Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES
NTP 202.101:1987

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002
LECHE EN POLVO. Determinacion del indice de solubilidad.

Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Seguridad Electrica, b) Leche y productos lacteos, y c) Cacao y chocolate, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalados, presentaron los siguientes Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Seguridad Electrica, 2 PNTP, el 21 de setiembre del 2001. b) Leche y productos lacteos, 1 PNTP, el 28 de setiembre del 2001. c) Cacao y chocolate, 2 PNTP, el 3 de octubre del 2001. Estos Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, contados a partir del 25 de octubre del ano en curso; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 27 de diciembre de 2001; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 370.300:2001 INSTALACIONES ELECTRICAS EN EDIFICIOS. MORDAZA de aplicacion, objeto y principios fundamentales. 1a. Edicion. INSTALACIONES ELECTRICAS EN EDIFICIOS. Seleccion e instalacion de equipos electricos. Canalizaciones. 1a. Edicion. LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche en polvo. Determinacion del indice de solubilidad. 1a. Edicion. Reemplaza a la NTP 202.101:1987 PRODUCTOS DE CACAO. Determinacion de humedad. Metodo Gravimetrico. 1a. Edicion. PRODUCTOS DE CACAO. Determinacion de cobre en alimentos. Metodo colorimetrico. 1a. Edicion.

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 0258

SUNARP
Dan por concluidas funciones de miembros del Consejo Consultivo del Area Registral Minera
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 004-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 2 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 117-2000-SUNARP/SN, de fecha 1 de junio del 2000, se dispone la creacion de un Consejo Consultivo del Area Registral Minera del Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, a traves de la Resolucion Nº 026-2001-SUNARP/ SN, de fecha 29 de enero se designa a los integrantes del Consejo Consultivo del Area Registral Minera para el ejercicio presupuestal 2001; Que, con Resolucion Nº 357-2001-SUNARP/SN, de fecha 19 de diciembre del 2001, se acepta las renuncias formuladas por cuatro miembros del Consejo Consultivo del Area Registral Minera, continuando como miembros, los senores abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Flury Royle, Xennia Forno MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lastres Berninzon y MORDAZA Rodriguez-Mariategui Canny; Que, por Resolucion Nº 332-2001-SUNARP/SN, de fecha 30 de noviembre del 2001, se constituyo el Consejo Consultivo del Area Minera de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; asimismo, dispone en su Unica Disposicion Final, que el Consejo Consultivo del Area Registral Minera creado mediante la Resolucion aludida en el primer considerando, continuara su ejercicio hasta el 2 de enero de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en los literales v) y w) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluidas, a partir del 2 de enero, las funciones de los senores abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Flury Royle, Xennia Forno MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lastres Berninzon y MORDAZA Rodriguez-Mariategui Canny, como miembros del Consejo Consultivo del Area Registral Minera, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 0265

NTP 370.302:2001

NTP 202.101:2001

NTP 208.017:2001

NTP 208.018:2001

Incorporan representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas ante el Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA Mariategui
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 006-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 4 de enero del 2002

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana:

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