Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0452

Articulo Cuarto.- Deroguese los dispositivos que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 0478

RELACIONES EXTERIORES
Constituyen la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica
DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 073-2001-RE, se creo la Subsecretaria de Asuntos Economicos y Negociaciones Economicas Internacionales, la misma que quedo integrada por la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica, la Direccion de Organismos Economicos Internacionales, la Direccion de Integracion y la Direccion de Relaciones Economicas Hemisfericas y Mundiales; Que es conveniente que la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica se constituya en un organo de linea del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de expresar organicamente de manera adecuada la prioridad nacional de promocion de inversiones extrajeras en el MORDAZA y de las exportaciones peruanas, para contribuir al desarrollo economico del pais; Que al constituirse como organo de linea del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica estara en mejores condiciones para coordinar sus funciones con los principales gremios del sector privado y, en su caso, con los demas organismos e instituciones del sector publico relacionadas con las funciones a su cargo; Que la Disposicion Complementaria del Decreto Ley Nº 26112-Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992- establece que la organizacion interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, la creacion, supresion o modificacion de los organos a que se refiere el Articulo 9º del citado dispositivo, asi como la descripcion de las funciones respectivas seran establecidas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que los asuntos economicos internacionales revisten actualmente especial importancia para la Politica Exterior del Estado; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 26112; DECRETA: Articulo Primero.- Constituyase la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica como organo de linea del Ministerio de Relaciones Exteriores, la misma que esta encargada de promover la inversion extranjera en el Peru; identificar nuevos mercados y ampliar los existentes para las exportaciones nacionales, conforme a lo dispuesto por el Articulo 23º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Segundo.- En concordancia con lo dispuesto en el articulo anterior, modifiquese los Articulos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 073-2001-RE, en los terminos siguientes: "Articulo Segundo.- Incorporese a la Subsecretaria de Asuntos Economicos y Negociaciones Economicas Internacionales, la Direccion de Organismos Economicos de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales. Articulo Tercero.- La Subsecretaria de Asuntos Economicos y Negociaciones Economicas Internacionales contara con las siguientes dependencias: la Direccion de Organismos Economicos Internacionales, la Direccion de Integracion y la Direccion de Relaciones Economicas Hemisfericas y Mundiales." Articulo Tercero.- La estructura de la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica, sera aprobada por Resolucion Ministerial.

Designan delegacion que participara en ceremonia de transmision de mando presidencial de la Republica de Nicaragua
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2002-RE
MORDAZA, 4 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que el 10 de enero de 2002 se realizara en la MORDAZA de Managua, Republica de Nicaragua, la ceremonia de transmision del mando presidencial; Que el gobierno de la Republica de Nicaragua ha efectuado una invitacion al gobierno de la Republica del Peru para asistir a dicha ceremonia; De conformidad con el literal b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Resolucion Ministerial Nº 437-RE, de 9 de MORDAZA de 1996; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de MORDAZA de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en la ceremonia de transmision del mando presidencial de la Republica de Nicaragua, a realizarse en la MORDAZA de Managua, Republica de Nicaragua, el 10 de enero de 2002, la que estara conformada por las siguientes personas: - Senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la presidira; - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica; - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica; y, - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion de los mencionados funcionarios sera cubierta por el Pliego Presupuestal de cada sector. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione el viaje del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA por concepto de pasajes US$ 1 269,68, viaticos US$ 400,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 0479

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