Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002

Constituyen Consejos Consultivos de la Oficina Registral Chavin, con sede en las ciudades de MORDAZA y Chimbote
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 009-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 4 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que, mediante Resolucion Nº 117-2000-SUNARP/SN, de fecha 1 de junio del 2000, se creo el Consejo Consultivo del Area Registral Minera del Sistema Nacional de los Registros Publicos, el que se ha convertido en un eficiente apoyo tecnico - legal tanto para la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, como para el Tribunal Registral del Centro; Que, atendiendo a la especializacion de las funciones del Registro, es conveniente la creacion de un Consejo Consultivo para la Oficina Registral Chavin, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, en el que esten representadas las entidades publicas y/o privadas mas vinculadas a la actividad registral, con el objeto de que coadyuven a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, es importante ampliar los mecanismos de participacion de la sociedad civil en diversos aspectos de la actividad publica, a fin de que pueda contar con mayores MORDAZA de opinion y coadyuvar al cumplimiento de los fines institucionales, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, esta Superintendencia considera necesario crear un Consejo Consultivo de la Oficina Registral Chavin, con sede en la MORDAZA de Huaraz; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.12 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 y los literales o) y w) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir un Consejo Consultivo de la Oficina Registral Chavin, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, el mismo que estara integrado por destacados profesionales y especialistas. Articulo 2º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral Chavin, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, es un organo colegiado que sirve de apoyo tecnico - legal a dicha oficina y al Tribunal Registral del Norte, en los casos en que sea requerido, a fin de coadyuvar al perfeccionamiento de la legislacion registral y su aplicacion. De conformidad con el Art. 31º del Reglamento General de los Registros Publicos, no pueden ser objeto de consulta los titulos sujetos a calificacion ni aquellos que se encuentren bajo la competencia del Tribunal Registral. Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral Chavin con sede en la MORDAZA de MORDAZA estara integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados de Huaraz. b) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru, filial Huaraz. c) Un representante de la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Huaraz. d) Un representante del Colegio de Notarios de Huaraz. e) Un representante de la Municipalidad Provincial Huaraz. f) Dos representantes designados por la SUNARP. El mandato de los miembros sera por un ano, pudiendo ser renovado por un periodo similar. El Jefe de la Oficina Registral integrara el Consejo con voz pero sin voto. El Consejo podra invitar a las sesiones a un representante del Tribunal Registral, Gerente u otro funcionario o autoridad que estime pertinente.

Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en todos los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la Oficina Registral Chavin, o del Presidente del Tribunal Registral del Norte, como Organismo Tecnico Consultor de Apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime conveniente para el mejor funcionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demas que le asigne el Superintendente Nacional de los Registros Publicos. Articulo 5º.- El Gerente Tecnico Registral de la Oficina Registral Chavin actuara como Secretario Tecnico del Consejo Consultivo - Sede Huaraz. Articulo 6º.- El Consejo Consultivo designara, mediante eleccion de sus integrantes, a su Presidente y su Vicepresidente. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 7º.- El Consejo Consultivo sesionara en cualquier momento a pedido de su Presidente, del Superintendente Nacional, del Jefe de la Oficina Registral o de la mayoria de sus integrantes. El quorum para las reuniones sera de la mitad mas uno de sus miembros. MORDAZA de las actas, acuerdos y/o propuestas deberan ser remitidas a la Superintendencia Nacional. Articulo 8º.- La Oficina Registral Chavin, prestara el apoyo tecnico y logistico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 0269

RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 010-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 4 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que, mediante Resolucion Nº 117-2000-SUNARP/SN, de fecha 1 de junio del 2000, se creo el Consejo Consultivo del Area Registral Minera del Sistema Nacional de los Registros Publicos, el que se ha convertido en un eficiente apoyo tecnico - legal tanto para la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, como para el Tribunal Registral del Centro; Que, atendiendo a la especializacion de las funciones del Registro, es conveniente la creacion de un Consejo Consultivo para la Oficina Registral Chavin, con sede en la MORDAZA de Chimbote, en el que esten representadas las entidades publicas y/o privadas mas vinculadas a la actividad registral, con el objeto de que coadyuven a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, es importante ampliar los mecanismos de participacion de la sociedad civil en diversos aspectos de la actividad publica, a fin de que pueda contar con mayores MORDAZA de opinion y coadyuvar al cumplimiento de los fines institucionales, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, esta Superintendencia considera necesario

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