Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2002 (18/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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bienes, que MORDAZA cuantificables y con valor real en el MORDAZA, necesarios y previsto en el presupuesto aprobado por la Municipalidad; En uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Autorizar a que los Contribuyentes del distrito de Comas puedan canjear sus deudas por concepto de Arbitrio de Limpieza Publica y Parques y Jardines, a traves de la prestacion de Servicios o entrega de bienes que MORDAZA necesarios y esten comprendidos dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones o del Plan de Accion, de la Municipalidad de Comas. Articulo Segundo.- Los beneficios que se establecen en la presente Ordenanza, se sujetaran a lo siguiente: - Canje de deuda por prestacion de Servicios o entrega de Bienes hasta el 100% para el caso de predios cuya base imponible del Autoavaluo no supere las 5 Unidades Impositivas Tributarias. - Canje de deuda por prestacion de Servicios o entrega de Bienes hasta el 50% para el caso de predios cuya base imponible de autoavaluo no supere las 10 Unidades Impositivas Tributarias. Articulo Tercero.- El beneficio senalado en el articulo anterior sera unicamente para los propietarios de los predios destinados para MORDAZA habitacion y con uso parcial para establecimiento de comercio de giro menor. Articulo Cuarto.- Constituye requisito para acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza acreditar el desestimiento de cualquier recurso de reclamacion o impugnacion que hubiese sido interpuesto. Articulo Quinto.- En el caso de prestacion de servicios, esta sera supervisada por la Direccion de Saneamiento Ambiental, quien evacuara el informe de conformidad de los trabajos efectuados por el deudor tributario. Articulo Sexto.- En el caso de la entrega de Bienes, esta sera a traves de la Oficina de Administracion y Finanzas e instancias que correspondan, emitiendo el informe respectivo de la entrega de bienes por parte del deudor tributario. Articulo Septimo.- La Oficina de Administracion Tributaria, debera informar y/o establecer el monto de la deuda y una vez que sea pagada la misma en aplicacion de la presente Ordenanza, debera proyectar la correspondiente Resolucion. Articulo Octavo.- El Beneficio otorgado tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo Noveno.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 1133

error material se consigno en el Numeral 3 - Mantenimiento de Areas Verdes, rubro especifica Tecnica, en la MORDAZA I, del area de 113,524.15 Mts.2, con un Valor Estimado de S/. 571,398.13, debiendo ser: 271, 433.22 Mts. 2, con un Valor Estimado de S/. 606,726.06; en la MORDAZA II, el area de 214,101.50 Mts.2, con un Valor Estimado de S/. 696,759.86, debiendo ser: 317,365.27 Mts. 2, con un Valor Estimado de S/. 755,426.34; y en la MORDAZA III, el area de 255,796.83 Mts. 2, con un Valor Estimado de S/. 807,337.39, debiendo ser: 381,306.09 Mts. 2, con un Valor Estimado de S/. 900,622.97; Que, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, asimismo, por error material se consigno en el Numeral 5 - Servicio Limpieza de Locales Municipales un valor estimado de S/. 146,371.50, debiendo ser: S/. 156,371.50; Estando al merito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR el error material incurrido en el Anexo de la Resolucion de Alcaldia Nº 5582001 de fecha 26 de diciembre del 2001, de acuerdo a lo siguiente: Numeral - 3 Mantenimiento de Areas Verdes:
MORDAZA I, area: 271, 433.22 Mts.2 MORDAZA II, area: 317,365.27 Mts.2 MORDAZA III, area: 381,306.09 Mts.2 Valor Estimado: S/. 606,726.06 Valor Estimado: S/. 755,426.34 Valor Estimado: S/. 900,622.97;

Numeral - 5 Servicio de Limpieza de Locales Municipales: Valor Estimado : S/. 156,371.50. Conforme se consigna en el Anexo denominado "Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones" que forma parte integrante de la presente Resolucion de Alcaldia y que reemplaza el Anexo de la Resolucion de Alcaldia Nº 5582001. Articulo Segundo.- ENCARGAR a las Oficinas de Planificacion y Presupuesto, Administracion y a la Unidad de Logistica el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 1130

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Rectifican Anexo de la R.A. Nº 5582001, mediante la cual se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 580-2001
La MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 558-2001 de fecha 26 de diciembre del 2001, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de La MORDAZA para el ano 2002; Que, en el Anexo que forma parte de la Resolucion de Alcaldia mencionada en el considerando precedente, por

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Autorizan realizacion de matrimonio civil comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-MDR
MORDAZA, 11 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 006-2002-OREC-DSC-MDR emitido por la Division de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, es politica de la Municipalidad brindar las facilidades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su Estado Civil, de conformidad con lo preceptuado en el Codigo Civil;

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