ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando. Que, el cargo de confianza de Asesor Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, se encuentra vacante por renuncia de su Titular. De conformidad con lo dispuesto en los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y los articulos 18º y 19º inciso b del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-PRES. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Asesora Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud INFES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo del INFES 14883

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