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Pág. 215544 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de enero de 2002 servicios de los artistas que van a participar en el evento EXPO SAN MARCOS 2001, al configurar la modalidad de servicios personalísimos; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección bajo la modalidad de adjudicación directa para la contrata- ción de los servicios de los artistas que van a participar en el evento denominado EXPO SAN MARCOS 2001, por tra- tarse de servicios personalísimos. 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Pe- ruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, (fdo.) Juan Manuel Burga Díaz, Rector, (fdo.) José Agustín Lu- que Barba, Secretario General. Lo que transcribo a usted para conocimiento y fines pertinentes. Atentamente, BEATRIZ GIL NAJARRO Jefa de la Secretaría Administrativa 0649 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 08519-R-01 Lima, 18 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 507-VRADM-2001, con Registro de Mesa de Partes General Nº 22397-RG-01, de la Dra. Bea- triz Herrera García, Vicerrectora Administrativa de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos, por el que solici- ta se exonere del Proceso de Concurso Público de Loca- ción de Servicios para la impresión de 55,000 prospectos para el Proceso de Admisión 2002; CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013- 2001-PCM se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su nuevo Reglamento, respectivamente; Que habiéndose iniciado las actividades del Proceso de Admisión 2002, una de las primeras acciones a ejecu- tar es la contratación del servicio para la impresión de 55,000 prospectos, requiriéndose contar con los ejempla- res antes del término del ejercicio presupuestal; Que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos cuenta con el Centro de Producción Editorial San Marcos, dependencia que brinda servicios de impresión, contando con infraestructura y equipamiento adecuado para una aten- ción oportuna, económica y en las características técni- cas requeridas, debiendo destacarse que en años anterio- res el mismo servicio realizado ha sido cumplido satisfac- toriamente; Que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso f) del Artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de licitación pública, concurso público o adquisición directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece las formalidades de aprobación de la exoneración corres- pondiente, la cual se realiza mediante la emisión de la Re- solución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe técnico legal previo y la publicación en el Diario Oficial El Peruano; realizándose la contratación bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía; Que mediante Informe Nº 286-OGE-2001 la Jefa de la Oficina General de Economía emite informe técnico eco- nómico y mediante Informe Nº 1239-R-OGAL-2001 la Jefa de la Oficina General de Asesoría Legal emite informe téc-nico legal, en ambos casos opinando favorablemente por la exoneración del Proceso de Concurso Público de Loca- ción de Servicios de impresión de los 55,000 prospectos para el Proceso de Admisión 2002, al configurar un servi- cio que no admite sustitutos al ser realizado por la propia imprenta de la Universidad; Que teniendo en cuenta las consideraciones señala- das y de acuerdo al Artículo 19º inciso f) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario exonerar la contratación de los servicios de impresión de 55,000 prospectos para el Pro- ceso de Admisión 2002 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, del requisito de Concurso Público; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Univer- sidad Nacional Mayor de San Marcos y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección bajo la modalidad de Concurso Público para la impresión de 55,000 prospectos para el Proceso de Admisión 2002 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2º.- Encargar a la Oficina General de Economía la re- misión de una copia autenticada de la presente Resolu- ción Rectoral a la Contraloría General de la República, den- tro del plazo establecido por las normas vigentes. 3º.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Dia- rio Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector JOSÉ AGUSTÍN LUQUE BARBA Secretario General 0648 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Establecen disposiciones relativas a la suspensión de importación de vehícu- los usados de peso bruto mayor a 3000 kilogramos a que se refiere el D.U. Nº 140-2001 CIRCULAR Nº INTA-CR.006-2002 Callao, 10 de enero de 2002 Señor Intendente de Aduana Presente.- Asunto:Suspensión de importación de vehículos au- tomotores usados de peso bruto mayor a 3,000 kilogramos y de motores, partes, pie- zas y repuestos usados para uso automotor. Ref.:Decreto de Urgencia Nº 140-2001 Habiéndose expedido el Decreto de Urgencia Nº 140- 2001 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31.DIC.2001 y estando la delegación de facultades confe- ridas por Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 01322 del 16.DIC.1999, sírvase tener en cuenta lo previsto en la presente circular y hacer de conocimiento del personal de la Intendencia a su cargo lo siguiente: 1. El Artículo 1º del mencionado Decreto de Urgencia, dispone que a partir del 1 de enero del 2002 se suspende la importación de vehículos automotores usados de peso bruto mayor a 3,000 kilogramos, así como la importación de motores, partes, piezas y repuestos usados para cual- quier tipo de vehículo automotor, mercancías que se en- cuentran comprendidas en las Subpartidas Arancelarias que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Circular.