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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 215712 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 se le designe por su nombre, por lo que doña Raquel Huapaya Cuya Vda. de Pastor debe ser identificada con- forme a Ley; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 325-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el De- creto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96- ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 522, de fecha 30 de abril de 1964, en el sentido que el nom- bre correcto es Raquel Huapaya Cuya Vda. de Pastor, quedando subsistentes los demás extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0988 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2002-ED Lima, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52304-2001, y demás actua- dos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 326, de fe- cha 19 de febrero de 1965, se expidió cédula de cesan- tía a favor de doña Bertha Luz Cedrón Velásquez de Ibe- rico; Que, doña Bertha Luz Cedrón Velásquez Vda. de Ibe- rico, solicita la modificación de la Resolución Suprema Nº 326, en lo que se refiere a su estado civil de viuda, de acuerdo con la Partida de Defunción expedida por el Concejo Provincial de San Román - Juliaca, así como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 10477919; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Artículo 26º de la invocada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Bertha Luz Cedrón Velásquez Vda. de Iberico debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la única Cédula de Identi- dad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aque- llos casos en que, por mandato legal, deba ser presen- tado; y, conforme establece el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Re- gistro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 280-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el DecretoLey Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 326, de fecha 19 de febrero de 1965, en el sentido que el nombre correcto es Bertha Luz Cedrón Velás- quez Vda. de Iberico, quedando subsistentes los de- más extremos contenidos en la misma, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0989 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2002-ED Lima, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 49449-2001, y demás actua- dos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 663, del 25 de agosto de 1971, se expidió la cédula de cesantía a favor de doña Benedicta Albertina Barahona Vásquez de Arenas; Que, doña Benedicta Albertina Barahona Vásquez de Arenas solicita la modificación de la Resolución Supre- ma Nº 663, en lo que respecta a la sustitución de su ape- llido materno por el de casada, de acuerdo con el Docu- mento Nacional de Identidad - DNI; Que, de acuerdo al Artículo 24º del Código Civil, la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agre- gado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nue- vo matrimonio; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Artículo 26º de la citada norma le- gal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad debe utilizarse para los casos en que la persona requiera acreditar su identidad; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 166-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el De- creto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96- ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 663, del 25 de agosto de 1971, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es Benedicta Albertina Baraho- na de Arenas, quedando subsistentes los demás extre- mos contenidos en la misma, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción.