Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 215714 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1336, de fe- cha 5 de abril de 1973, se otorgó pensión de montepío a favor de doña Visitación Laura Salinas Paredes Vda. de Avila; Que, doña Vicitación Laura Salinas Paredes Vda. de Avila, solicita la modificación de la Resolución Suprema Nº 1336, en lo que se refiere a su nombre, de acuerdo con la Partida de Nacimiento expedida por la Municipali- dad Metropolitana de Lima, así como conforme a su Documento Nacional de Identidad - DNI Nº 08043554; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Artículo 26º de la invocada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Vicitación Laura Salinas Paredes Vda. de Avila debe ser identifica- da conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la única Cédula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, ad- ministrativos, judiciales y, en general, para todos aque- llos casos en que, por mandato legal, deba ser presen- tado; y, conforme establece el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Re- gistro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (DNI) acre- dita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 274-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 1336, de fecha 5 de abril de 1973, en el sentido que el nombre correcto es Vicitación Laura Salinas Paredes Vda. de Avila, quedando subsistentes los demás extre- mos contenidos en la misma, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0993 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2002-ED Lima, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 54566-2001, y demás actua- dos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1395, del 24 de abril de 1973, se otorgó pensión de Montepío a favor de doña Rosa Espichan Leyva Vda. de Martínez; Que, doña Rosa Edelmira Espichan Leyva Vda. de Martínez, solicita la modificación de la Resolución Su- prema Nº 1395 en lo que se refiere a su nombre de acuer- do con la Partida de Nacimiento expedida por la Munici-palidad Distrital de Chilca, así como su Documento Na- cional de Identidad - DNI Nº 06541479; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los registros de estado civil; Que, asimismo, el Artículo 26º de la citada norma le- gal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la única Cé- dula de Identidad Personal para todos los actos civi- les, comerciales, administrativos, judiciales y, en ge- neral, para todos aquellos casos en que, por manda- to legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento de Ins- cripciones del mencionado Registro Nacional, apro- bado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Docu- mento Nacional de Identidad (DNI) acredita la identi- dad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 329-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 1395, del 24 de abril de 1973, en el sentido que el nom- bre correcto de la recurrente es Rosa Edelmira Espichan Leyva Vda. de Martínez, quedando subsistentes los de- más extremos contenidos en la misma, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0994 ENERGÍA Y MINAS Modifican el Artículo 10º del Regla- mento de Utilización de los Recursos y Medios Provenientes de los Contratistas DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hi- drocarburos, se norma las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el Artículo 29º de la citada Ley, establece que los contratistas proveerán los recursos y los medios que acuerden con el contratante para una efectiva transfe- rencia de tecnología y de capacitación del personal del subsector hidrocarburos que designe el Ministerio de Energía y Minas; Que, por Decreto Supremo Nº 040-98-EM, se aprobó el Reglamento de Utilización de los Recursos y Medios Provenientes de los Contratistas, en aplicación del Artí- culo 29º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidro- carburos;