Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2002 (05/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 5 de enero de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que el Articulo 6º de la Ley General de Pesca, establece que el Estado, dentro del MORDAZA regulador de la actividad pesquera, MORDAZA por la proteccion y preservacion del medio ambiente, exigiendo que se adopten las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar los danos o riesgos de contaminacion o deterioro maritimo, terrestre o atmosferico; Que el Articulo 85º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que los titulares de las actividades pesqueras estan obligados a realizar programas de monitoreo permanentes y periodicos para evaluar la carga contaminante de sus efluentes y emisiones, en el cuerpo receptor y en el area de influencia de su actividad; Que de acuerdo al Articulo 86º del dispositivo senalado en el considerando precedente, la Direccion Nacional de Medio Ambiente, es la responsable de recibir, evaluar y verificar los resultados de los referidos monitoreos, de otro lado, el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), tiene como mision el estudio del ambiente y la biodiversidad MORDAZA, evalua los recursos pesqueros y proporciona informacion y asesoramiento para la toma de decisiones sobre la pesca, la acuicultura y la proteccion del medio marino; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 405-2001-PE, del 30 de noviembre de 2001, oficializo los Talleres de "Estandarizacion Metodologica para la Evaluacion de Efluentes Industriales Pesqueros y Cuerpo MORDAZA Receptor", a realizarse en los puertos de MORDAZA, Paita, Chimbote y Callao; asimismo, se establecio que la organizacion del evento estara a cargo de la Direccion Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) del Ministerio de Pesqueria, y contara con la participacion del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE); Que es necesario aprobar un convenio de cooperacion entre el Ministerio de Pesqueria y el Instituto MORDAZA del Peru para la organizacion de los Talleres referidos en el considerando anterior; De conformidad a lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto, y de Administracion; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de Pesqueria - Direccion Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) y el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), para la realizacion conjunta de los Talleres de "Estandarizacion Metodologica para la Evaluacion de Efluentes Industriales Pesqueros y Cuerpo MORDAZA Receptor", a desarrollarse en las ciudades mencionadas en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autoricese al Viceministro de Pesqueria a suscribir el Convenio que se aprueba en el articulo precedente, cuya ejecucion sera de responsabilidad de la Direccion Nacional de Medio Ambiente (DINAMA). Articulo 3º.- Las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria, quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de los Talleres materia del Convenio, que se aprueba en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 0057

Que en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica en el MORDAZA de la Pesqueria, los Gobiernos del Japon y del Peru suscribieron el 28 de junio de 2001 en la MORDAZA de MORDAZA , el Acuerdo Complementario al Proyecto "Promocion de la Sardina y Anchoveta con fines Alimentarios en la Republica del Peru", acordado entre Overseas Fishery Cooperation Foundation-OFCF del Japon y el Ministerio de Pesqueria, con el objetivo de apoyar el MORDAZA de transferencia a la actividad privada en forma MORDAZA y transparente del Proyecto, asimismo ejecutar el estudio de MORDAZA, la promocion para las ventas, y la publicidad de la salchicha retortada en el Peru, considerandose tambien la donacion de equipos y repuestos, encargandose al Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, su ejecucion; Que mediante Certificado de Donacion de la OFCF del Japon, del 5 de noviembre de 2001, la citada Fundacion efectua una donacion al Ministerio de Pesqueria ­ Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, consistente en equipos y repuestos necesarios para la operacion de la Planta del Proyecto, los mismos que fueron embarcados en el Puerto de Yokohama, Japon, el 26 de octubre de 2001, amparados en la siguiente documentacion: Bill of Lading No. LZCLYCCANI101001 y Factura No. 201-01-2955 del 18 de octubre de 2001; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolucion de Contraloria Nº 122-98-CG; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por Overseas Fishery Cooperation Foundation-OFCF del Japon , a favor del Ministerio de Pesqueria ­ Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, consistente en equipos y repuestos de las maquinas, en el MORDAZA de ejecucion del Acuerdo Complementario al Proyecto "Promocion de la Sardina y Anchoveta con Fines Alimentarios en la Republica del Peru", por un valor total de ¥9 320 000 (Nueve millones trescientos veinte mil yenes), equivalente a US$ 76 019,58 (Setenta y seis mil diecinueve con 58/100 dolares americanos), sustentados en la documentacion que forma parte integrante de la presente Resolucion : - Factura No. 201-01-2955, del 18 de octubre de 2001 - Bill of Lading No. LZCLYCCANI101001 - Anexo - Relacion de equipos y repuestos Articulo 2º.- Asignar al Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, el respectivo equipo y repuestos, disponiendose su incorporacion al Inventario Patrimonial correspondiente. Articulo 3º.- Agradecer a la Overseas Fishery Cooperation Foundation - OFCF del Japon, por su importante contribucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica y, a la Superintendencia de Bienes Nacionales dentro de los plazos legales establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 0058

Aceptan donacion de equipos y repuestos efectuada a favor del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 436-2001-PE MORDAZA, 20 de diciembre del 2001 Visto los Oficios Nºs. 791-2001-ITP/DE y 804-2001-ITP/ DE, del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, del 22 y 26 de noviembre de 2001.

Aprueban convenio de cesion en uso de vehiculo celebrado entre el FONDEPES y el Ministerio, para la ejecucion de actividad en el MORDAZA del Programa de Incentivo al Consumo Popular de Pescado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 441-2001-PE MORDAZA, 27 de diciembre del 2001

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