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Pág. 215122 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de enero de 2002 tos para tal efecto; asimismo, determinan que el otorga- miento de permisos de pesca a los armadores que, con- tando con permisos de pesca originalmente otorgados como artesanales, solicitaran permiso de pesca en el mar- co del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del baca- lao de profundidad, reconocería el acceso a todas las es- pecies hidrobiológicas, siempre que fueran destinadas al consumo humano directo y que para su extracción se utili- cen artes y/o aparejos de pesca adecuados, para cuyo efec- to la Resolución que otorgara el derecho correspondiente dejaría sin efecto el permiso de pesca artesanal anterior- mente concedido, previa aceptación de la renuncia presen- tada; Que mediante los escritos de vistos don ALFONSO MIGUEL CHACON CURSACK solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "TINTORERA" con matrícula Nº CO-6181-CM, con 29.21 m3 de volumen de bodega, para la extracción del recurso bacalao de profun- didad, con destino al consumo directo, de conformidad con el citado Reglamento de Ordenamiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad, en adición a los recursos hidro- biológicos otorgados en el permiso de pesca obtenido como artesanal; y, renunciando a dicho permiso de pesca; Que luego de la evaluación efectuada al expediente se ha determinado que el solicitante ha cumplido con los re- quisitos establecidos en el procedimiento Nº 3 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001- PE; así como, con las condiciones establecidas en el Re- glamento de Ordenamiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad, aprobado por Resolución Ministerial Nº 236- 2001-PE y modificado mediante la Resolución Ministerial Nº 401-2001-PE; por lo que, procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 210-2001- PE/DNEPP-Dap, su ampliación y el Oficio Nº 831-2001- PE/Dap; y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad aprobado por Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE, modificado por la Resolución Ministerial Nº 401-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesque- ría, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don ALFONSO MIGUEL CHA- CON CURSACK, permiso de pesca para operar la embar- cación pesquera "TINTORERA" con matrícula Nº CO-6181- CM, de 29.21 m3 de volumen de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico bacalao de profundidad con des- tino al consumo humano directo, utilizando como aparejo de pesca el palangre o espinel y fuera de las cinco (5) mi- llas de la costa, autorizando asimismo la extracción de to- das las especies hidrobiológicas, con excepción de los re- cursos plenamente explotados, siempre que sean destina- das al consumo humano directo y que en su captura se empleen artes y/o aparejos de pesca adecuados, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Artículo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por don ALFONSO MIGUEL CHACON CURSACK a su permiso de pesca artesanal otorgado mediante la Resolución Di- rectoral Nº 096-98-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera "TINTORERA" de matrícula Nº CO-6181-CM, y, en consecuencia, dejarla sin efecto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 3º.- Incluir a la embarcación pesquera "TINTO- RERA", de matrícula Nº CO-6181-CM, así como la pre- sente resolución, en los Anexos I y III de la Resolución Ministerial Nº 375-2001-PE. Artículo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otor- gado por la presente resolución está supeditada a la operatividad de la embarcación pesquera y al pago anual por concepto de derechos de pesca que acredite el intere- sado con la respectiva constancia. El incumplimiento delpago en el plazo y condiciones fijados será causal de sus- pensión o caducidad del derecho otorgado, según corres- ponda. Asimismo, constituirá causal de caducidad del per- miso de pesca incrementar la capacidad de bodega de la embarcación sin la correspondiente autorización. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a la Di- rección General de Capitanías y Guardacostas del Minis- terio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pes- quería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, An- cash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 0067 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 372-2001-PE/DNEPP Lima, 27 de diciembre del 2001 Vistos los escritos con registros Nºs. CE-00489002, 06252002, 06660082, 05719003 y 211144002 del 27 de noviembre del 2000, 22 y 28 de mayo, 7 de junio, 11 de julio y 6 de diciembre del 2001, respectivamente, presentados por PESQUERA AMADEUS S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 668-97-PE/DNE del 31 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a don HANS PETER SPITZER CHANG para operar la em- barcación pesquera artesanal de bandera nacional deno- minada "AMADEUS" de matrícula Nº CO-12556-CM, de 32,54 m3 de capacidad de bodega, utilizando el sistema de espinel como aparejo de pesca para la extracción de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, permiso que automáticamente amplió su alcance para la extracción de todas las especies hidrobiológicas en apli- cación de lo establecido en el Artículo 64º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE; Que a través de la Resolución Directoral Nº 066-98- PE/DNE del 12 de marzo de 1998, se otorgó permiso de pesca a don HANS PETER SPITZER CHANG para operar la embarcación pesquera artesanal de bandera nacional denominada "AMADEUS II" de matrícula Nº CO-16633-CM, de 11,98 m3 de capacidad de bodega, utilizando el siste- ma de espinel como aparejo de pesca para la extracción de los recursos tiburón y perico para consumo humano di- recto, permiso que automáticamente amplió su alcance para la extracción de todas las especies hidrobiológicas en apli- cación de lo establecido en el Artículo 64º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE; Que por Resolución Directoral Nº 160-99-PE/DNE del 19 de julio de 1999, se incorporó al régimen provisional para la extracción del recurso bacalao de profundidad es- tablecido por la Resolución Ministerial Nº 154-99-PE, a las citadas embarcaciones pesqueras "AMADEUS" y "AMA- DEUS II", de propiedad de don HANS PETER SPITZER CHANG, con matrículas Nºs. CO-12556-CM y CO-16633- CM, de 32,54 m3 y 25,00 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación a bordo cajas con hielo y espinel como aparejo de pesca, para la extracción del recurso ba- calao de profundidad ( Dissostichus eleginoides ) con desti- no al consumo humano directo, fuera de las cinco (5) mi- llas de la costa; Que la primera y segunda de las disposiciones tran- sitorias y complementarias del Reglamento de Orde- namiento Pesquero del bacalao de profundidad aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE, modifi- cada por la Resolución Ministerial Nº 401-2001-PE, dispo- nen que las embarcaciones pesqueras que obtuvieron au- torización para extraer bacalao de profundidad al amparo del Régimen Provisional establecido por Resolución Minis- terial Nº 154-99-PE, modificada por Resolución Ministerial Nº 184-99-PE y su ampliación establecida por Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 129-2000-PE y 224-2000-PE, po- drían solicitar su respectivo permiso de pesca hasta el 15 de agosto del 2001, señalando las condiciones y requisi-