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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (21/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 228622 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de agosto de 2002 FE DE ERRATAS ACUERDO Nº 000049 Mediante Oficio Nº 172-2002-MPC/SG la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo Nº 000049, publicada en la edición del 11 de agosto de 2002, en la página 228052. DICE: 3.- Precisar que el pago de los servicios personalísi- mos materia de contratación se efectúe con cargo a los aportes realizados por los auspiciadores del Sexto Festival Internacional Chim Pum Callao 2002. DEBE DECIR: 3.- Precisar que el pago de los servicios personalísi- mos materia de contratación se efectúe con cargo a los ingresos generados por el Sexto Festival Internacional Chim Pum Callao 2002. 14871 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO Aprueban habilitación urbana nueva ubicada en el distrito de San Martín de Pangoa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 334-2002-A/MPS Satipo, 26 de junio del 2002 VISTO, el Expediente Nº 2599 de fecha 17-4-2002, seguido por el señor Alcalde de la Municipalidad Distri- tal de San Martín de Pangoa, referente a la aprobación de "LA HABILITACIÓN URBANA NUEVA RONCAL" Tipo "E", ubicada en el distrito de San Martín de Pangoa, de la provincia de Satipo, del Dpto. de Junín, de propiedad de don Octavio Roncal Ochoa y esposa Evarista Lolo Quispe. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 192º Inc. 5) de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 del 6 de marzo del 2002 en el Art. 195º Inc. 6); y de acuerdo con el Art. 65º Inc. 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es competencia de las Munici- palidades promover el desarrollo armónico de su jurisdic- ción; Que, visto el Expediente Administrativo Nº 2599 de fe- cha 17-4-2002, de Habilitación Urbana, presentado por el recurrente y en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General Art. IV, y la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, se presume su veracidad; Que, habiéndose cumplido con lo establecido en el Art. II-XXI del Reglamento Nacional de Construcciones que se acredita con el Rec. Nº 15858 de fecha 6/8/2002, por la cantidad de S/. 1,710.00 nuevos soles; y con las recomendaciones de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Satipo, mediante el Informe Técnico Nº 046-2002-DDU/MPS de fecha 26-6- 2002; y, Con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y demás disposiciones legales vigentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la "HABILITACIÓN UR- BANA NUEVA RONCAL" Tipo "E", ubicado en el distrito de San Martín de Pangoa, de la provincia de Satipo del Dpto. de Junín, de propiedad de don Octavio Roncal Ochoa y esposa Evarista Lolo Quispe, Roque Quispe López y espo- sa, los mismos que se encuentran en una Zonificación Re- sidencial Mediana Densidad R-3 y sus usos compatibles, comercio vecinal (CV) y comercio local (CL) R-4, de acuer-do al Plano de Ordenamiento Urbano del distrito de San Martín de Pangoa, aprobado mediante Resolución de Al- caldía Nº 1014-88-A/MPS de fecha 3-11-88; cuyos linde- ros y medidas perimétricas son las sgtes.: POR EL NORTE :Con la Parcela Nº 30532 de Prop. de Víctor Cotrina Garay, con 285.00 ml. POR EL SUR :Con la Parcela Nº 30537 Prop. de Daniel Sedano Solórzano, con 100.00 ml. POR EL ESTE :Con el Río San Ramón, con 570.00 ml. POR EL OESTE :Con Prop. de Roque Quispe López, con 495.00 ml. ÁREA :91,000.00 m2. PERÍMETRO :1,450.00 ml. Artículo Segundo.- Autorízase la enajenación de los lotes de la HABILITACIÓN URBANA NUEVA RONCAL Tipo "E". Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, la misma que estará a cargo de los interesados. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a la Oficina Registral de Satipo para la inscripción corres- pondiente. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano y Secretaría General, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ROGGER ANÍBAL HUARI ORDÓÑEZ Alcalde 14868 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCÁN Declaran terreno como propiedad de la Municipalidad y aprueban iniciar gestiones de saneamiento físico legal RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 040-2002-MDH Huancán, 9 de mayo del 2002 VISTO: Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 019-2002, del 8.May.2002, con Acuerdo Nº 019, se aprobó el trámite so- bre SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DEL TERRENO DEL EX ESTADIO DEL DISTRITO DE HUANCÁN. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, como propiedad de la Municipalidad Distrital de Huancán, el terreno ubicado en el paraje HUANCÁN PAMPA, del barrio San Sebastián, del distrito de Huancán de la provincia de Huancayo, departa- mento de Junín, de una extensión superficial de 10,440.00 m2 (EX ESTADIO DE HUANCÁN). Artículo Segundo.- SE APRUEBA iniciar las gestio- nes del Saneamiento Físico Legal como primera inscrip- ción de Dominio ante los Registros Públicos, de conformi- dad a las normas citadas en la parte considerativa. Artículo Tercero.- Encargar a Dirección Municipal, Ase- soría Legal y Departamento de Obras Públicas, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO PÁUCAR SALAZAR Alcalde 14874