Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2002 (12/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de enero de 2002

DNEPP, se excluyo la embarcacion pesquera EL AMIGO DE MORDAZA, de matricula PL-4161-BM, del Anexo 1 de la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP y se incorporo en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 3412001-PE, modificando de esta forma lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, en lo que se refiere a las embarcaciones que pagaron sus derechos de pesca de forma extemporanea MORDAZA de la vigencia de la Resolucion Directoral citada; Que en aplicacion supletoria del inciso 1) del Articulo 321º del Codigo Procesal Civil, que establece que el MORDAZA concluye sin declaracion sobre el fondo cuando se sustrae la pretension del ambito jurisdiccional y tomando en consideracion la expedicion de la Resolucion Ministerial Nº 231-2001-PE y las Resoluciones Directorales Nº 243-2001-PE/DNEPP y Nº 274-2001-PE/DNEPP MORDAZA citadas, por las cuales se incluye a la embarcacion EL AMIGO DE MORDAZA en los listados de embarcaciones autorizadas a realizar actividad extractiva, carece de objeto la continuacion del presente procedimiento, asi como emitir un pronunciamiento sobre el fondo del recurso interpuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 321º y en la Primera Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Civil; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluido el procedimiento iniciado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la interposicion del recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 0631

disponiendo que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de Resolucion Directoral excluiria del Anexo 1 de la citada Resolucion Directoral a las embarcaciones consignadas en el inciso B) del citado anexo e incorporaria en la relacion de embarcaciones de las Resoluciones Ministeriales Nº 100-2001-PE, Nº 1012001-PE y Nº 102-2001-PE, segun corresponda; Que en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 231-2001-PE MORDAZA citada, mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 243-2001-PE/DNEPP y 274-2001-PE/ DNEPP, se excluyo las embarcaciones pesqueras VIRGEN DEL MORDAZA III y VIRGEN DEL MORDAZA 4 del Anexo 1 de la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP y se les incorporo en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 341-2001-PE, modificando de esta forma lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, en lo que se refiere al permiso de pesca de las embarcaciones que pagaron sus derechos de pesca de forma extemporanea MORDAZA de la vigencia de la misma; Que en aplicacion supletoria del inciso 1) del Articulo 321º del Codigo Procesal Civil, que establece que el MORDAZA concluye sin declaracion sobre el fondo cuando se sustrae la pretension del ambito jurisdiccional y tomando en consideracion la expedicion de la Resolucion Ministerial Nº 231-2001-PE y las Resoluciones Directorales Nº 243-2001-PE/DNEPP y Nº 274-2001-PE/DNEPP MORDAZA citadas, por las cuales se incluye a las embarcaciones VIRGEN DEL MORDAZA III y VIRGEN DEL MORDAZA 4 en los listados de embarcaciones autorizadas a realizar actividad extractiva, carece de objeto la continuacion del presente procedimiento, asi como emitir un pronunciamiento sobre el fondo del recurso interpuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 321º y en la Primera Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Civil; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluidos los procedimientos administrativos iniciados por los senores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la interposicion de los recursos de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 330-2001-PE/DNEPP
MORDAZA, 17 de diciembre del 2001 Visto los escritos de Registro Nº 07367002 y Nº 07365002, del 15 de junio del 2001, mediante los cuales los senores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA interponen recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, del 31 de MORDAZA del 2001, se publico en el inciso B) del Anexo 1, la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca caducaron de pleno derecho y en forma definitiva, debido a que los armadores de las mismas pagaron en forma extemporanea los derechos de pesca del ejercicio 2000, consignandose en tal anexo a las embarcaciones VIRGEN DEL MORDAZA III y VIRGEN DEL MORDAZA 4, de matriculas Nº PT-10211-CM y PT-13731CM, respectivamente; retirandolas del listado de embarcaciones pesqueras de la Resolucion Ministerial Nº 102-2001PE e incorporandolas en el literal B) del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE; Que mediante los escritos del visto, los recurrentes interponen recursos de reconsideracion contra la Resolucion Directoral citada en el considerando anterior, respecto a los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras VIRGEN DEL MORDAZA III y VIRGEN DEL MORDAZA 4, al haber pagado los derechos de pesca de MORDAZA embarcaciones correspondientes al ejercicio 2000, en forma extemporanea; Que la Resolucion Ministerial Nº 231-2001-PE del 3 de MORDAZA del 2001 establece que los armadores de embarcaciones pesqueras que pagaron los derechos de pesca del ejercicio 2000 en forma extemporanea y MORDAZA de la vigencia de la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP, como es el caso de las embarcaciones VIRGEN DEL MORDAZA III y VIRGEN DEL MORDAZA 4, han infringido las normas que regulan el pago de derechos de pesca y seran sancionados conforme a lo dispuesto en la Ley General de Pesca, su Reglamento y demas normas vigentes;

MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 0632

Declaran infundada impugnacion contra resolucion que declaro improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 331-2001-PE/DNEPP
MORDAZA, 17 de diciembre del 2001 Visto el expediente Nº CE-00516002, con escrito del 21 de junio del 2001, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA RACHO; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 082-2001-PE/ DNEPP, del 30 de MORDAZA del 2001, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA RACHO para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA de 110 m3 de capacidad de bodega, utilizando MORDAZA con hielo en bodega insulada y enfriada como medio de preservacion, equipada con red de arrastre de media agua con longitud minima de abertura de malla en el copo de 3 pulgadas (76 mm.) y con palangre o espinel, para extraer los recursos hidrobiologicos jurel, caballa, perico y tiburon, segun corresponda, con destino al consumo humano directo, atendiendo a que se encontraba restringido el acceso a los recursos tiburon y perico y a que las especificaciones tecnicas de la embarcacion a construirse no correspondian a las caracteristicas de una embarcacion de la modalidad de arrastre;

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