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Pág. 215115 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º de la Ley General de Pesca, establece que el Estado, dentro del marco regulador de la actividad pes- quera, vela por la protección y preservación del medio ambien- te, exigiendo que se adopten las medidas necesarias para pre- venir, reducir y controlar los daños o riesgos de contaminación o deterioro marítimo, terrestre o atmosférico; Que el Artículo 85º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que los titulares de las actividades pesqueras están obligados a realizar programas de moni- toreo permanentes y periódicos para evaluar la carga con- taminante de sus efluentes y emisiones, en el cuerpo re- ceptor y en el área de influencia de su actividad; Que de acuerdo al Artículo 86º del dispositivo señalado en el considerando precedente, la Dirección Nacional de Medio Ambiente, es la responsable de recibir, evaluar y verificar los resultados de los referidos monitoreos, de otro lado, el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), tiene como misión el estudio del ambiente y la biodiversidad marina, evalúa los recursos pesqueros y proporciona información y asesoramiento para la toma de decisiones sobre la pes- ca, la acuicultura y la protección del medio marino; Que mediante Resolución Ministerial Nº 405-2001-PE, del 30 de noviembre de 2001, oficializó los Talleres de "Estanda- rización Metodológica para la Evaluación de Efluentes Indus- triales Pesqueros y Cuerpo Marino Receptor", a realizarse en los puertos de Pisco, Paita, Chimbote y Callao; asimismo, se estableció que la organización del evento estará a cargo de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) del Ministerio de Pesquería, y contará con la participación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE); Que es necesario aprobar un convenio de cooperación entre el Ministerio de Pesquería y el Instituto del Mar del Perú para la organización de los Talleres referidos en el considerando anterior; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con las visaciones de las Oficinas Generales de Aseso- ría Jurídica, de Planificación y Presupuesto, y de Adminis- tración; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio Interinstitucional en- tre el Ministerio de Pesquería - Dirección Nacional de Me- dio Ambiente (DINAMA) y el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), para la realización conjunta de los Talleres de "Estandarización Metodológica para la Evaluación de Efluentes Industriales Pesqueros y Cuerpo Marino Recep- tor", a desarrollarse en las ciudades mencionadas en el quinto considerando de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese al Viceministro de Pesquería a suscribir el Convenio que se aprueba en el artículo prece- dente, cuya ejecución será de responsabilidad de la Direc- ción Nacional de Medio Ambiente (DINAMA). Artículo 3º.- Las Oficinas Generales de Administración y de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesque- ría, quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objeti- vos y metas de los Talleres materia del Convenio, que se aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 0057 Aceptan donación de equipos y repues- tos efectuada a favor del Instituto Tec- nológico Pesquero del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 436-2001-PE Lima, 20 de diciembre del 2001 Visto los Oficios Nºs. 791-2001-ITP/DE y 804-2001-ITP/ DE, del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, del 22 y 26 de noviembre de 2001.CONSIDERANDO: Que en el marco de la Cooperación Técnica en el cam- po de la Pesquería, los Gobiernos del Japón y del Perú suscribieron el 28 de junio de 2001 en la ciudad de Lima , el Acuerdo Complementario al Proyecto “Promoción de la Sardina y Anchoveta con fines Alimentarios en la Repúbli- ca del Perú”, acordado entre Overseas Fishery Coopera- tion Foundation-OFCF del Japón y el Ministerio de Pes- quería, con el objetivo de apoyar el proceso de transferen- cia a la actividad privada en forma justa y transparente del Proyecto, asimismo ejecutar el estudio de mercado, la pro- moción para las ventas, y la publicidad de la salchicha re- tortada en el Perú, considerándose también la donación de equipos y repuestos, encargándose al Instituto Tecnológi- co Pesquero del Perú – ITP, su ejecución; Que mediante Certificado de Donación de la OFCF del Japón, del 5 de noviembre de 2001, la citada Fundación efectúa una donación al Ministerio de Pesquería – Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, consistente en equi- pos y repuestos necesarios para la operación de la Planta del Proyecto, los mismos que fueron embarcados en el Puerto de Yokohama, Japón, el 26 de octubre de 2001, amparados en la siguiente documentación: Bill of Lading No. LZCLYCCANI101001 y Factura No. 201-01-2955 del 18 de octubre de 2001; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Artículo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por De- creto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución de Contralo- ría Nº 122-98-CG; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por Over- seas Fishery Cooperation Foundation-OFCF del Japón , a favor del Ministerio de Pesquería – Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, consistente en equipos y repues- tos de las máquinas, en el marco de ejecución del Acuerdo Complementario al Proyecto “Promoción de la Sardina y Anchoveta con Fines Alimentarios en la República del Perú”, por un valor total de ¥9 320 000 (Nueve millones trescien- tos veinte mil yenes), equivalente a US$ 76 019,58 (Seten- ta y seis mil diecinueve con 58/100 dólares americanos), sustentados en la documentación que forma parte integran- te de la presente Resolución : - Factura No. 201-01-2955, del 18 de octubre de 2001 - Bill of Lading No. LZCLYCCANI101001 - Anexo - Relación de equipos y repuestos Artículo 2º.- Asignar al Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, el respectivo equipo y repuestos, disponién- dose su incorporación al Inventario Patrimonial correspon- diente. Artículo 3º.- Agradecer a la Overseas Fishery Coope- ration Foundation - OFCF del Japón, por su importante contribución. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República y, a la Superintenden- cia de Bienes Nacionales dentro de los plazos legales es- tablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 0058 Aprueban convenio de cesión en uso de vehículo celebrado entre el FONDEPES y el Ministerio, para la ejecución de acti- vidad en el marco del Programa de In- centivo al Consumo Popular de Pescado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2001-PE Lima, 27 de diciembre del 2001