Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2002 (30/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de agosto de 2002

nistro de insumos para el Programa Vaso de Leche del Municipio de Yunguyo; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 088-2002-MPY/A, se autoriza convocar a una adjudicacion directa publica para la adquisicion y suministro de insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad de Yunguyo correspondiente de MORDAZA a diciembre del 2002, para cuyo efecto con Resolucion de Alcaldia Nº 091-2002-MPY/A se conformo el Comite Especial y con Resolucion de Alcaldia Nº 0972002-MPY/A se aprueban las bases administrativas; Que, es el caso que durante el MORDAZA se originaron observaciones que han inducido a error, hechos que se revelan del Informe Nº 006-2002-CEADP/MPY del Comite Especial que invocando el Art. 38º Inc. 2) del D.S. Nº 0132001-PCM pidio la modificacion de las Bases en forma extemporanea induciendo a que la Comision de Servicios Sociales y los adquirientes de las bases MORDAZA notar el caso que posteriormente fue impugnado con recurso de apelacion (LACTIFOOD S.A.C.) que no fue resuelto. Como consecuencia de este hecho el Comite ha suspendido el MORDAZA en dos oportunidades y no comunico a los interesados conforme a Ley, conforme se tiene del Informe Nº 007-2002CEADP/MPY. Otro hecho relevante es la Carta de Renuncia como miembro ante el Comite Especial solicitado por el Ing. MORDAZA Molleapaza (Registro 1615-2002). A ello se suma la renuncia de la servidora responsable del Vaso de Leche y la negligencia en el no diligenciamiento de la Resolucion de Alcaldia Nº 106-2002-MPY/A, que nomina a la veedora del MORDAZA de seleccion en representacion de las beneficiarias conforme establece la Ley Nº 27712; Que, tambien resulta necesario senalar que previo informe tecnico legal, el Concejo Municipal en Sesion del 14 de agosto del 2002 declaro en situacion de urgencia el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Yunguyo autorizando la adquisicion de insumos para los meses de MORDAZA, junio, MORDAZA, agosto del 2002 por adjudicacion de Menor Cuantia; Que, siendo asi y como quiera que el Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; debiendose publicar en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 dias siguientes a su expedicion bajo responsabilidad; Que, una de las causales de nulidad senaladas en el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, es prescindir de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la norma; Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia por mandato del Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado y Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de Oficio del MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion y suministro de insumos (leche en polvo azucarada, hojuela de MORDAZA y hojuela de quinua) para el Programa Vaso de Leche del Municipio Provincial de Yunguyo correspondiente a los meses de MORDAZA a diciembre del 2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion e iniciar el procedimiento para un MORDAZA MORDAZA de seleccion. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion al CONSUCODE y disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 dias siguientes de su expedicion. Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA de la presente disposicion a la Direccion Municipal, Administracion, Planificacion y Presupuesto y Control Interno para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA HUARACHI MORDAZA MORDAZA 15465

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS MORDAZA
Declaran nulidad de oficio de MORDAZA de licitacion publica para la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 426-2002-MDLL/A Las MORDAZA, 26 de agosto del 2002 VISTO: El Pronunciamiento Nº 096-2002 (GTN) emitido por la Gerencia Tecnico Normativa de CONSUCODE de fecha 09.08.02, el Oficio Nº 320-2002 (GTN/ATN) y el Informe Nº 013-2002-MDLL-CEA-PVL emitido por la Presidencia del Comite Especial de Adquisiciones - Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0010-2002MDLL/A de fecha 10 de enero del 2002, se designa al Comite Especial de Adquisiciones del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Las Lomas; Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0257-2002MDLL/A, se aprobaron las Bases Administrativas de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-CE-MDLL, por un monto referencial ascendente a S/. 350,667.00 Nuevos Soles, para la adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche correspondiente a los meses de MORDAZA a diciembre del 2002; Que la empresa Distribuciones y Negocios MORDAZA S.R.L. formulo ante el CONSUCODE una serie de observaciones contra las bases del indicado MORDAZA, lo que amerito la emision del Pronunciamiento Nº 096-2002(GTN) en el que sindica que la omision de la publicacion de la Fe de Erratas en el diario Correo acarrea la nulidad del MORDAZA de seleccion; Que la Presidencia del Comite Especial de Adquisiciones - Programa Vaso de Leche, solicito al CONSUCODE, se le exima de la acreditacion de la publicacion de la Fe de Erratas en el diario Correo, lo que le fue denegado por el alto organismo nacional, quien demando ademas la nulidad del MORDAZA de Seleccion; Que, de acuerdo al Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Seleccion - Licitacion Publica Nacional Nº 00012002-CE-MDLL, por lo expuesto en la parte considerativa y en merito a lo prescrito en el articulo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Derivar MORDAZA de la presente Resolucion al Comite Especial, para la retroactividad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional a la etapa de Convocatoria. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15464

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