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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2002 (12/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 215550 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de enero de 2002 CONCEPTO %UIT S/. 7.- Por otros actos o contratos secundarios. 0.24 7.00 REGISTRO DE PERSONAS NATURALES 1.- Por constitución de comerciantes individuales. 1.08 33.00 2.- Por poderes de comerciantes individuales. 0.36 11.00 3.- Por poderes de personas naturales. 0.24 7.00 4.- Por sucesión intestada. 0.24 7.00 5.- Por testamentos. 0.24 7.00 6.- Por otros actos o contratos secundarios. 0.24 7.00 REGISTRO DE BIENES MUEBLES 1.- Por constitución de prenda industrial. 0.24 7.00 2.- Por constitución de prenda agrícola. 0.24 7.00 3.- Por otros actos o contratos secundarios. 0.24 7.00 REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR 4.- Por primera inscripción de vehículos automotores. 0.50 16.00 5.- Por modificaciones a las características del vehículo. 0.50 16.00 - Por cambio de clase 0.50 16.00 - Por rectificación de clase 0.50 16.00 -Por baja de la circulación Gratuito - Por reinscripción vehícular (placas antiguas). 0.50 16.00 6.- Por modificaciones al dominio: - Por transferencia de la propiedad vehicular 0.50 16.00 - Por transferencia por cambio de estado civil o régimen patrimonial 0.50 16.00 - Por otras modificaciones al dominio: * Por cambio de razón social. 0.50 16.00 * Por rectificación de nombres y/o apellidos por mandato judicial. 0.50 16.00 B.-DERECHOS DE INSCRIPCION 1.- Por la inscripción de cada acto o contrato susceptible de valorización, así como la emisión de bonos, excepto de derechos de garantía: tres (3) por mil del valor del acto o contrato. 2.- Por la inscripción del arrendamiento financiero y predial: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 3.- Por la inscripción de derechos de garantía, embargos y sus cancelaciones: Uno punto cinco (1.5) por mil del valor del acto o contrato. 4.- Por la inscripción de contratos de constitución, regulación o modificación de prenda global y flotante sobre bienes fungibles, así como de su extinción: Uno punto cinco (1.5) por mil del valor de la afectación. 5.- Por inscripción de fideicomiso. 1.08 33.00 6.- Por inscripción en el índice de verificadores. 2.00 62.00 7.- Por renovación de la inscripción en el índice de verificadores. 2.00 62.00 8.- Por inscripción en el índice de verificadores de otras Oficinas Registrales. 2.00 62.00 9.- Por la inscripción o anotación de cada acto o contrato no susceptible 0.24 7.00 de valorización. REGISTRO DE EMBARCACIONES PESQUERAS 1.- Por inscripción provisional de contrato de construcción: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 2.- Por inscripción de la anotación preventiva de fábrica naval o constatación de fábrica. 0.40 12.00 3.- Por la inscripción de primera de dominio: dos (2) por mil de valor del acto o contrato. 4.- Por inscripción de traslación de dominio, compraventa, dación en pago, permuta, adjudicación, cesión de derechos o posición contractual, aporte, subrogación, novación y cualquier otro acto traslativo: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 5.- Por inscripción del testamento (sucesión), donación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 6.- Por inscripción de constitución, ampliación, reducción, cancelación de hipoteca naval, cesión de hipoteca, cesión de rango y demás derechos reales y obligaciones referidas a un valor determinado: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 7.- Por inscripción del contrato de arrendamiento sobre embarcación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 8.- Por inscripción del contrato de arrendamiento financiero sobre embarcación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 9.- Por inscripción de demanda, ampliación, reducción o cancelación de demanda referida a un valor determinado: dos (2) por mil del valor del acto. 10.- Por la inscripción del derecho de retención referido a valor determinado: dos (2) por mil del valor del acto. 11.- Por la inscripción de embargo, mejora, reducción o cancelación de embargo: dos (2) por mil del valor del acto. 12.- Por la inscripción de la vigencia indefinida de gravámenes, ampliación, reducción o cancelación de dichos gravámenes: dos (2) por mil del valor del acto. 13.- Por la inscripción del contrato de opción o cualquier otra inscripción o anotación no especificada. 1.40 43.00 14.- Por la inscripción del cambio de denominación o razón social del propietario de la embarcación. 0.40 12.00 15.- Por la inscripción del cambio de nombre, matrícula o características de la embarcación. 0.50 16.00 16.- Por la inscripción de resoluciones judiciales. 0.50 16.00 17.- Por la inscripción de anotación preventiva sujeta a plazo de caducidad o prórroga de dicha anotación. 0.50 16.00CONCEPTO %UIT S/. 18.- Por la inscripción de demanda no referida a un valor determinado. 0.50 16.00 19.- Por la inscripción de rectificación de asiento no imputables al registrador. 0.50 16.00 REGISTRO PUBLICO DE AERONAVES 1.- Por inscripción o cancelación de matrícula peruana definitiva o provisional. 