Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2002 (12/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 12 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 0899-2001RNC-CONSUCODE del 13.6.2001, se anulo la inscripcion de la Empresa ARMCO E.I.R.Ltda., ante el Registro Nacional de Contratistas, en razon de que no contaba con el Plantel Tecnico necesario, ya que el unico profesional integrante de su Plantel Tecnico, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pertenecia al Plantel Tecnico de la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda.; Que, con fecha 13.7.2001 ARMCO E.I.R.Ltda. interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Gerencia Nº 0899-2001-RNC-CONSUCODE, manifestando que con fecha 12.12.2000 presento una Declaracion Jurada legalizada ante la Notaria MORDAZA Schereiber suscrita por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA afirmando que el referido profesional nunca formo parte del Plantel Tecnico de la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda., tampoco ha firmado compromiso alguno con la referida empresa; mediante Resolucion de Gerencia Nº 1266-2001-RNC-CONSUCODE de fecha 1.8.01, se declara fundada la Reconsideracion presentada; Que, efectuado el MORDAZA de fiscalizacion posterior al plantel tecnico presentado por la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda. CONSUCODE verifica que el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA nunca trabajo para la misma, asi como tampoco ha firmado compromiso alguno con la referida empresa, conforme a su Declaracion Jurada de fecha 12.12.2000, reafirmada mediante documento de 12.7.01, donde senala que la firma que aparece en la planilla de pagos de la empresa MORDAZA E.I.R.Ltda., es una burda falsificacion a su firma; que, el ano 1999 no ha tenido ningun vinculo laboral con la empresa MORDAZA mencionada y que el representante de la misma tramito su Certificado de Habilidad en el Colegio de Ingenieros presumiblemente falsificando su firma, entre otros argumentos; Que, revisados los actuados administrativos de la Renovacion de inscripcion de la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda. aprobado mediante Resolucion de Gerencia Nº 0319-2000RNC-CONSUCODE del 11.2.2000 la Gerencia de Registros de CONSUCODE aprecia que el representante legal de la misma suscribio el Formulario Oficial de la Declaracion Jurada de veracidad de documentos y de informacion, el mismo que obra en el expediente administrativo, en el cual manifesto que la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos, que conocia las sanciones contenidas en la Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, que en caso de comprobarse que lo expresado en dicha Declaracion Jurada no se ajustaba a la verdad aceptaba que se le invalide el referido tramite, las acciones derivadas del mismo, asi como facultaba a la Entidad a iniciar las acciones legales a que hubiere lugar, asumiendo la respectiva responsabilidad; Que, mediante Resolucion Nº 1538-2001-RNC-CONSUCODE de fecha 29.8.01, se anula la renovacion de inscripcion otorgada a la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda. en el Registro Nacional de Contratistas, y el Certificado de Inscripcion Nº 2664 correspondiente y asimismo, se resuelve formular denuncia penal contra el representante legal de la empresa MORDAZA E.I.R.Ltda. y contra todos los que resulten responsables, al haberse determinado que el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no mantenia relacion laboral con la empresa MORDAZA E.I.R.Ltda., cuando esta inicia su solicitud de RENOVACION de INSCRIPCION, y no obstante ello dicha empresa acredito como "integrante del plantel tecnico" al referido profesional, sin que dicha situacion sea cierta; que a juicio de CONSUCODE, estos hechos evidencian transgresion al MORDAZA de veracidad en la que incurre MORDAZA E.I.R.Ltda. para acreditar la capacidad tecnica -de la cual careceria-, por lo que infiere la presuncion de comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) contra la fe publica, en agravio de CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra el representante legal de la Empresa MORDAZA E.I.R.Ltda. y los que resulten responsables por los hechos expuestos en los considerandos que anteceden. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 0743

AGRICULTURA
Autorizan viaje de Director Tecnico del CONACS a MORDAZA para participar en el "I MORDAZA Internacional de la Cria en Cautividad de Fauna Nativa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0045-2002-AG
MORDAZA, 9 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, del 5 al 7 de diciembre de 2001, se ha llevado a cabo el evento "I MORDAZA Internacional de Cria en Cautividad de Fauna Nativa", organizado por el Servicio MORDAZA y Ganadero del Gobierno de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA, Chile; cuyo proposito es difundir y actualizar el conocimiento de la crianza en cautiverio de la fauna MORDAZA, destacandose la importancia, perspectiva e impacto de la reproduccion en cautiverio de especies como los camelidos silvestres Vicuna y Guanaco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se creo el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, encargado de promover, normar, y supervisar el desarrollo de la conservacion, manejo y aprovechamiento de las especies que conforman los camelidos sudamericanos, entre ellos la Vicuna y el Guanaco; Que, el CONACS viene ejecutando el Programa de Uso Sustentable de la Vicuna, con el empleo de nuevas alternativas de manejo de la especie que conlleva niveles de cautiverio, las mismas que seran objeto de analisis y discusion en el evento MORDAZA citado; Que, en consecuencia, es necesaria la asistencia y participacion de un profesional especializado del CONACS en el mencionado MORDAZA, a fin de recoger y compilar las experiencias y conocimientos desarrollados por otros paises y especialistas, sobre el tema; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en via de regularizacion, el viaje en comision de servicios, del Blgo. MORDAZA Hoces MORDAZA, Director Tecnico del CONACS, a fin de que participe en el "I MORDAZA Internacional de la Cria en Cautividad de Fauna Nativa", llevado a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 5 al 7 de diciembre de 2001. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo a la Cadena Funcional Programatica 001 04.003.005 1.00110 3.0010 00001 Direccion y Asesoramiento, Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2001, del Pliego 161 Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, de acuerdo al detalle siguiente: - Pasajes Aereos US$ 318.90 - Viaticos US$ 600.00 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- El funcionario, cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, dentro de los quince (15) dias posteriores a la realizacion del evento, presentara un informe sustentatorio de la comision cumplida, a la Presidencia del CONACS, para su alcance al Ministro de Agricultura. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuesto aduanero de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 0741

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan donaciones efectuadas a favor del CONADIS y del CTAR MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 022-2002-EF MORDAZA, 11 de enero de 2002

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