Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002

NORMAS LEGALES
PARTE I

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GUIA DEL USUARIO

(10) anos, en periodos sucesivos, que vencera el 3 de MORDAZA del ano 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 0359

PERMISO DE OPERACION DE AVIACION COMERCIAL
I. BASE LEGAL 1. Ley N° 27261 "Ley de Aeronautica Civil del Peru". 2. Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP). II. CONSIDERACIONES GENERALES 1. Permiso de Operacion es la autorizacion de caracter administrativo que la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC) otorga a personas naturales o juridicas, para realizar actividades de Aviacion Comercial o Aviacion General y puede tener una vigencia de hasta cuatro (4) anos. 2. Permiso de Vuelo es la autorizacion de caracter administrativo que la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC) otorga a un particular para la realizacion de vuelos de naturaleza esporadica, ocasional o eventual hasta por el plazo de un (1) ano. La informacion pertinente a los Permisos de Vuelo esta disponible en la Guia al Usuario: Parte II "Procedimientos para Acceder al Permiso de Vuelo". 3. En el caso de personas naturales o juridicas peruanas, estas autorizaciones deben ser complementadas, necesariamente, con el Certificado de Explotador o Conformidad de Operacion; autorizaciones de caracter tecnico que conforman requisitos indispensables para las operaciones aereas y que deben corresponder con el respectivo Permiso de Operacion o Permiso de Vuelo. 4. Los pasos para acceder a las Autorizaciones Tecnicas (Certificado de Explotador o Conformidad de Operacion), segun corresponda, estan descritos en la Guia al Usuario N° 1: "Certificacion de Explotadores Aereos" (GU-1). 5. Previa a la obtencion del Certificado de Explotador o la Conformidad de Operacion, el solicitante podra acceder a un Permiso de Operacion para los fines que MORDAZA pertinentes con arreglo a Ley. Otorgado el Certificado de Explotador y por lo tanto, aprobadas las Especificaciones Tecnicas de Operacion y acreditadas las capacidades legal, tecnica y economico - financiera, el solicitante habra completado los requisitos para iniciar sus operaciones aereas. 6. La DGAC resuelve las solicitudes de Permiso de Operacion dentro del plazo MORDAZA de noventa dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de MORDAZA de las mismas, acompanadas de la documentacion completa o desde que se MORDAZA completado. Si no hubiera pronunciamiento sustentado de la DGAC dentro del plazo mencionado, el permiso de operacion se entendera otorgado en los terminos en que fue solicitado. 7. Las rutas y frecuencias otorgadas para la explotacion de un Servicio de Transporte Aereo Internacional de pasajeros, carga y correo, mediante Permiso de Operacion, que no MORDAZA utilizadas durante noventa (90) dias consecutivos, contados desde el dia siguiente a la vigencia del Permiso de Operacion para operadores nacionales o extranjeros, quedaran automaticamente canceladas y modificado en tal sentido el respectivo Permiso de Operacion. 8. Las personas juridicas peruanas que requieran de un Permiso de Operacion Internacional para efectuar el servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo deberan estar explotando un servicio similar de transporte aereo nacional. 9. Para el inicio de operaciones, los titulares de permisos de operacion o permisos de vuelo, deben contar con los certificados de seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea conforme lo senala la Ley y su reglamentacion. 10. Las solicitudes a las que se hace referencia en la presente parte de la Guia al Usuario tienen el caracter de declaracion jurada. 11. Las modificaciones de los Permisos de Operacion deben ser complementadas con la modificacion de las Autorizaciones Tecnicas respectivas. 12. El cumplimiento de los requisitos exigidos para solicitar una autorizacion para realizar actividades de aviacion civil, no obliga necesariamente a su otorgamiento en los terminos solicitados cuando existan razones tecnicas que lo justifiquen.

Aprueban el MORDAZA texto de la Parte I de la Guia del Usuario "Permiso de Operacion de Aviacion Civil"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 197-2001-MTC/15.16
MORDAZA, 20 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 024-2000-MTC/ 15.16 del 28 de enero de 2000, se aprobo la MORDAZA revision de la Guia del Usuario, cuya Parte I establece los requerimientos, requisitos y tramites que los operadores deben cumplir a fin de obtener los permisos de operacion; Que, en el MORDAZA del MORDAZA permanente de revision, evaluacion y perfeccionamiento de la regulacion vigente, se ha revisado la Parte I de la Guia del Usuario "Permiso de Operacion"; por lo que resulta necesario aprobar el MORDAZA texto con las modificaciones correspondientes a fin de que su cumplimiento sea obligatorio a nivel nacional; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento, Decreto Supremo Nº 05488/TC, modificado por el Decreto Supremo Nº 019-90-TC y Decreto Supremo Nº 009-96-MTC, vigente segun lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 y estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion Aerea, Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el MORDAZA texto de la Parte I de la Guia del Usuario "Permiso de Operacion de Aviacion Civil", el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Parte I de la Guia del Usuario correspondiente a "Permiso de Operacion", aprobada por Resolucion Directoral Nº 024-2000MTC/15.16. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN - VENG Director General de Aeronautica Civil DIRECTOR NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL

GUIA DEL USUARIO PARTE I PERMISO DE OPERACION DE AVIACION COMERCIAL CONTENIDO
I. BASE LEGAL

II. CONSIDERACIONES GENERALES III. TIPOS DE PERMISO DE OPERACION DE AVIACION CIVIL IV. TRAMITACION 4.1 REQUISITOS 4.2 PROCEDIMIENTO 4.3 FORMULARIO SUGERIDO

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