Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2002 (05/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 5 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 6º.- Dejese sin efecto lo establecido en el Articulo 17º de la Resolucion Ministerial Nº 349-2001-PE, entendiendose que para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa son de aplicacion las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 209-2001PE. Articulo 7º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria La MORDAZA y MORDAZA velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 0188

terposicion del recurso de apelacion materia de autos; y, de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y demas disposiciones aplicables; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZO contra la Resolucion Directoral Nº 032-2001CTAR-PIURA-DIREPE-DR, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 0060

Declaran inadmisible apelacion interpuesta contra resolucion referida a solicitud de permiso de pesca para operar embarcacion en la extraccion de anchoveta y sardina
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 077-2001-PE MORDAZA, 27 de diciembre del 2001 Vistos los escritos de registros Nº 09268002 y Nº 14655002 a traves de los cuales la Direccion Regional de Pesqueria MORDAZA eleva al Despacho Viceministerial de Pesqueria el recurso de apelacion interpuesto el 2 de MORDAZA del 2001 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZO contra la Resolucion Directoral Nº 032-2001-CTAR-PIURADIREPE-DR del 19 de marzo del 2001; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Directoral Nº 032-2001CTAR-PIURA-DIREPE-DR se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZO contra la Resolucion Directoral Nº 161-2000-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, la misma que declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera LOURDECITA de matricula PT-4409-BM, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y jurel, caballa y cachema para consumo humano directo, al MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 26920 y su Reglamento, al no cumplir con lo exigido por las referidas normas; Que mediante el escrito de vistos del 2 de MORDAZA del 2001, al MORDAZA del Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, el recurrente interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 032-2001-CTAR-PIURA-DIREPE-DR del 19 de marzo del 2001; Que el citado Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, establece que el termino para la interposicion de este recurso es de quince (15) dias desde notificada la resolucion que se pretende impugnar; Que del analisis efectuado al expediente, se desprende que el recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 032-2001-CTAR-PIURADIREPE-DR fue presentado ante la Direccion Regional de Pesqueria MORDAZA fuera del plazo establecido en la MORDAZA citada en el considerando precedente, toda vez que segun consta en el Oficio Nº 906-01-CTAR-PIURDIREPE-DR-DE, el recurrente fue notificado de la resolucion impugnada el 5 de MORDAZA del 2001; por lo que, el recurso de apelacion interpuesto deviene inadmisible por extemporaneo; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, MORDAZA vigente al momento de la in-

Suspenden procedimientos administrativos sobre autorizacion de incremento de flota y otros iniciados por Pesquera MORDAZA S.A. y Corporacion MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 355-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 20 de diciembre del 2001 Vistos los escritos con Registros Nºs. CE-00042002, CE-00119003 y CE-00118003 del 8, 14 y 15 de febrero del 2001, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A. y CORPORACION MORDAZA S.A., respectivamente; CONSIDERANDO: Que mediante el escrito de Registro Nº CE-00042002 del 8 de febrero del 2001, PESQUERA MORDAZA S.A. en su calidad de actual poseedora de la embarcacion pesquera "BONITO" de matricula Nº CO-15315-PM, de acuerdo a los contratos de Consolidacion de Arrendamiento Financiero bajo la modalidad de Sale and Lease Back y modificacion, Cesion de Posicion Contractual y Fianza Solidaria celebrado entre el Banco de Comercio y Corporacion MORDAZA S.A., con intervencion de PESQUERA MORDAZA S.A. y otros, solicita cambio del titular del permiso de pesca otorgado a la citada embarcacion por Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE; Que mediante el escrito de Registro Nº CE-00118003 del 14 de febrero del 2001, CORPORACION MORDAZA S.A. solicita autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "BONITO", en virtud del Contrato de Asociacion en Participacion celebrado el 7 de febrero del 2001, entre la mencionada recurrente y PESQUERA MORDAZA S.A., para la construccion de una embarcacion pesquera que se denominara "MARTINICA", la cual se dedicara a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; Que a traves del escrito de Registro Nº CE-00119003 del 14 de febrero del 2001, PESQUERA MORDAZA S.A. y EPESCA S.A. solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "BONITO", de 313.47 m3 de volumen de bodega en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en virtud del Contrato de Asociacion en Participacion celebrado entre dicha empresa y EPESCA S.A. que aporta la autorizacion de incremento de flota otorgada a su favor por Resolucion Ministerial Nº 269-99-PE para ser incorporada en la mencionada embarcacion; Que mediante el escrito de Registro Nº CE-00118003 del 15 de febrero del 2001, CORPORACION MORDAZA S.A. solicita acumulacion de los expedientes con escritos de Registros Nºs. CE-00042002 y CE-00119003 del 8 y 14 de febrero del 2001, respectivamente, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A. y el expediente con escrito

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