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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (30/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

Pág. 229217 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de agosto de 2002 Artículo Cuarto.- Encargar asimismo a la Dirección Municipal la responsabilidad de publicar en el Diario Ofi- cial El Peruano la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RENÉ ALFONSO GALDÓS BÉJAR Alcalde 15459 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO Autorizan adquisición de insumos para el Programa Social del Vaso de Leche mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO MUNICIPAL Nº 020-2002-MPY/A Yunguyo, 14 de agosto del 2002 VISTO: El Acta de Concejo Municipal del 14 de agosto del 2002 sobre la declaración de urgencia de la adquisición de in- sumos para el Programa del Vaso de Leche para la Muni- cipalidad de Yunguyo e Informe Técnico Legal que la sus- tenta; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 088-2002-MPY/A se autoriza convocar a una Adjudicación Directa Pública, para la adquisición y suministro de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche de la Municipalidad de Yunguyo de los meses de mayo a diciembre del 2002, para cuyo fin se designó al Comité Especial y se aprobó las bases ad- ministrativas; Que, sin embargo, con Resolución de Alcaldía se de- claró la nulidad del proceso de la convocatoria de la Adju- dicación Directa Pública referida, razones, causas y fun- damentos que se sustentan en la Resolución citada; Que, este hecho ocurrido conllevará a variar el crono- grama del proceso de selección a establecer, siendo así, resulta necesario tomar las medidas del caso para no de- jar desabastecido al Programa del Vaso de Leche por los meses de mayo, junio, julio y agosto del 2002, conforme se tiene en el Informe Técnico Legal presentado y exigido por el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que sustentan los motivos por los que debe ser declarada en situación de urgencia dicha adquisición, toda vez que la compra a efectuar constituye un servicio esencial por tratarse de un programa alimenticio, y que de continuar con el proceso de Adjudicación Directa Pública conllevará a una demora que puede hacer peligrar la continuidad de la dotación de los alimentos a los beneficiarios, más si el proceso ha sido anulado mediante Resolución de Alcaldía; Que, siendo así, y como quiera que la Ley Nº 24059, que crea el Programa del Vaso de Leche, establece las Municipalidades adoptarán las medidas pertinentes para organizar, ejecutar y controlar las acciones necesarias para el cumplimiento del Programa, por cuyo mérito, resulta ne- cesario efectuar y disponer acciones inmediatas a efec- tos de garantizar en forma oportuna la continuidad de la ración alimentaria del Programa Vaso de Leche a fin de no perjudicar a los beneficiarios; Que, la Ley prevé esta situación, por tratarse de un hecho extraordinario e imprevisible, que establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa o inmi- nente la continuidad de un servicio esencial, como es el Programa Vaso de Leche, por lo que merituando estos considerandos el Concejo Municipal acordó por conve- niente declarar en Situación de Urgencia por el término de cuatro meses (mayo, junio, julio y agosto) en virtud a lo dispuesto por el Art. 21º concordante con los Arts. 19º y20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, y Arts. 105º, 113º, 114º y 116º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, debiendo autorizarse la adquisición mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía; Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia por mandato de la Constitución Política y Art. 2º de la Ley Nº 23853; Que, de conformidad con el Art. 19º Inc. c) del D.S. Nº 012-2001-PCM y Art. 47º Inc. 3) de la Ley Nº 23853; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR, en Situación de Ur- gencia el suministro de Productos Alimenticios consisten- te en hojuela de avena, hojuela de quinua y leche azuca- rada para el Programa Social del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Yunguyo correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto del 2002, por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente disposición y según el siguiente detalle: 1. Valor referencial :S/. 120,555.68 (transferencia por los 4 meses) 2. Fuente de Financiamiento :Donaciones y Transferencias. 3. Relación de ítems :Hojuela de avena. Hojuela de quinua. Leche azucarada. Artículo Segundo.- Designar al Comité Especial para que proceda con la adquisición de los insumos consisten- tes en hojuela de avena, hojuela de quinua y leche azuca- rada para el Programa Social del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Yunguyo correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto del 2002, mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, la que es- tará conformada por: TITULARES : 1. Presidenta :Gladis Luz Nieves Montes de Oca Panclas, servidora. 2. Miembro :CPC Gladys Arangoitia Valdivia, servidora. 3. Miembro :Ing. Vicenta Velásquez Huallpa, servidora. SUPLENTES: 1. Miembro :Srta. Dina O. Yupanqui Larico, servidora. 2. Miembro :Lic. José Luis García Chiri, servidor. Artículo Tercero.- Comunicar el presente Acuerdo de Concejo Municipal a la Contraloría General de la Repúbli- ca dentro de los 10 días naturales de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º del TUO del D.S. Nº 012-2001- PCM, y disponer su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. * Fe de Erratas: Dice: S/. 120,795.92. Debe decir: 120,555.68 MARCIAL HUARACHI MEDINA Alcalde 15466 Declaran la nulidad de proceso de selec- ción convocado para la adquisición y suministro de insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 114-2002-MPY/A Yunguyo, 14 de agosto del 2002 VISTO: El Informe Nº 007-2002-CEADP/MPY del Comité de Adjudicación Directa Pública para la adquisición y sumi-