Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2002 (12/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 12 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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cion obtenida del Gobierno del Japon convoco a la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-ADP-2001 mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano para la adquisicion de materiales para la Obra: "Ampliacion del Sistema de Agua Potable de La Tinguina" por la suma de S/. 228,494.02 la cual fue declarada Desierta por no haberse presentado el numero minimo de tres (3) postores al Acto Publico de recepcion de propuestas, y que de acuerdo con el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM demandaria hacer una MORDAZA Convocatoria con una duracion minima del MORDAZA de veintiun dias, que imposibilitaria cumplir con los plazos contraidos, solicitando la exoneracion del MORDAZA de seleccion por una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia y declarando la urgencia que el caso amerita; Que, la Asesoria Legal Externa, mediante su Informe del Visto, entendiendo que la propuesta de la Jefatura del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SEMAPAT) tiene por finalidad adoptar las acciones pertinentes para asegurar la continuidad del servicio de agua potable y alcantarillado en los sectores de La Tinguina Alta, por ser esencial y su ausencia comprometeria la salud e integridad de los moradores ocasionando un grave e irreparable dano, MORDAZA si existe la probabilidad de la ocurrencia del Fenomeno de El MORDAZA en el ano 2002, por lo que la Municipalidad Distrital de la Tinguina se encuentra en una situacion urgente imprevista; y que el Articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM precisa que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar a la urgencia, opina por que se declare en "Situacion de Ur-

gencia" la adquisicion de materiales correspondiente a la Obra: "Ampliacion del Sistema de Agua Potable de La Tinguina", autorizandose su adquisicion por un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con los Articulos 3º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Articulo 108º de su Reglamento - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y del Dictamen de Comisiones, el Concejo; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de URGENCIA la adquisicion de materiales correspondiente a la Obra: "Ampliacion del Sistema de Agua Potable de La Tinguina", por un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 2º.- Remitase a la Contraloria General de la Republica MORDAZA del presente Acuerdo y de los informes Tecnico y Legal que lo sustenta. Articulo 3º.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0622

MITINCI

Proyecto de Decreto Supremo sobre limites maximos permisibles y valores de MORDAZA que seran aplicables a los subsectores de cemento, cerveza, curtiembre y papel
EL MITINCI SOMETE A CONSULTA CIUDADANA LA PROPUESTA DE LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES Y VALORES DE MORDAZA QUE SERAN APLICABLES A LOS SUBSECTORES DE CEMENTO, CERVEZA, CURTIEMBRE Y PAPEL El MITINCI luego de la aprobacion del "Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera", D.S. Nº 019-97-ITINCI del 1.10.1997, dada la complejidad y diversidad de los subsectores industriales bajo su ambito de competencia, decidio trabajar en cuatro subsectores priorizados: Cemento, cerveza, curtiembre y papel. A partir de ese momento, se ha venido desarrollando una ardua labor en cada uno de los mencionados subsectores, destinados a definir las propuestas de los Limites Maximos Permisibles, asi como la estrategia a ser utilizada para su adecuacion. Al inicio de nuestra gestion se MORDAZA con el asesoramiento especializado brindado por expertos proporcionados por el Proyecto SENREM (Convenio CONAM/USAID), el cual involucro reuniones tecnicas de coordinacion y visitas de MORDAZA a una muestra de empresas de los citados subsectores que permitieron conocer el MORDAZA productivo y determinar las opciones de prevencion de la contaminacion que pudieran ser aplicadas. Como producto de este trabajo se elaboro el respectivo informe tecnico que incluyo el diagnostico del subsector y las recomendaciones respectivas con propuestas de LMP para algunos parametros, en el caso de emisiones atmosfericas y de efluentes liquidos. Posteriormente, y dado que no se contaba con un sustento completo de las propuestas referidas a los LMP, se decidio contratar a una empresa consultora nacional, la misma que realizo una evaluacion de la propuesta del Proyecto SENREM (Convenio CONAM/USAID), elaboro propuestas de "Guias de Buenas Practicas" y tambien estructuro una nueva propuesta de LMP para el caso de calidad del aire y de efluentes liquidos. Luego, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2000MITINCI/DM del 8.5.00, el MITINCI requirio la MORDAZA del "Informe Ambiental" a todas las empresas de los subsectores priorizados, incluyendo la realizacion de monitoreos ambientales (emisiones atmosfericas, efluentes liquidos, ruido ambiental y disposicion de residuos solidos). Esta informacion fue revisada, depurada y procesada a fin de establecer la linea base respectiva. Adicionalmente, los representantes de los Gremios Empresariales, complementaron la informacion de los Informes Ambientales, lo que ha permitido tener la data historica de los subsectores. La metodologia empleada ha sido la comparacion del nivel promedio de emision de contaminantes de los subsectores en el Peru (basada en los Informes Ambientales, Estudios Ambientales e informacion complementaria presentada al MITINCI), asi como la comparacion con los LMP nacionales y los existentes en otros paises, especificos para los subsectores priorizados. Esta propuesta de LMP y Valores de MORDAZA para plantas de cemento, cerveza, curtiembre y papel, tanto nuevas como existentes se presenta en el MORDAZA de la convocatoria de la Resolucion Presidencial Nº 025-99, del CONAM, que designa responsable a al MITINCI para elaborar dicha propuesta. La propuesta de Limites Maximos Permisibles elaborado por el MITINCI, fue sometida a consideracion de los Gremios de los Subsectores priorizados, luego de lo cual se realizo una consulta selectiva entre los Gremios Empresariales, Instituciones vinculadas, Gobiernos Locales y el CONAM, a fin de obtener sus sugerencias y/o comentarios. Este proyecto de Decreto Supremo recoge las sugerencias y recomendaciones recibidas por el MITINCI a traves del MORDAZA de Consulta Selectiva y se sometio a la

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