9.96 309.00 2.- Por inscripción de cesión de posición contractual. 9.96 309.00 3.- Por inscripción de transferencia de dominio de aeronaves. 9.96 309.00 4.- Por inscripción de contratos de arrendamiento de aeronaves. 9.96 309.00 REGISTRO PUBLIC O DE MINERIA 1.- Por inscripción de denuncio de beneficio. - - 2.- Por inscripción de denuncio de labor general y transporte minero. - - 3.- Por inscripción de concesiones provenientes de denuncios no inscritos formulados antes y durante la vigencia del Decreto Legislativo N° 109. - - 4.- Por inscripción de concesión cuyo denuncio se encuentra previamente inscrito. - - 5.- Por inscripción de área de no admisión de denuncio y derechos especiales del Estado. 10.00 310.00 6.- Por inscripción de concesiones formuladas a partir de la vigencia del Decreto Legislativo N° 708. - - - Por concesión minera. 10.00 310.00 - Por beneficio y refinación. 10.00 310.00 - Por concesiones de labor general y transporte minero. 10.00 310.00 7.- Por inscripción de la resolución que aprueba la adecuación y desdoblamiento de derechos especiales del Estado (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 8.- Por inscripción de fraccionamiento de concesión proveniente de petitorio minero formulado con el Decreto Legislativo N° 708 (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 9.- Por inscripción de concesión fraccionada proveniente de denuncio minero formulado antes del D.L. N° 708. - - 10.- Por inscripción de terrenos francos. 3.30 102.00 11.- Por inscripción de acumu lación. 3.30 102.00 12.- Por inscripción de adjudicación en pago o dación en pago. 3.30 102.00 13.- Por inscripción de contratos de transferencia, de riesgo compartido y de cualquier naturaleza que se relacionen con derechos mineros (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 14.- Por inscripción de contratos de cesión, opción, expropiación, servidumbre, modificación, resolución y rescisión de contratos (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 15.- Por inscripción de contratos con garantía hipotecaria y/o prendaría, ampliación de garantía y otros (por cada derecho minero o partida o 3.30 102.00 asiento tratándose de prenda). 16.- Por inscripción de levantamiento de garantía hipotecaria y/o prendaria (por cada derecho minero o partida o levantamiento, tratándose 3.30 102.00 de prenda). 17.- Por inscripción de contrato de cualquier naturaleza relacionada con persona jurídica y contrato de arrendamiento financiero. 13.00 403.00 18.- Por inscripción de constitución de sociedad legal. 3.30 102.00 19.- Por inscripción de constitución social, sucursales, aumento o reducción de capital. 13.00 403.00 20.- Por inscripción de transformación, fusión y escisión de sociedades. 7.00 217.00 21.- Por inscripción de acuerdo de junta general de accionistas, socios, sesión de directorio o de otros órganos sociales (por cada acuerdo). 3.30 102.00 22.- Por inscripción de comunidad nativa o campesina. 3.30 102.00 23.- Por inscripción de transferencia de participaciones sociales. 3.30 102.00 24.- Por inscripción de poder, mandato, sustitución, aceptación, revocación, renuncia o extinción (por cada poder o acto). 3.30 102.00 25.- Por inscripción de contrato de estabilidad tributaria. 10.00 310.00 26.- Por inscripción de cambio de domicilio, razón o denominación social, modificación del p acto social (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 27.- Por inscripción de bloqueo de partida registral de derecho minero, sociedad o sucursal (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 28.- Por inscripción de resoluciones administrativas (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 29.- Por inscripción de resoluciones judiciales (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 30.- Por inscripción de anotación preventiva (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 31.- Por inscripción de anotación preventiva de opción y contratos de transferencia (por cada derecho minero o partida). 3.30 102.00 32.- Por inscripción de testamento o cualquier otro acto en la partida de la sociedad y/o partida del derecho minero. 3.30 102.00 REGISTRO PUBLICO DE HIDROCARBUROS 1.- Por inscripción de empresas petroleras y/o asociaciones en participación. 26.00 806.00 2.- Por inscripción de subcontratistas de servicios petroleros. 16.00 496.00 3.- Por vigencia bianual de calificación técnica, legal, económica y financiera de las empresas petroleras sin contrato vigente con PERUPETRO S.A. inscritas en el Registro Público de Hidrocarburos. 11.50 357.00 4.- Por vigencia anual de calificación técnica, económica y legal de subcontratistas. 9.50 295.00 5.- Por inscripción de poder especial (directorio, revocatoria, aceptación, etc.). 8.50 264.00 6.- Por inscripción de aumento o reducción de capital, disolución o liquidación de sociedad, cambio de domicilio, razón u objeto social u otro que modifique o se relacione con el acto social de empresas petroleras. 8.50 264.00 7.- Por inscripción de contratos petroleros en todas sus modalidades. 40.00 1240.00 8.- Por inscripción de contratos de servicios petroleros. 8.00 248.00