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Pág. 215393 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de enero de 2002 ción de Obras y Desarrollo Urbano, Oficina de Planifica- ción, Presupuesto y Racionalización, Asesoría Legal y la Unidad de Abastecimiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Contra- taciones y Adjudicaciones de la Municipalidad de Surqui- llo, para el ejercicio fiscal del año 2002, el mismo que se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de Admi- nistración y Unidad de Abastecimiento, su publicación y puesta a disposición de las diversas dependencias de la institución y del público interesado, el presente Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Dis- trital de Surquillo correspondiente para el Ejercicio Fiscal del 2002. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CUSSIANOVICH MONTOYA Alcalde (e) 0483 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Autorizan adquisición de combustible para unidades de transporte e insumos para el Programa Vaso de Leche, me- diante adjudicación directa de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 183-2001-EXT-CMPC Cajamarca, 20 de diciembre del 2001 EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de diciem- bre del 2001, el Oficio Nº 005-2001-CEPLPAC-MPC, de fecha 14.12.2001, del Presidente del Comité Especial del Proceso de Licitación Pública para la Adquisición de Com- bustible de la Municipalidad Provincial de Cajamarca; In- forme Nº 442-2001-UASA-MPC de la Unidad de Abasteci- mientos y Servicios Auxiliares; Informe Legal Nº 524-2001- AL-MPC de Asesoría Legal; Oficio Nº 101-2001-CP-CMPC de la Comisión de Planeamiento; y, CONSIDERANDO: Que, según el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía, económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es refrendado de modo específico por el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de acuerdo con el inciso 4) del Art. 192º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, compe- tencia constitucional que es ratificada en los mismos tér- minos en el inciso 6) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, es posible la exoneración de la licitación pública para la adquisición del combustible a emplearse en las uni- dades de transporte y maquinaria de la Municipalidad; dado que dicho bien resulta indispensable para el mantenimien- to del servicio que brinda la Institución, en razón de lo cual, se designó mediante Resolución de Alcaldía Nº 368-2001- A-MPC, un Comité Especial para llevar a cabo el proceso de Licitación Pública que posibilite la adquisición de com- bustible; Que, el Presidente del Comité Especial del Proceso de Licitación Pública para la Adquisición de Combustible paralas unidades de transporte y maquinaria de esta Municipa- lidad, con Oficio Nº 005-2001-CEPLPAC-MPC, de fecha 14 de diciembre, sugiere se declare en situación de urgen- cia la adquisición de dicho producto y asegurar la continui- dad de los servicios de operación de las unidades de trans- porte y maquinaria de la Municipalidad Provincial de Caja- marca; Que, de acuerdo a los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrata- ciones y del Estado Nº 26850 y lo especificado en el inciso 2) del Artículo 108º de su Reglamento, esta acción es pro- cedente mediante ACUERDO DE CONCEJO, en tanto se encuentre debidamente justificada; Estando a lo opinado favorablemente por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 524-2001- AL-MPC y lo manifestado sobre la necesidad del mante- nimiento de los vehículos y servicios que brinda la Munici- palidad Provincial de Cajamarca, por parte de la Unidad de Abastecimientos, según Informe Nº 442-2001-UASA-MPC, de conformidad con lo establecido en el Artículo 109º de la Ley Nº 23853: Ley Orgánica de Municipalidades y, con el voto mayoritario de los señores Regidores; ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de urgencia la Adquisición de Combustible para las unidades de trans- porte, maquinaria y otros de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Comité Especial Perma- nente de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipa- lidad Provincial de Cajamarca la Adquisición de Combus- tible, por la modalidad de adjudicación directa de menor cuantía, aplicando las normas establecidas con este fin en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y lo especificado so- bre lo mismo en el D.S. Nº 013-2001-CPM que la regla- menta, del 1 de enero del 2002 hasta el 31 de enero del 2002. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE HOYOS RUBIO Alcalde Provincial 0354 ACUERDO DE CONCEJO Nº 184-2001-CMPC Cajamarca, 20 de diciembre del 2001 EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de diciem- bre del 2001, el Informe Nº 01-2001-CEPVL-MPC, de fe- cha 14-12-2001, del Presidente del Comité Especial del Proceso de Licitación Pública para la Adquisición de Ali- mentos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajamarca; Informe Nº 441-2001-UASA-MPC de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares; Informe Legal Nº 525-2001-AL-MPC de Asesoría Legal; Oficio Nº 101-2001-CP-CMPC de la Comisión de Planea- miento; y, CONSIDERANDO: Que, según el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía, económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es refrendado de modo específico por el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de acuerdo con el inciso 4) del Art. 192º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, compe- tencia constitucional que es ratificada en los mismos tér- minos en el inciso 6) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;