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Pág. 215392 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de enero de 2002 50% sobre los intereses moratorios de la deuda de arbi- trios generada hasta el 31-12-2001 si efectúa el pago de dicha deuda durante los 30 días calendario siguientes a la fecha de vencimiento. De involucrar la deuda algún fraccionamiento, las cuotas del mismo podrán ser can- celadas insolutas. Los contribuyentes beneficiarios de la Tasa Social de Surquillo (TASS) pagarán la tasa normada para los mis- mos en la Ordenanza Nº 066/MDS y de pagar puntualmente gozarán del beneficio de descuento establecido en el pun- to 2 para las deudas de arbitrios generadas hasta el 31-12- 2001. Artículo Sexto.- BENEFICIO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que cancelen la totalidad de sus cuotas de arbitrios correspondientes al 2002 hasta el 15 de marzo del 2002, tendrán un descuento del 20% sobre la totalidad de cuotas canceladas y un descuento del 50% sobre los intereses moratorios de la deuda generada de arbitrios hasta el 31-12-2001, si la cancela hasta el 30 de junio del 2002. De involucrar la deuda algún fracciona- miento, las cuotas del mismo podrán ser canceladas inso- lutas. Los contribuyentes beneficiarios de la Tasa Social de Surquillo (TASS) pagarán la tasa normada para los mis- mos en la Ordenanza Nº 066/MDS y de pagar puntualmente gozarán del beneficio de descuento establecido en el pre- sente artículo para las deudas de arbitrios generadas has- ta el 31-12-2001. Artículo Sétimo.- FRACCIONAMIENTOS El convenio de fraccionamiento se perderá por el in- cumplimiento de pago de dos cuotas consecutivas. El monto pagado a la fecha de pérdida será tomado como pago a cuenta de la deuda a determinarse, imputándose de acuer- do al Art. 31º del TUO Código Tributario. Artículo Octavo.- DESCARGOS NO REALIZADOS Los contribuyentes que no hubiesen realizado el des- cargo respectivo a la transferencia de su predio y que pre- senten las declaraciones juradas de autoavalúo respecti- vas durante la vigencia del presente beneficio -hasta el 31 de diciembre del 2002-, se les condonará la multa tributa- ria correspondiente. Artículo Noveno.- FACULTADES DELEGADAS Facúltese al Sr. Alcalde para que mediante decreto es- tablezca las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y de los arbitrios respectivamente. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulga- ción. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 0481 Prorrogan vigencia de amnistía tribu- taria y administrativa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2001/MDS Surquillo, 29 de diciembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 055-01/OR-MDS, de fecha 28 de diciembre del 2001, mediante el cual la Oficina de Rentas propone la prórroga de la vigencia de la Amnis- tía Tributaria y Administrativa aprobada mediante la Ordenanza Nº 079/MDS y prorrogada -hasta el 29 de diciembre del 2001- mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2001/MDS.CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de vistos, la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Surquillo solicita la prórroga -hasta el 18 de enero del 2002- de los alcances de la Orde- nanza Nº 079/MDS, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 29 de diciembre del 2001 por el Decreto de Alcaldía Nº 009-2001/MDS; Que, es conveniente atender los requerimientos de la Oficina de Rentas, en el sentido de prorrogar la vigencia del beneficio otorgado a fin de dar a los vecinos surqui- llanos las facilidades del caso para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, el Artículo Décimo de la Ordenanza Nº 079/MDS faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Al- caldía amplíe su vigencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por los numerales 3) y 6) del Artículo 47º y estando a lo previsto en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 18 de enero del 2002, la vigencia de la Ordenanza Nº 079/MDS, sobre Amnistía Tributaria y Administrativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas, Ejecutoría Coactiva y Unidad de Imagen Institu- cional -en lo que les competa- el cumplimiento de lo dis- puesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 0485 Aprueban Plan Anual de Contratacio- nes y Adjudicaciones de la Municipali- dad para el ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2904-01/SG-MDS Surquillo, 28 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en asunto de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 7º del Tex- to Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adjudi- caciones del Estado reglamentado mediante D.S. Nº 012- 2001-PCM, dispone que cada Entidad deberá elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que será aprobado por el Titular Pliego o la máxima autori- dad administrativa, que para el caso de los Gobiernos Lo- cales es el Alcalde y lo realiza mediante Resolución de Alcaldía; concordante a lo dispuesto en la Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE; Que, en virtud al Capítulo I del Título II de la progra- mación de los Procesos de Selección, Subcapítulo I Del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones Arts. 5º, 6º y 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudi- caciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, la Municipalidad Distrital de Surquillo debe efectuar la for- mulación, contenido y aprobación del Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones para el ejercicio fiscal 2002; Que, las Resoluciones de Alcaldía resuelven asuntos de carácter administrativo, conforme lo señala el Art. 111º de la Ley Nº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en concordancia al Art. 26º de la Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2002, Nº 27573; y, De conformidad a las facultades conferidas por el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 012-2001-PCM y con opinión favorable de la Dirección de Administración, Direc-