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Pág. 215349 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de enero de 2002 h.) Estado de ganancias y pérdidas a la misma fecha de corte del balance general presentado. i.) Flujo de caja proyectado por un horizonte de veinti- cuatro (24) meses estimado a partir del inicio de operacio- nes. Q Las personas naturales o jurídicas de nacionali- dad peruana que soliciten a la DGAC Permiso de Ope- ración de Aviación Civil para: 4.1.7AVIACIÓN GENERAL deben presentar la siguiente documentación: a.) Copia simple del documento de identidad de la per- sona natural o de la escritura pública de constitución so- cial en caso de ser persona jurídica. b.) Copia simple de la escritura pública de constitución social si es persona jurídica peruana o, en su caso, docu- mento que acredita que tiene domicilio dentro del territorio de la República si se trata de persona jurídica no constitui- da en el país. c.) Copia simple del poder del representante legal, de ser el caso. d.) Copia simple actualizada de la ficha registral de ins- cripción, si es persona jurídica. e.) Copia simple del título de propiedad de la(s) aeronave(s) y de la(s) constancia(s) registral(es) vigente(s) de su(s) inscripción(es) en el Registro Público de Aerona- ves o, en su caso, constancia(s) registral(es) vigente(s) de la inscripción del contrato de arrendamiento de la(s) aeronave(s) en el Registro Público de Aeronaves, en el que conste necesariamente la transferencia de la condición de explotador de la misma. f.) Copias de los certificados de matrícula y aeronave- gabilidad, vigentes, de las aeronaves con que se realizará la actividad. g.) Solicitud (FORMATO Nº DGAC-P-001) h.) Las personas naturales o jurídicas extranjeras que soliciten a la DGAC Permiso de Operación de Aviación Ci- vil para: 4.1.8Servicio de Transporte Aéreo Regular Inter- nacional para Empresas Extranjeras. 4.1.9Servicio de Transporte Aéreo No Regular In- ternacional para Empresas Extranjeras. deben presentar la siguiente documentación: a.) Copia simple del poder del representante legal b.) Certificado de explotador de servicios aéreos o el documento equivalente expedido por la respectiva autori- dad aeronáutica civil del país del solicitante. c.) Documento expedido por la autoridad aeronáutica correspondiente, donde se designa al solicitante como empresa autorizada a prestar el servicio de transporte aé- reo. d.) Documento expedido por la autoridad aeronáutica correspondiente, en el que consta el compromiso de dicha autoridad a otorgar similares derechos a una empresa aé- rea peruana, en caso que la solicitud sea atendida bajo el principio de reciprocidad. e.) Copia de los certificados de matrícula otorgados por la autoridad competente, respecto de la(s) aeronave(s) con la(s) que se prestará el servicio de transporte y en su caso, certificado expedido por la autoridad aeronáutica civil del país del solicitante que acredita que las aeronaves con las que se solicita operar se encuentran debidamente regis- tradas. f.) Copias de los certificados de aeronavegabilidad vi- gentes otorgados por la autoridad competente. g.) Los manuales, procedimientos y programas de ope- ración, mantenimiento, vuelo, seguridad y otros, de acuer- do a lo establecido por la DGAC en las Regulaciones Ae- ronáuticas del Perú Parte 129 (RAP 129). h.) Solicitud FORMATO Nº DGAC-P-001. Q Las personas naturales o jurídicas extranjeras que soliciten MODIFICACIÓN Ó RENOVACIÓN de sus Per- misos de Operación de Aviación Civil: 4.1.10MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE PER- MISO DE OPERACIÓN: SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO REGULAR NACIONAL E INTERNACIONAL. 4.1.11MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE PER- MISO DE OPERACIÓN: SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO NO REGULAR NACIONAL E INTERNACIONAL.4.1.12MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE PER- MISO DE OPERACIÓN: SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO ESPECIAL. 4.1.13MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE PER- MISO DE OPERACIÓN: TRABAJO AÉREO. 4.1.14MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE PER- MISO DE OPERACIÓN: AVIACIÓN GENERAL. deben presentar para el caso de la RENOVACIÓN la siguiente documentación: a.) Copia simple del poder del representante legal, de ser el caso. b.) Copia simple actualizada de la ficha registral de ins- cripción de la persona jurídica, de ser el caso. c.) Solicitud (FORMATO Nº DGAC-P-001). LA RENOVACIÓN SÓLO PROCEDE SIEMPRE QUE SUBSISTAN LAS CONDICIONES QUE POSIBILITARON SU OTORGAMIENTO Y DEBE SOLICITARSE POR LO MENOS SESENTA DÍAS CALENDARIO ANTES DE SU VENCIMIENTO. deben presentar para el caso de la MODIFICACIÓN la siguiente documentación: a.) La documentación que sustente la modificación so- licitada. b.) Solicitud (FORMATO Nº DGAC-P-001). LA MODIFICACIÓN DE UN PERMISO DE OPERA- CIÓN NO CONLLEVA LA VARIACIÓN DE SU PLAZO ORIGINAL. 4.2 PROCEDIMIENTO: OTORGAMIENTO, MODIFICACIÓN O RENOVACIÓN DE UN PERMISO DE OPERACIÓN Presentada una solicitud para el otorgamiento, modifi- cación o renovación del Permiso de Operación, se obser- vará el siguiente procedimiento: a) EVALUACIÓN DE SOLICITUDES.- Las solicitudes serán evaluadas por la DGAC determinando la conformi- dad de la información y la documentación presentada de acuerdo a los requisitos establecidos en la Ley y su regla- mentación, pudiendo requerir información o documentación aclaratoria o complementaria. b) DEPURACIÓN DE EXPEDIENTES.- Los requeri- mientos de la DGAC para corregir cualquier deficiencia encontrada en el expediente de solicitud de Permiso de Operación deben ser absueltos en el plazo de hasta quin- ce (15) días calendario, pudiendo ampliarse a solicitud del peticionario siempre y cuando medie causa justificada. Los requerimientos que no sean absueltos, determinan la con- clusión del trámite administrativo y la devolución al solici- tante de la documentación pertinente. c) EVALUACIÓN.- En el plazo de cuarentiocho horas de verificada la conformidad de la información y documen- tación completa de la solicitud de Permiso de Operación, la DGAC elabora y entrega el aviso resumen del pedido, para la respectiva publicación por cuenta del peticionario, por una vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulación nacional. El plazo señalado en el Artículo 95° de la Ley de Aeronáutica Civil es contado a partir del momento en que el peticionario subsana los requerimien- tos de información y documentación formulados por la DGAC. d) RESOLUCIÓN DIRECTORAL.- Con la opinión fa- vorable de las áreas competentes, la DGAC expide la Re- solución Directoral correspondiente. LAS RESOLUCIONES QUE EXPIDE LA DGAC OTOR- GANDO, MODIFICANDO O RENOVANDO UN PERMISO DE OPERACIÓN, SON PUBLICADAS POR EL PETICIO- NARIO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO. EN TODOS LOS CASOS DE SOLICITUDES DE PER- MISOS DE OPERACIÓN, LA DOCUMENTACIÓN E IN- FORMACIÓN EXIGIDAS SE PRESENTAN SIGUIENDO EL ORDEN, FORMALIDADES Y DE ACUERDO A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA DGAC. 4.3 FORMULARIO SUGERIDO: (Ver página siguiente)