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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2002 (09/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 215331 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de enero de 2002 Modifican artículo de resolución que otor- gó autorización a empresa para recons- truir modelos de máquinas tragamonedas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1125-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 20 de diciembre del 2001 Vistos, el Expediente Nº 031525-2001-MITINCI presen- tado por la empresa International Capital Association E.I.R.L., y el Informe Legal Nº 286-2001-MITINCI/VMT/ DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 468-2000-MI- TINCI/VMT/DNT se autorizó a la solicitante la reconstruc- ción de diversos modelos de máquinas tragamonedas; Que, mediante el expediente antes indicado la empre- sa solicita autorización para reconstruir algunos modelos adicionales de máquinas tragamonedas, hecho que impor- ta la modificación de la Resolución Directoral Nº 468-2001- MITINCI/VMT/DNT; Que, de la evaluación de la solicitud presentada se ad- vierte que la empresa cumple con los requisitos estableci- dos en el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI así como en el Procedimiento Nº 106 del TUPA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022- 2001-ITINCI, para acceder a la referida autorización; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supre- mo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 468-2001-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la em- presa International Capital Association E.I.R.L., a recons- truir, de acuerdo con el Artículo 10º de la Ley Nº 27153 y demás disposiciones legales que sean aplicables, los si- guientes modelos de máquinas tragamonedas: B0000001 a B0000144". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RÍOS BURGA Director Nacional de Turismo 0319 INTERIOR Aprueban Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el CONADIS y el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1675-2001-IN Lima, 28 de diciembre del 2001 Visto, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 778-2001-DIR- GEN-PNP/EMP-A8 relacionada con el Convenio de Co- operación Interinstitucional entre el Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y el Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, el CONADIS es un organismo público descentra- lizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano, que tiene como función formular y aprobar políticas de prevención, velar por el cumplimiento del régi- men legal de protección, de atención de salud, trabajo, edu- cación, rehabilitación y seguridad social para que la perso- na con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económica y cultural; Que, el CONADIS y el Ministerio del Interior han acorda- do suscribir un Convenio con la finalidad de capacitar y sen- sibilizar, en una primera etapa, al personal PNP de las Ofici- nas de Atención al público de las Comisarías de las JefaturasMetropolitanas de Lima y las Jefaturas Provinciales del Ca- llao, Cañete, Huacho y Matucana y, en una segunda etapa, al personal de las Comisarías de las otras Regiones Policiales, sobre el alcance de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Per- sona con Discapacidad, a fin que se pueda brindar una aten- ción adecuada a las personas con discapacidad; Que, la Policía Nacional, de conformidad con el Artícu- lo 6º de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la PNP, está facultada para celebrar Convenios diversos con personas jurídicas, públicas y privadas, previa autorización del Titu- lar del Sector; Lo opinado por la Dirección General de la Policía Na- cional del Perú; y, Lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Ju- rídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperación In- terinstitucional entre el Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad y el Ministerio del Interior, que consta de SEIS (6) cláusulas y un cronograma de ins- trucción. Artículo 2º.- Autorizar al señor Viceministro del Interior para que, en representación de este Sector, suscriba el Convenio aprobado en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y archívese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 0484 JUSTICIA Aprueban Reglamento del Fondo Espe- cial de Administración del Dinero Ob- tenido Ilícitamente en Perjuicio del Es- tado - FEDADOI DECRETO SUPREMO Nº 001-2002-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 122-2001, pro- mulgado el 27 de octubre del 2001, se creó el Fondo Espe- cial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado –FEDADOI-; Que mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 125-2001 y 139-2001, se modificó el Decreto de Urgencia Nº 122- 2001, aumentando las posibilidades de utilización de los dineros administrados por el FEDADOI; Que el FEDADOI tiene por finalidad aplicar los dineros obtenidos ilícitamente en perjuicio del Estado, recupera- dos por acción de la justicia, a objetivos específicamente establecidos en su ley de creación; Que para su adecuado funcionamiento, el FEDADOI re- quiere contar con un marco regulatorio que aclare el ejer- cicio de sus facultades, su funcionamiento interno, así como las condiciones y prioridades para la aplicación de los di- neros a su cargo; De conformidad con lo que establece el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Fondo Espe- cial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Per- juicio del Estado –FEDADOI-, el cual consta de 5 títulos y 23 artículos, y forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia