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Pág. 215338 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de enero de 2002 actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, destinados al consumo humano directo a través de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en la Mz. "C", Lote Nº 17, Zona Industrial II, distrito y provin- cia de Paita, departamento de Piura, con una capacidad instalada de 10 t/día; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita autorización para el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiológicos de 10 a 30 t/día, en el establecimiento industrial pesquero citado en el considerando anterior; Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente mediante Certificado Ambiental Nº 012-2001-PE/DINAMA del 26 de julio de 2001 manifiesta que ha recaído calificación favora- ble sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expediente se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisi- tos procedimentales y sustantivos exigidos por la normativi- dad pesquera vigente, por lo que procede otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera a través de su Informe Nº 356-2001-PE/ DNEPP-Dap-cvg del 10 de agosto del 2001 y con la opi- nión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º inciso b) numeral 4, 44º y 46º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, el Artículo 49º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a SAKANA DEL PERU S.A. autori- zación para el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiológicos de 10 a 30 t/día, en su establecimiento industrial pesquero ubica- do en la Mz. "C", Lote Nº 17, Zona Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Artículo 2º.- SAKANA DEL PERU S.A. deberá operar su planta de congelado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad higiene y seguridad industrial pes- quera que garanticen el desarrollo sostenido de la activi- dad pesquera; asimismo deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del pro- ducto final, así como deberá cumplir con ejecutar el Estu- dio de Impacto Ambiental calificado favorablemente por la Dirección Nacional del Medio Ambiente a través del Certi- ficado Ambiental Nº 012-2001-PE/DINAMA. Articulo 3º.- Otorgar el plazo de un (1) año, contado a par- tir de la fecha de expedida la presente Resolución, renovable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalación de su planta de congelado de productos hidrobiológicos. Pre- vio al inicio de su actividad productiva solicitará la inspección técnica correspondiente para la determinación de la capaci- dad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en los Artí- culos 2º y 3º de la presente resolución serán causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicación de las san- ciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 5º.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 0347 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca otorgado para operar embarca- ción de bandera nacional a favor de Pesquera Hayduk S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 382-2001-PE/DNEPP Lima, 28 de diciembre del 2001Visto el escrito de Registro Nº CE-00733002 del 26 de noviembre del 2001, presentado por la empresa PES- QUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial Nº 486-97- PE de 3 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, a PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera de ban- dera nacional denominada "DOS HERMANOS", la cual se dedicará a la extracción del recurso hidrobiológico merlu- za, con destino al consumo humano directo, en el ámbito del litoral peruano, utilizando cajas con hielo como sistema de preservación a bordo y redes de arrastre de fondo, con longitud mínima de malla en el copo de 90 mm; Que mediante escrito del visto, la empresa PESQUE- RA HAYDUK S.A. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolución indicada en el considerando precedente, al haber adquirido la posesión de la embarcación pesquera "DOS HERMANOS" con ma- trícula Nº PT-3881-CM, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha ad- quirido la posesión de la embarcación pesquera "DOS HER- MANOS" mediante contrato de Arrendamiento Financiero y habiendo cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 589-2001- PE/DNEPOP-Dap, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Artículo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, y en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 339-2001-PE; y 340-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 486-97- PE, para operar la embarcación pesquera de bandera na- cional denominada "DOS HERMANOS" con matrícula Nº PT-3881-CM, a favor de PESQUERA HAYDUK S.A., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 486-97-PE, para operar la embarcación pesquera denomi- nada "DOS HERMANOS" con matrícula Nº PT-3881-CM. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA HAY- DUK S.A. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "DOS HERMANOS", con matrícula Nº PT-3881-CM, al li- teral F del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 339- 2001-PE, y el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 340- 2001-PE, respectivamente, excluyendo a la empresa PES- QUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda., y a la Resolu- ción Ministerial Nº 486-97-PE, de dichos anexos. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pes- quería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 0348 PROMUDEH Dejan sin efecto designación de Jefe del PRONAA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2002-PROMUDEH Lima, 8 de enero de 2002