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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2002 (05/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 215105 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de enero de 2002 Visión del Sector. Por lo tanto estos objetivos deben res- ponder a qué deseamos cambiar de la realidad interna y externa en la cual actuamos, y deben ser expresados en términos cualitativos y ser susceptibles de medición a tra- vés de Indicadores de Resultado objetivamente verifica- bles. Artículo 11º. Objetivos Estratégicos Específicos Son propósitos en términos específicos en que se divi- de un objetivo general, se asocian principalmente a un Subprograma dentro de la clasificación funcional vigente y comprende un conjunto de acciones permanentes y tem- porales. Los Objetivos Estratégicos Específicos son, por defini- ción objetivos de mediano plazo que contribuirán al logro del Objetivo Estratégico General y deben ser expresados en términos cualitativos y ser susceptibles de medición a través de Indicadores de Resultado objetivamente verifica- bles. Artículo 12º. Acciones Permanentes o Temporales Son categorías básicas sobre las que se centra la im- plementación estratégica del plan, constituyendo las uni- dades fundamentales de asignación de recursos a fin de lograr Objetivos Estratégicos Específicos. Acciones Permanentes: Son aquellas que concurren en la operatividad y mantenimiento de los servicios exis- tentes. Representan la producción de los bienes y servi- cios que la entidad lleva a cabo de acuerdo a sus funcio- nes. Son permanentes y continuas en el tiempo. Respon- den a objetivos que pueden ser medidos cualitativa o cuan- titativamente, a través de Indicadores de Producto y recur- sos necesarios. Acciones Temporales: Representan la creación, am- pliación y/o modernización de la producción de los bienes y servicios. Responden a objetivos que pueden ser medi- dos cualitativa o cuantitativamente, a través de Indicado- res de Producto y recursos necesarios. Son limitados en el tiempo y luego de su culminación se integran o dan ori- gen a una acción permanente. Es preciso recordar que dada la naturaleza de los planes a formular, sólo debe consignarse las principa- les acciones permanentes y temporales, las cuales se asocian a la categoría funcional programática de acti- vidad o proyecto respectivamente, y que en el caso de esta última, constituye un proyecto de inversión públi- ca (PIP) o en su defecto un conglomerado que consoli- da un conjunto de PIP menores, los cuales deben ne- cesariamente seguir el ciclo de proyectos establecido en la Directiva General del Sistema Nacional de Inver- sión Pública. El resto de acciones temporales y permanentes se con- siderarán en un rubro genérico denominado Otros, en el cual se consignará el monto estimado de recursos nece- sarios solamente, no siendo necesario determinar indica- dores. Artículo 13º. Indicadores para la Medición del Des- empeño Son parámetros cualitativos y cuantitativos que deta- llan la medida en la cual un determinado objetivo ha sido logrado. Al ser instrumentos de medición de las principales variables asociadas al cumplimiento de los objetivos, cons- tituyen una expresión cuantitativa de lo que se pretende alcanzar y mediante la cual establece y mide sus propios criterios de éxito, y proveen la base para el seguimiento de su desempeño. Por lo general para medir una cadena estratégica re- presentada por Lineamientos de Política - Objetivos Gene- rales - Objetivos Específicos - Acciones Permanentes y Temporales, se utilizan indicadores de Impacto, Resultado y Producto, los cuales en conjunto permiten medir la evolu- ción del desempeño de la entidad. Indicadores de Impacto: Se asocian a los Lineamien- tos de Política y miden los cambios que se espera lograr a mediano y largo plazo. Muestra los efectos (directos o indi- rectos) producidos como consecuencia de los resultados y logros de las acciones sobre un determinado grupo de clientes o población. Usualmente medidos de manera más rigurosa y profunda y requiere de una definición precisadel tiempo de la evaluación ya que existen intervenciones cuyo impacto sólo es medible en el largo plazo. Indicadores de Resultado: Se asocian a Objetivos Ge- nerales y Específicos y se relacionan con las distintas di- mensiones que abarca el propósito del objetivo. Indica el progreso en el logro de los propósitos de las acciones, re- flejando el nivel de cumplimiento de los objetivos. Por lo general, el resultado de las acciones no puede ser medido sino hasta el final de las tareas que la componen (en el caso de tratarse de proyectos, que por definición tienen un tiempo definido) o hasta que las tareas hayan alcanzado un nivel de maduración necesario en actividades de carác- ter permanente. Indicadores de Producto: Se asocian a Acciones Per- manentes o Temporales, y miden los cambios que se van a producir durante su ejecución. Refleja los bienes y servi- cios cuantificables provistos por una determinada interven- ción y en consecuencia, por una determinada institución. Línea de Base: Es la primera medición de los indica- dores seleccionados para medir los objetivos de una ac- ción permanente o temporal, debe realizarse al inicio del Plan con la finalidad de contar con una «base» que permi- ta cuantificar los cambios netos ocurridos en razón de su intervención. Artículo 14º. Recursos necesarios para su imple- mentación. Es el presupuesto estimado que expresa monetariamen- te el plan. Es un costeo con un nivel de detalle razonable que da cuenta de la cantidad y costo de las acciones per- manentes y temporales que será necesario ejecutar para lograr los objetivos programados dentro del plan multianual establecido. Estos recursos deben ser programados anual- mente al interior de cada uno de los cinco (5) años del plan. CAPITULO IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTA- RIAS Artículo 15º. Responsabilidades en la elaboración de los Planes Estratégicos Institucionales 2002-2006. Las Oficinas de Planeamiento, Presupuesto, Programa- ción, o la que haga sus veces al interior de la institución, son responsables de consolidar la información así como de efectuar todas las coordinaciones necesarias con sus unidades ejecutoras a efectos de elaborar el PEI, de intro- ducir la información pertinente en los formatos que para tal fin se adjuntan y presentar el PEI en el plazo pertinente a la DGPMSP, la cual será la encargada de la coordinación de las fases de formulación, ejecución, seguimiento, eva- luación y reformulación del PEI. Artículo 16º. Plazos para la elaboración de los PEI El plazo para la presentación preliminar del PEI 2002-2006 a la DGPMSP vence el 15 de febrero del 2002. El plazo para la presentación a la DGPMSP de la versión definitiva del PEI que recoja los comentarios y observaciones de esta Direc- ción General, vence el 30 de marzo del 2002. Adicionalmente los PEI de los CTAR, deben considerar que sus Objetivos Estratégicos abarquen los Objetivos Estratégicos de sus Di- recciones Regionales, los cuales a su vez, deben armonizar con los Objetivos Estratégicos de los Sectores de los cuales dependen funcionalmente. Copia de estos PEI en su versión preliminar y definitiva deberán ser enviados a la Dirección Nacional de Presu- puesto Público (DNPP) dentro de los cinco días posterio- res a su elaboración. CAPITULO V. DISPOSICIONES FINALES Primera. Sobre la base del Plan Estratégico Nacional 2002-2006 que integra los PESEM y de los PEI, que de él se derivan, y de acuerdo a la directiva que para tal efecto emita la DNPP, los Pliegos Presupuestarios formularán los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2003. Segunda. Para mayor información respecto al proceso de Planeamiento Estratégico Institucional, dirigirse a las siguientes direcciones electrónicas: jalfaron@mef.gob.pe , aferrua@mef.gob.pe .